PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Martes 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4842-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 24788, DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO.
Fecha: 28/08/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que determine la reglamentación de la Ley N° 24.788, sancionada el 5 de marzo de 1997, de Lucha contra el Alcoholismo, en atención a la importancia que dicha norma tiene en la prevención y lucha contra esta enfermedad que afecta a un gran número de personas y que va aumentando víctimas con el paso del tiempo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Que en el año 1997 fue sancionada con fecha 5 de marzo la Ley N° 24.788 por medio de la cual se prohibió en todo el territorio de la Nacional, el expendio a menores de dieciocho años, de todo tipo de bebidas alcohólicas.
Que el abuso de bebidas alcohólicas ocasiona en las personas una enfermedad que puede ser aguda, como la embriaguez, o crónica que provoca trastornos graves y suele transmitir por herencia otras enfermedades, especialmente del sistema nervioso.
Que en la actualidad se verifica un incremento en el consumo de alcohol, no solamente en personas mayores de edad, sino también en muchos jóvenes, los cuales consumen alcohol en lugares públicos, esquinas, plazas, etc.
Que para que la Ley N° 24.788 sea eficaz es necesario que sea reglamentada en su totalidad a los efectos que pueda cumplir con el fin social previsto al momento de sancionarse.
Un punto importante de reglamentación sería la obligatoriedad para que las obras sociales y las entidades que brindan medicina prepaga, reconozcan en la cobertura para los tratamientos médicos, farmacológicos y/o psicológicos, la patología del consumo del alcohol, otorgándoles a sus pacientes la asistencia y rehabilitación que necesiten, en orden a la importancia que reviste esta enfermedad.
En definitiva, estamos frente a una enfermedad que afecta a cualquier persona de cualquier edad que sea, es por eso que resulta necesario reglamentar la Ley N° 24.788 en su totalidad.
Por los motivos aquí expuestos, solicito a mis colegas me acompañen en este proyecto y requerir su pronta respuesta.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ATANASOF, ALFREDO NESTOR | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |