PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
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Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3417-D-2011
Sumario: PERSONAS QUE PADECEN TABAQUISMO: INCLUSION DENTRO DEL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO LA COBERTURA DEL TRATAMIENTO, ASISTENCIA Y REHABILITACION.
Fecha: 29/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79
ARTICULO 1º:
Incluyese dentro del Programa Médico Obligatorio, la cobertura del
tratamiento, asistencia y rehabilitación de las personas que padecen
tabaquismo. La cobertura médico asistencial estatal y las
prestaciones médicas obligatorias a cargo de las Obras Sociales y
Asociaciones de Obras Sociales del Sistema Nacional de Salud,
conforme Leyes N° 23.660 y 23.661 y de las Empresas de Medicina
Prepaga, conforme Ley 24.754, deberán incluir la cobertura del
tratamiento, asistencia y rehabilitación del tabaquismo.
ARTICULO 2º:
Independientemente de lo que en concordancia con el artículo
precedente establezca la reglamentación, los sujetos obligados a
realizar las mencionadas prestaciones deberán incluir en dentro de
ellas, la cobertura de los tratamientos médicos y psicológicos, la
asistencia clínica, farmacológica y todas
las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaria
e integral del tabaquismo.
ARTICULO 3°: Invitase
a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar
normas de igual naturaleza a las previstas en la presente, en el
ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
ARTICULO 4º: El Poder
Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de noventa (90)
días a partir de su promulgación.
ARTICULO 5º:
Comuníquese.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Programa Médico
Obligatorio es el régimen de asistencia médica obligatoria que, según
Resolución N° 247/96, se estableció solo para las obras sociales del
sistema comprendidas en las leyes 23.660 y 23.661, haciéndose
extensivo su alcance a las Empresas de Medicina Prepaga (conf. Ley
24.754).
Este Programa,
determina la obligación de asegurar a sus beneficiarios las
prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento médico,
mediante sus propios servicios o a través de terceros contratados.
A través del P.M.O. se
estableció la obligación de cubrir los tratamientos psiquiátricos, del
HIV y problemas de drogadicción, que en general quedaban excluidos
de la cobertura.
El Programa Médico
Obligatorio prevé la cobertura médico asistencial, conforme niveles de
atención, en apretada síntesis, de:
Atención primaria:
Programa de promoción y prevención general; Plan Materno Infantil;
Programa de enfermedades oncológicas; Odontología preventiva;
Programa de asistencia básica de médicos generalistas.
Atención secundaria: Consultas generales; Consultas especializadas;
Atención odontológica; Medicamentos; Internación general y
especializada; Medios de diagnóstico (ambulatorio e internación);
Traslado en ambulancia; Prótesis y órtesis; Rehabilitación;
Hemodiálisis, Co-seguros.
Especialidades
cubiertas: Alergia; Cirugía torácica; Cardiología; Cirugía infantil;
Cirugía ginecológica; Cirugía general; Cirugía vascular;
Endocrinología y Nutrición; Clínica médica; Fonoaudiología;
Dermatología; Ginecología y Obstetricia; Flebología; Hemoterapia;
Gastroenterología; Fisiatría y Rehabilitación; Hematología;
Neumonología; Inmunología; Neurocirugía; Nefrología; Oncología;
Neurología; Ortopedia y Traumatología; Oftalmología; Pediatría;
Otorrinolaringología; Psiquiatría; Proctología; Esterilidad;
Reumatología; Urología.
Oncología: Prevención
del cáncer femenino. Cobertura de diagnóstico y tratamiento de las
afecciones malignas y de 100% de los medicamentos que estén
aprobados por protocolos nacionales.
Internación: General; Clínica médica y quirúrgica. Especializada;
Cirugía cardiovascular, pediátrica, neonatología, terapia intensiva y
unidad coronaria, tocoginecológicas, psiquiátricas.
Atención Psquiátrica:
Atención ambulatoria e Internación.
Medios de Diagnóstico:
Ambulatorio e internación.
Laboratorio: prácticas
nomencladas y aquéllas que la reglamentación defina en el
futuro.
En lo pertinente
al tema que abordaremos ut infra, prevé la cobertura médico
asistencial de:
HIV y
Drogadependencia: deben incluir entre sus prestaciones obligatorias
los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos exigidos por
el Sida y enfermedades intercurrentes y por las enfermedades
derivadas del uso de estupefacientes. Asimismo establece la
cobertura de programas de prevención del Sida y la
Drogadependencia, con carácter obligatorio.
Conforme lo
recientemente expuesto, vale mencionar que: El tabaquismo es la
adicción al tabaco, provocada principalmente por uno de sus
componentes activos, la nicotina; la acción de dicha sustancia acaba
condicionando el abuso de su consumo.
Según la Organización
Mundial de la Salud el tabaco es la primera causa de invalidez y
muerte prematura del mundo. En Europa el tabaquismo provoca cada
año 1,2 millones de muertes. Está directamente relacionado con la
aparición de 29 enfermedades, de las cuales 10 son diferentes tipos
de cáncer, y es la principal causa del 95% de los cánceres de pulmón,
del 90% de las bronquitis y de más del 50% de las enfermedades
cardiovasculares. En España cada año mueren más de 50.000
personas debido al consumo de tabaco, más que por los accidentes
de tránsito y el consumo de todas las drogas ilegales juntas.
El tabaco tiene poder
adictivo debido principalmente a su componente activo, la nicotina,
que actúa sobre el sistema nervioso central. El fumador sufre una
dependencia física y psicológica que genera un síndrome de
abstinencia, denominado tabaquismo. La nicotina genera adicción,
pero tiene efectos antidepresivos y de alivio sintomático de la
ansiedad. No se utiliza en farmacia, porque en la segunda mitad del
siglo XX se descubrieron antidepresivos más eficaces y que no crean
adicción. Tampoco se emplea para el alivio sintomático de la
ansiedad, salvo en casos excepcionales, porque las benzodiacepinas,
que son el tipo de tranquilizantes más utilizado, también crean
dependencia, pero se consideran más eficaces y menos nocivas.
Es factor de riesgo en
enfermedades respiratorias, cardiovasculares, distintos tipos de
cáncer, y es especialmente perjudicial durante el embarazo. Además,
no sólo perjudica a los fumadores, sino también a los que respiran el
mismo aire (fumadores pasivos). El tabaquismo es la principal causa
de mortalidad, en la mayoría de los países desarrollados, a principios
del siglo XXI. Sin perjuicio de ello, vale destacar que, el tabaco como
tal es lo que menos se fuma, pues excepto el poco tabaco natural,
todo lo que se comercializa está adulterado con sustancias químicas
que le aportan dudosas o preocupantes propiedades como la de ser
más adictivo o mejorar su sabor, y otras que no se saben porque
también tienen fórmulas secretas. Las industrias agregan aditivos que
el tabaco puro jamás ha tenido, aumentando la toxicidad que de por
sí ya tiene. Sin embargo es importante recalcar que el tabaco por
muy puro o de "liar" como se conoce, siempre causará daño
irremediablemente, por lo que la única opción que minimiza el riesgo
de padecer enfermedades respiratorias a edades avanzadas es
simplemente no fumar.
Debido a las
consecuencias, tanto a la repercusión (dependencia) física,
psicológica y social que genera en los consumidores, ya desde el
último Congreso de Psiquiatría que tuvo lugar en la Habana, fue
considerado una enfermedad más, pues requiere tanto tratamiento
medicinal como rehabilitación psicológica y re-educación social.
Dichas dependencias son las más difíciles de corregir, aunque la
dependencia física es la que con mayor facilidad desaparece, después
de la abstinencia. Queda constituida desde entonces, como una
enfermedad, que genera enfermedades y otras complicaciones.
El tabaquismo es
reconocido desde hace varios años como un problema de salud
pública, debido a que los daños a la salud asociados al consumo del
tabaco causan más de medio millón de muertes en el continente
americano. El fumar es la causa más frecuente de muertes que
pueden evitarse. Según los últimos informes, cientos de miles de
personas mueren anualmente de forma prematura debido al tabaco.
Estudios recientes indican que la exposición al humo de los cigarrillos
fumados por otra gente y otros productos del tabaco, producen al año
la muerte de miles de personas que no fuman.
En el año 2004, la
Organización Mundial de la Salud estimaba en 4,9 millones el número
de muertes anuales relacionadas con el consumo de tabaco. Pese a
existir una probada relación entre tabaco y salud, esto no impide que
sea uno de los productos de consumo legal que puede matar al
consumidor asiduo.
En atención a la
adicción que provoca el cigarrillo, a la toma de conciencia por parte
de la ciudadanía del factor de riesgo que aquél implica, la legislación
vigente en la materia que progresivamente va circunscribiendo los
lugares en los que se permite fumar; se vuelve necesario que el
Estado Nacional arbitre las medidas pertinentes a fin de garantizarle
a todas las personas fumadoras que quieran rehabilitarse el pleno
goce de su derecho humano a la salud.
En este sentido,
conforme se sostuviera ut supra, abandonar LA DEPENDENCIA DE LA
NICOTINA Y/O EL TABACO (ADICCION), requiere que la persona que
así lo decida sea apuntalada por un grupo interdisciplinario de
profesionales que aborden su problemática desde varias aristas
(médicos, psicólogos etc.).
Redunda decir que, los
tratamientos para abandonar la droga dependencia de la nicotina, el
tabaco y otras contenidas en el cigarrillo, suelen tener costos
elevados, por lo que, siendo el Estado el garante y centinela del pleno
goce y ejercicio de los derechos de los habitantes de la Nación
Argentina, entre ellos, el derecho humano a la salud, resulta
necesario incluir el tratamiento del tabaquismo en el PROGRAMA
MÉDICO OBLIGATORIO y en las PRESTACIONES MÉDICO
ASISTENCIALES BÁSICAS a fin de procurar el efectivo goce del
mencionado derecho respecto de las personas que quieran someterse
a un tratamiento antitabaco.
Por todo lo expuesto,
solicito a mis pares el tratamiento y sanción del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | RETIRADO |