PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Martes 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3802-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26045, CON EL FIN DE IMPLEMENTAR UNA POLITICA DE CONTROL EFICIENTE RESPECTO AL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.
Fecha: 22/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin
de solicitarle que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 99 de la
Constitución Nacional y en cumplimiento del artículo 20º de la Ley Nº 26.045, proceda
a la reglamentación de la misma a los efectos de implementar una política de control
eficiente respecto al Registro Nacional de Precursores Químicos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los últimos años una serie de
acontecimientos que involucra la presencia del tráfico ilícito de estupefacientes en
nuestro país, ha dejado en evidencia la vulnerabilidad de la Argentina en materia de
lucha y control del narcotráfico.
La falta de un decreto reglamentario,
como se dispone en el artículo 20º de la Ley Nº 26.045, para proveer la estructura y el
funcionamiento del Registro Nacional de Percusores Químicos, afirma una vez más la
incapacidad por parte del Gobierno Nacional en la definición de una política eficiente y
eficaz de control de los precursores químicos.
Asimismo, las reiteradas acusaciones hechas públicamente entre los mismos
funcionarios del Gobierno, dejan ver la carencia de acciones concretas de coordinación
y colaboración entre los mismos organismos involucrados en la fiscalización de todas
las acciones relacionadas con "sustancias o productos químicos autorizados y que por
sus características o componentes puedan servir de base o ser utilizados en la
elaboración de estupefacientes". (Ley 26.045, art. 3º).
Nos encontramos ante una situación en la
cual el Gobierno Nacional no sólo elude sus responsabilidades a la hora de poner en
vigencia la reglamentación adecuada para hacer efectivas sus facultades, sino que
además es incapaz de garantizar cuestiones tan elementales como la seguridad de las
fronteras y brindar atención de salud a quienes padecen los efectos de la
drogodependencia.
Verificada la Resolución Conjunta Nº 932,
2529 y 851/ 2008 y la Disposición Nº 4712 de A.N.M.A.T y respetando los
considerandos de cada una de estas herramientas legales, resulta evidente que existe
conciencia desde el Gobierno Nacional sobre el incremento que ha tenido la
importación a nuestro país de sustancias como la efedrina y la pseudoefedrina,
destinadas no sólo a la producción lícita de medicamentos, sino también al uso ilícito
para la elaboración de sustancias prohibidas.
No obstante, el reconocimiento del problema no se hizo operativo en la solución del
mismo. Las autoridades gubernamentales no están cumpliendo con sus obligaciones
para con la sociedad, al no responder en su función de controlar el desvío de los
precursores químicos a la producción de drogas ilícitas.
Consideramos que la falta de
reglamentación del Registro Nacional de Precursores Químicos se encuadra dentro de
una problemática aun más amplia la cual implica la falta de controles evidenciados a lo
largo y ancho del proceso de producción, consumo y distribución de drogas ilícitas. La
carencia de dicha reglamentación demuestra no tan sólo debilidad institucional sino
también falta de compromiso y responsabilidad por parte de nuestros dirigentes
políticos.
Creemos que estamos frente a una
cuestión que no puede continuar siendo postergada y que, ante la gravedad del asunto,
requiere acciones inmediatas.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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