PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Martes 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2706-D-2016
Sumario: PREVENCION DE ADICCIONES. SE INCORPORA SU ENSEÑANZA A LA CURRICULA ESCOLAR.
Fecha: 16/05/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
INCORPORAR EN LAS ESCUELAS LA CURRÍCULA OBLIGATORIA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES.
Artículo 1: A partir de la promulgación de la presente ley, los educandos que concurran a los Establecimientos Educativos Públicos o Privados -en la República Argentina-, desde el nivel inicial hasta los niveles superiores, deberán contener obligatoriamente en su currícula, un espacio dedicado a difundir entre sus alumnos, las acciones necesarias para prevenir el uso indebido de drogas, alcohol, tabaco y/o cualquier otra sustancia que altere la conducta del individuo.
Artículo 2:
- El Ministerio de Educación de la Nación definirá, en consulta con el Consejo Federal de Educación, el SEDRONAR, y con el asesoramiento de una comisión interdisciplinaria especializada en la temática de prevención en adicciones, para que articulen los programas y actividades que cada jurisdicción deberá implementar al momento de la aprobación de dicha currícula.
- También será responsabilidad del Ministerio de Educación, la capacitación de docentes, en todo el territorio de la Nación, que posean títulos afines o idóneos para el dictado del espacio propuesto a efectos de garantizar la transmisión de conocimientos en forma precisa, clara y actualizada sobre la problemática.
Artículo 3: Los objetivos que deberá tener la currícula son:
Concientización respecto a todo tipo de substancias y/o conductas adictivas (en todos los establecimientos educativos públicos y privados de la Nación).
Promover actitudes y acciones de compromiso entre directivos, educadores, educandos y padres para enfrentar y paliar los desafíos, tanto individuales como sociales, que entraña ésta cuestión.
Artículo 4: La presente norma será de cumplimiento en toda la Jurisdicción Nacional, a lo largo del ciclo lectivo con acciones educativas, preventivas y sistemáticas de acuerdo a lo mencionados en el art. 1.
Artículo 5: Las jurisdicciones deberán organizar en todos los establecimientos educativos espacios de formación para padres y/o tutores.
Artículo 6: La presente ley tendrá una aplicación gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación.
Artículo 7: La autoridad de aplicación de la presente norma, será el Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 8: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En nuestros días la sociedad, la familia y el ámbito educativo ven, o deberían ver con suma preocupación la gran extensión e intensidad con la que se presenta el flagelo de la drogadicción.
Es por ello que en nuestro rol de Estado protector de la sociedad, y a través del cumplimiento de la presente Ley se buscará formar conciencia acerca del control de este padecimiento que viven muchos ciudadanos de nuestro país, en especial jóvenes que ven truncada su posibilidad de futuro por la acción de esta calamidad.
Por éstos días podemos hablar de las adicciones como una enfermedad social de la cual nuestros niños/as y adolescentes no están exentos, siendo ellos las víctimas principales de este flagelo, tornándose imperiosa la inclusión de un espacio curricular en el Plan Nacional de Educación que pueda aplicarse en la comunidad educativa, implicando a los docentes, padres y agentes de la sociedad, con el propósito de disminuir los factores de riesgo, y lograr que los educandos en el contexto educativo obtengan los saberes y herramientas necesarios para poder enfrentar cualquier situación de este tipo satisfactoriamente.
La prevención de las adicciones se divide en tres etapas: Primaria, Secundaria y terciaria.
La que nos atañe en este proyecto es la Prevención Primaria: Todo aquello que se efectúe con respecto a la comunidad, actuando antes que la drogadicción se manifieste. EVITAR.
La prevención no es un arma mágica que erradica completamente el uso de drogas, pero su realización es fundamental para disminuirlo. ]Consiste en conseguir que la mayoría de las personas adopte una calidad de vida y un estilo de conducta contrario al generado por las adicciones.
Las estadísticas brindadas por el gobierno de los EEUU con respecto a los resultados obtenidos mediante la educación: En el grupo de adolescentes de 12 a 17 años, desde 1983 a 1995 el índice de drogadicción bajó un 11 %. En el grupo de 18 a 25 años, 1 de cada 3 consumía drogas en 1983. La proporción pasó a 1 de cada 7 en 1995.
Sabido es que toda conducta adictiva responde a diversos factores psicológicos, familiares, sociales, entre otros; la mencionada conducta constituye un proceso que se inicia en las primeras fases del desarrollo y una vez instalado en la persona se vuelve muy dificultosa su recuperación. Veamos un breve listado de los problemas que ocasionan que las personas caigan en la drogadicción:
Problemas Familiares: (incomprensión, falta de comunicación, maltrato, rechazo, abandono, falta de recursos, dificultades escolares, desamor)
Influencia Social: (falta de aceptación por los amigos, condición necesaria para el ingreso a ciertos grupos sociales)
Curiosidad
Problemas Emocionales: (regaños, desconfianza, conflictos económicos, padres adictos o divorciados)
Es por lo expuesto que resulta a todas luces necesario, ver a la niñez como una etapa activa, preventiva y determinante en la que el individuo adquiere hábitos, costumbres, valores, gustos y preferencias.
Educar es también educar para la salud y la promoción de la misma, por lo tanto esta es una problemática a tratar en forma abierta y decidida. Es el futuro no solo de la juventud, sino de todo un país el que está en juego.
Por lo expuesto, solicito a los Sres. Diputados me acompañen en este Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LAGORIA, ELIA NELLY | CHUBUT | TRABAJO Y DIGNIDAD |
TABOADA, JORGE | CHUBUT | CHUBUT SOMOS TODOS |
BERMEJO, SIXTO OSVALDO | CHUBUT | TRABAJO Y DIGNIDAD |
MASSETANI, VANESA LAURA | SANTA FE | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
ALONSO, HORACIO FERNANDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | UNION POR ENTRE RIOS |
VILLAR MOLINA, MARIA INES | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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15/11/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |