PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4351-D-2015
Sumario: SISTEMA NACIONAL DE DENUNCIAS SOBRE TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES. CREACION
Fecha: 14/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
SISTEMA NACIONAL DE DENUNCIAS
SOBRE TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES
Artículo 1: Crease un sistema nacional
de denuncias anónimas sobre delitos relacionados con el tráfico ilícito de
estupefacientes en el ámbito de la Procuraduría de Narcocriminalidad dependiente
de la Procuración General de la Nación.
Artículo 2: A fin de implementar el
artículo anterior se fijara un número de tres cifras (912) que funcionara las 24 hs
los 365 días del año a fin de receptar las denuncias relacionadas con el tráfico
ilícito de estupefacientes.
Las llamadas serán sin cargo y podrán
realizarse desde teléfonos públicos, semipúblicos, privados o celulares.
Artículo 3: Las denuncias podrán ser
anónimas. En el caso que el denunciante se identifique, la identidad del mismo
será preservada desde el momento de la denuncia, durante el proceso judicial y
luego de la finalización del mismo, aun para las fuerzas de seguridad que
intervengan.
Artículo 4: Las compañías
licenciatarias del servicio básico de telefonía y el servicio de telefonía móvil o
celular deberán reservar el número 912 y poner a disposición de la Procuraduría de
Narcocriminalidad de la Nación los medios necesarios para garantizar la
implementación de presente capitulo.
Artículo 5: La presente ley será
reglamentada en el plazo de treinta días a partir de su promulgación.
Artículo 6. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto encuentra su
antecedente en una parte del proyecto de mi autoría Expdte. 4817-D-2013
Proyecto integral de lucha contra el narcotráfico, que incluía una cantidad de
acciones integradas para abordar el problema.
El narcotráfico avanza y se instala
corrompiendo las bases mismas de una sociedad que se siente indefensa e
impotente para actuar.
Ante la dimensión que va
asumiendo el crimen organizado, con estrategias que se resignifican de manera
permanente y con la capacidad de movilizar ingentes recursos para abrirse paso en
el mundo actual, los ciudadanos se ven atemorizados ante la perspectiva de tener
que denunciar.
La posibilidad de denunciar hace
prever mecanismos de represalia que ponen en riesgo la vida del denunciante y de
su familia. El narcotráfico no perdona y avanza de manera impiadosa llevándose la
vida de todos los que signifiquen un obstáculo en este camino.
Como se trata de una actividad cuyo
fin es la rentabilidad, incluye una amplia gama de actividades y negocios, muchos
de los cuales con aparentes visos de legitimidad potencian su capacidad de
penetración en las estructuras de la sociedad, sumando connivencias con fuerzas
de seguridad, funcionarios u organismos gubernamentales donde el denunciante
suele ser entregado o delatado en su condición de amenaza a estos negocios.
Ante este escenario complejo, se
propone a través de la presente iniciativa, la creación de un sistema de denuncias
anónimas para que, quien tiene información pueda aportarla a los organismos
competentes, sin tener que sentirse amenazado de por vida.
Esto ha hecho que durante los
últimos años se hayan incrementado las denuncias anónimas, pero muchas veces
sin reconocérseles la fuerza operativa para promover la investigación.
No obstante, desde la doctrina y la
jurisprudencia se ha ido abriendo un camino que abona la validez de esta
herramienta, merituando sus ventajas para la obtención de información que no
podría obtenerse de otra manera.
En este sentido el artículo 34 bis de la
ley 23737, establece: "Las personas que denuncien cualquier delito previsto en
esta ley o en el artículo 866 del Código Aduanero, se mantendrán en el
anonimato."
La jurisprudencia ha interpretado de
manera amplia este artículo pronunciándose en favor de la validez de una
denuncia anónima: "lleva dicho el Tribunal que "...aún cuando existen diversas
opiniones acerca de la validez formal de las denuncias anónimas para la
generalidad de los casos penales ..., aquél debate no alcanza a los hechos
asociados con el narcotráfico, pues hay coincidencia en que corresponde
interpretar ampliamente la previsión expresa del art. 34 bis de la ley 23.737 a
efectos de procurar una investigación eficaz, dadas las características de
estos delitos y los compromisos asumidos por el Estado Argentino (ver de la
Sala I, causa n° 42.315 "Sorella", reg. n° 273 de 7/4/10)..."(cfr. c. n° 29.954
"Estrada Gonzalez", rta. 30.12.10, reg. n° 32.436).Camara Federal Criminal y
Correccional Sala II. Causa n° 32.363 "Posado Volpe, Raúl Alberto s/procesamiento
y embargo".
En igual sentido, la Cámara de
Casación Penal en reiterados pronunciamientos ha sostenido la validez de la
denuncia anónima con fundamento en la norma citada de la ley 23737,
argumentando que se trataría más que de una denuncia de un "anoticiamiento"
que constituye una fuente de conocimiento extra procesal que habilita iniciar la
investigación.
A través de la denuncia se provee a
las fuerzas de una "hipótesis delictiva" que luego deberá ser complementada con
los elementos de prueba que se reúnan. Causa N° 16.914 -Sala III - C.F.C.P.
"Guantay, Favio Alejandro s/ recurso de casación"
(http://www.mpf.gob.ar/procunar/files/2014/06/Guantay-CFCP-Sala-III-
provisi%C3%B3n-estupefacientes-prost%C3%ADbulo.pdf)
Todos podemos ayudar a luchar
contra el narcotráfico y es por eso que necesitamos de la colaboración de los
vecinos de cada barrio", que denuncien donde se encuentran los lugares de
venta, distribución o producción de drogas.
Para que la comunidad colabore con
lo que sepa y ve día a día en su barrio y no tenga que temer por sus vidas,
proponemos que las denuncias sean anónimas. Todas las personas que quieran
denunciar un delito o un lugar donde se realicen producción o venta de
drogas podrán llamar y serán atendidos por una persona capacitada a tal fin quien
le indicara las acciones para realizar la denuncia.
En este sentido, las experiencias a
nivel nacional e internacional ya han mostrado los beneficios de implementar el
sistema para este tipo de delitos.
La provincia de Córdoba ha
instrumentado la denuncia anónima, habilitando un número telefónico para que las
personas puedan denunciar hechos que ameritan la actuación de la policía o la
investigación de los mismos.
También la provincia de Buenos
Aires, habilitó en el ámbito de la Superintendencia de Investigaciones de Tráfico de
Drogas ilícitas, una línea telefónica para formular denuncias anónimas vinculadas
al narcotráfico.
A nivel internacional, Chile
implementó el programa "Denuncia Seguro" que a través de un número telefónico
operado por especialistas en temas delictivos, recibe las denuncias y realiza una
entrevista guiada para determinar los datos relevantes y define su envío al
organismo que corresponda.
También existe la organización
Crime Stoppers International, una organización internacional sin fines de lucro con
sedes en diferentes países que ofrecen el servicio de denuncias anónimas y que
trabajan en conjunto con la comunidad y las fuerzas de seguridad. Esta
organización ha significado una importante contribución para la investigación de
delitos y está presente en Estados Unidos, en países de Europa, Asía y
Oceanía.
Sobre la base de esta experiencia,
Brasil también promovió un programa que bajo el nombre de Disque Denuncia,
permite la denuncia anónima para proporcionar la seguridad que los ciudadanos
necesitan.
En nuestro país, en el encuentro de
jueces federales que se realizó en el mes de Mayo de 2014 en la localidad de Orán,
provincia de Salta, se discutió una iniciativa que bajo el nombre de Campaña por la
Vida, buscaba la instalación de buzones en lugares estratégicos para la recepción
de denuncias anónimas con relación a delitos de narcotráfico, trata de personas y
lavado de activos en el norte argentino.
Los magistrados consideraron la
iniciativa teniendo en cuenta la gran cantidad de causas que se registran en las
provincias de esa región, próxima a fronteras con alto grado de permeabilidad,
debido también a su extensión y a la falta de accidentes naturales, a lo que se
agrega en el caso del narcotráfico la proximidad y cotidianeidad del contacto de las
personas con los autores de los delitos, lo que obstaculiza de manera decidida la
denuncia.
También este sistema puede
coadyuvar en la tarea de reunir datos, pruebas o aportar información útil a causas
en proceso que sean de conocimiento local o público.
De manera tal que, entendemos
que establecer el sistema por ley, contribuiría a homogeneizar el procedimiento y
permitiría contar con datos e información muy valiosa a la hora de investigar para
abordar este problema que reviste extrema gravedad.
Ciertamente esta no es la solución
al problema, pero constituye un aporte eficaz para sumarse a otras
estrategias.
Por las razones expuestas solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR |
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR |
BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
03/11/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RICCARDO (A SUS ANTECEDENTES) |