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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241

cpadiccionesycnarcotrafico@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2624-D-2014

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26045, DE CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.

Fecha: 21/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que reglamente la Ley Nº 26.045, Creación del Registro Nacional de Precursores Químicos, promulgada el 6 de julio del año 2005, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 99° de la Constitución Nacional y del artículo Nº 20 de la citada Ley que instruye que la norma empiece a regir a partir de los 60 días corridos de su publicación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Argentina es actualmente uno de los países con mayor lavado de dinero a la vez de uno de los principales productores de precursores químicos. Esto evidencia no sólo la falta de control que existe actualmente, sino también la vulnerabilidad de nuestro país en esta materia.
De este modo, considero fundamental que la Argentina emplee los medios necesarios para combatir el narcotráfico, el cual ha penetrado de manera preocupante a lo largo de los últimos años en nuestro país.
Es menester que como parlamento exijamos la reglamentación de las normas que se sancionan, a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de las mismas.
En ese sentido, es fundamental destacar la importancia que tiene la reglamentación de la Ley 26.045 en lo que refiere a la lucha contra el narcotráfico y las adicciones. El Estado debe, desde todos los medios, emplear las herramientas que sirvan a este objetivo.
En vista del objeto de la Ley 26045 es la creación del Registro Nacional de Precursores Químicos, mediante el cual se debe ejercer el control de la tenencia, utilización, producción, fabricación, extracción, preparación, transporte, almacenamiento, comercialización, exportación, importación, distribución o cualquier tipo de transacción con sustancias o productos químicos autorizados y que por sus características o componentes puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes, en adelante denominados precursores químicos a todos los efectos de la presente ley.
Así, la falta de reglamentación de la Ley 26045 representa no sólo una falla en el sistema de control y prevención del narcotráfico, sino que evidencia la falta de compromiso y herramientas válidas implementadas desde el Poder Ejecutivo Nacional.
Entonces, considero que la reglamentación de la mentada ley debe ser una prioridad para el Poder Ejecutivo, a fin de comenzar a brindar respuestas y soluciones eficaces a las problemáticas que aquejan a nuestro país cada vez con mayor intensidad.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
TRIACA, ALBERTO JORGE CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
ALONSO, LAURA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES UNION PRO
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
01/07/2014 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría