PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1073-D-2009
Sumario: CONVENIO MARCO PARA EL CONTROL DEL TABACO APROBADO POR LA "56 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD -OMS-" EL DIA 21 DE MAYO DE 2003. RATIFICACION.
Fecha: 23/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Art. 1º.- Ratifíquese el Convenio Marco
para el Control del Tabaco aprobado por la 56ª Asamblea Mundial de la Salud de la OMS del
21 de Mayo de 2003.
Art. 2º.- La presente Ley entrará en
vigencia a partir de 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º.- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La 56ª Asamblea Mundial de la Salud de la OMS
del 21 de Mayo de 2003 aprobó el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.
Inmediatamente después de haber asumido el Presidente Kirchner solicitamos su firma para
el Convenio Marco. En septiembre de 2003, el Presidente Néstor Kirchner lo firmó.
En el año 2003 hemos presentado un proyecto
de homologación del Convenio y representado en el año 2005.
Solicitamos la ratificación por parte del Congreso
de la Nación en sucesivas presentaciones.
"El Convenio Marco para el Control de Tabaco (CMCT) es el primer Tratado Internacional de Salud Pública por medio del cual la OMS intenta
dotar de elementos necesarios para prevenir y proteger a toda la población de esta pandemia
adictiva, que es el tabaquismo. Este CMCT tiene un piso y un techo, lo que le permite estar
en vigencia y actualidad, permanentemente. ELCMCT es un modelo patrón para que los
países que lo adopten implementen medidas legislativas para defender la salud pública. En
sus inicios en el año 2003 tuvo la adhesión de 168 países de los 192 que conforman la OMS.
Hasta mayo de 2008 lo han ratificado 154 países. Ser parte del CMCT da beneficios y
oportunidades que nuestro país no los tiene al no haberlo ratificado. Argentina debería
comprometerse con el control del tabaco y ratificar rápidamente para ser parte de los países
que discuten en la Organización Mundial de la Salud las políticas sanitarias." (Dr. César Di
Giano)
Argentina representa el 15% del consumo total de tabaco en América Latina y se encuentra en una fase avanzada de la transición epidemiológica en la epidemia del tabaquismo.
La región del Cono Sur de las Américas lidera el
hemisferio en mortalidad atribuible por tabaco.
Argentina es un país en desarrollo con intereses
económicos en el cultivo de tabaco y un alto consumo de tabaco en áreas urbanas. En 2000, la
prevalencia del consumo de tabaco en adultos fue del 40.4% (46.8% en varones; 34% en mujeres). El
mismo año, la prevalencia del consumo de tabaco, en jóvenes de 13 a 15 años de la ciudad de Buenos
Aires, fue del 30.2% (27.8 % en varones; 31.8% en mujeres) comparada con 17.7% (17.8% en varones;
17.7% en mujeres) en los Estados Unidos. Argentina posee también una alta prevalencia de consumo
de tabaco entre los profesionales de la salud (30% de los médicos y 36.6% de los enfermeros
actualmente fuman).
Un estudio multicéntrico llevado a cabo en siete ciudades
latinoamericanas en 2004, mostró que la ciudad de Buenos Aires tenía la mayor concentración de
nicotina ambiental en hospitales, escuelas, edificios gubernamentales, aeropuertos y restaurantes
observados.
De acuerdo al Programa Nacional de Control del Tabaco del Ministerio de Salud y Ambiente de la Argentina, el uso de tabaco causa 40.000 muertes anuales, incluyendo 6.000 debido a la exposición al humo de tabaco ajeno. El costo del tratamiento de las enfermedades relacionadas con el tabaco es de más de 4.330 millones de pesos por año, el cual representa el 15,5% del gasto público total en salud. Mientras tanto, los impuestos al tabaco recaudados por el gobierno son de 3.500 millones de pesos al año.
Final del formulario
Las compañías transnacionales de tabaco, trabajando a través de sus filiales locales, dominan la producción y la comercialización de los cigarrillos en la Argentina. Philip Morris International y British American Tobacco, así como otras compañías transnacionales de tabaco tales como Liggett, Reemtsma, Lorillard y RJ Reynolds International, a través de sus subsidiarias locales Massalín-Particulares y Nobleza-Piccardo, han influenciando activamente las políticas de salud pública en Argentina desde comienzo de los años 1970s. Estas
compañías transnacionales de tabaco han utilizado las mismas estrategias en Argentina que en Estados
Unidos para bloquear políticas de control del tabaco significativas."
Lo señalado entre comillas corresponde al estudio "La industria tabacalera y su dominio en la formulación de las políticas nacionales sobre control de tabaco en la Argentina 1966-2005" realizado por Joaquín Barnoya, Stanton Glantz, Ernesto M. Sebrie y Eliseo Perez-Stable para el Center for Tobacco Control Research and Education (Universidad de California, San Francisco, USA) que expone brevemente la historia de los fracasos en el cuidado de la salud por parte del Congreso de la Nación.
Refieren en la introducción: "El siguiente reporte utiliza tres fuentes principales para describir la interferencia de la industria del tabaco en los esfuerzos por controlar el tabaco en Argentina. Primero, examinamos los documentos de la industria del tabaco que se encuentran disponibles en Internet en las
bibliotecas Legacy Tobacco Documents Library (http://legacy.library.ucsf.edu) y British American Tobacco Documents Archive (http://bat.library.ucsf.edu) de la Universidad de California en San Francisco, y en Tobacco Documents Online (www.tobaccodocuments.org).
También utilizamos otras fuentes de información de Internet, los principales periódicos argentinos (Clarín, La Nación, Página 12, La Prensa), revistas locales (Muy Interesante, Revista 23, Somos, Humor, VEA), y la Biblioteca del Congreso de la Nación de la Argentina para ubicar y analizar los textos completos de leyes, proyectos de ley, y otras medidas de control del tabaco.
Finalmente, en diciembre de 2003, realizamos entrevistas cara a cara en la ciudad de Buenos Aires, con legisladores, funcionarios de salud pública y activistas para el control del tabaco"
Como la investigación es extensa hacemos un resumen pertinente a estos fundamentos y ponemos a disposición del HCDN el material completo.
El primer proyecto de ley para la regulación de tabaco introducido en 1966 no fue aprobado; requería la colocación obligatoria de una etiqueta de advertencia sanitaria en todos los paquetes de cigarrillos. En 1970, el gobierno promulgó la Ley 18.604 que ponía fin a la publicidad de los cigarrillos en la radio, la televisión y los cines, y establecía multas para los infractores. Sin embargo, esta ley estuvo en vigencia sólo durante un año
En 1973 y 1974 dos proyectos que no prosperaron requerían la colocación de una etiqueta de advertencia sanitaria en los envases de los productos de tabaco y en su publicidad
En 1977, de la misma manera que en los Estados Unidos y otros países del mundo, la Cámara de la Industria del Tabaco creó voluntariamente un Código de Autorregulación Publicitaria.Durante los años 1980s se intensificaron los esfuerzos para aprobar una legislación restrictiva a la vez que se originaba una controversia con la industria sobre tabaco y salud. La consecuencia más clara de ese período es que
comenzó a cambiar la conciencia social sobre el acto de fumar que gradualmente pasó de ser una conducta aprobada y estimulada, a la común y creciente consideración social de tratarse de un consumo dañino para la salud y que de ninguna manera el fumar estaba relacionado con el éxito o con el rendimiento deportivo.
En 1984, el diputado Lorenzo Pepe introdujo un proyecto fuertemente restrictivo y que avivó la polémica. En 1986 el Congreso Nacional aprobó la Ley 23.344 que esencialmente codificó el Código de Autorregulación Publicitaria de la industria del tabaco y requirió la colocación de una etiqueta de advertencia sanitaria "Fumar es perjudicial para la Salud" en los paquetes de cigarrillos.
En 1992 la 8va Conferencia Mundial sobre Tabaco o Salud se llevó a cabo en la ciudad de Buenos Aires. Activistas locales para el control del tabaco presionaron para la aprobación en el Congreso de una ley amplia la que había sido introducida en 1990 por el Diputado Nacional Aldo Neri. Al mismo tiempo, Philip Morris International y British American Tobacco se involucraron en una discusión sobre los efectos de la exposición pasiva al humo de tabaco que logró lo contrario de lo que la industria se proponía, resultando en una postura social "proactiva" de los no fumandores. Es en ese marco general que el 30 de septiembre de 1992, la Ley Neri fue sancionada y 10 días después, vetada por el presidente Menem.
Entre 1992 y 2000, la industria del tabaco apoyó proyectos de ley "alternativos" que estaban en consonancia con su Código de Autorregulación Publicitaria. A pesar de no haber sido aprobados, estos proyectos sirvieron para distraer la atención política y pública y de esa manera, todos los esfuerzos para el control del tabaco fueron neutralizados.
Desde mediados de los años 1990s la industria del tabaco
ha estado promoviendo su programa de "acomodación" conocido como "La Cortesía de Elegir" o
"Convivencia en Armonía", para evitar legislación que ponga fin a la exposición pasiva al humo de
tabaco ajeno en restaurantes y bares, y para mantener la aceptación social del consumo de tabaco.
Desde 1997 la industria del tabaco ha estado
promoviendo programas de "prevención del uso de tabaco en jóvenes"(tales como "Yo Tengo
PODER." y "Yo NO Vendo Cigarrillos a Menores de 18 Años") para evitar campañas educativas
antitabaco por parte del gobierno y para desplazar el foco de atención por la responsabilidad que la
industria tiene, a través de la publicidad y comercialización de sus productos, en el incremento del uso
de tabaco entre los jóvenes.
Como eje central de nuestra fundamentación
reproducimos el Preámbulo del Convenio Marco de la OMS. Destacamos la importancia del
mismo y su claridad conceptual.
Preámbulo:
"Las Partes en el presente Convenio,
Determinadas a dar prioridad a
su derecho de proteger la salud pública,
Reconociendo que la
propagación de la epidemia de tabaquismo es un problema mundial con graves
consecuencias para la salud pública, que requiere la más amplia cooperación internacional
posible y la participación de todos los países en una respuesta internacional eficaz, apropiada
e integral,
Teniendo en cuenta la inquietud
de la comunidad internacional por las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales,
económicas y ambientales del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco en el
mundo entero,
Seriamente preocupadas por el
aumento del consumo y de la producción de cigarrillos y otros productos de tabaco en el
mundo entero, particularmente en los países en desarrollo, y por la carga que ello impone en
las familias, los pobres y en los sistemas nacionales de salud,
Reconociendo que la ciencia ha
demostrado inequívocamente que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco
son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, y que las enfermedades relacionadas
con el tabaco no aparecen inmediatamente después de que se empieza a fumar o a estar
expuesto al humo de tabaco, o a consumir de cualquier otra manera productos de
tabaco,
Reconociendo además que los
cigarrillos y algunos otros productos que contienen tabaco están diseñados de manera muy
sofisticada con el fin de crear y mantener la dependencia, que muchos de los compuestos
que contienen y el humo que producen son farmacológicamente activos, tóxicos, mutágenos
y cancerígenos, y que la dependencia del tabaco figura como un trastorno aparte en las
principales clasificaciones internacionales de enfermedades,
Reconociendo también que
existen claras pruebas científicas de que la exposición prenatal al humo de tabaco genera
condiciones adversas para la salud y el desarrollo del niño,
Profundamente preocupadas por
el importante aumento del número de fumadores y de consumidores de tabaco en otras
formas entre los niños y adolescentes en el mundo entero, y particularmente por el hecho de
que se comience a fumar a edades cada vez más tempranas,
Alarmadas por el incremento del
número de fumadoras y de consumidoras de tabaco en otras formas entre las mujeres y las
niñas en el mundo entero y teniendo presente la necesidad de una plena participación de la
mujer en todos los niveles de la formulación y aplicación de políticas, así como la necesidad
de estrategias de control del tabaco específicas en función del género,
Profundamente preocupadas por
el elevado número de miembros de pueblos indígenas que fuman o de alguna otra manera
consumen tabaco,
Seriamente preocupadas por el
impacto de todas las formas de publicidad, promoción y patrocinio encaminadas a estimular
el consumo de productos de tabaco,
Reconociendo que se necesita
una acción cooperativa para eliminar toda forma de tráfico ilícito de cigarrillos y otros
productos de tabaco, incluidos el contrabando, la fabricación ilícita y la falsificación,
Reconociendo que el control del
tabaco en todos los niveles, y particularmente en los países en desarrollo y en los países con
economías en transición, necesita de recursos financieros y técnicos suficientes adecuados a
las necesidades actuales y previstas para las actividades de control del tabaco,
Reconociendo la necesidad de
establecer mecanismos apropiados para afrontar las consecuencias sociales y económicas que
tendrá a largo plazo el éxito de las estrategias de reducción de la demanda de tabaco,
Conscientes de las dificultades
sociales y económicas que pueden generar a mediano y largo plazo los programas de control
del tabaco en algunos países en desarrollo o con economías en transición, y reconociendo la
necesidad de asistencia técnica y financiera en el contexto de las estrategias de desarrollo
sostenible formuladas a nivel nacional,
Conscientes de la valiosa labor
que sobre el control del tabaco llevan a cabo muchos Estados y destacando el liderazgo de la
Organización Mundial de la Salud y los esfuerzos desplegados por otros organismos y órganos
del sistema de las Naciones Unidas, así como por otras organizaciones intergubernamentales
internacionales y regionales en el establecimiento de medidas de control del tabaco,
Destacando la contribución
especial que las organizaciones no gubernamentales y otros miembros de la sociedad civil no
afiliados a la industria del tabaco, entre ellos órganos de las profesiones sanitarias,
asociaciones de mujeres, de jóvenes, de defensores del medio ambiente y de consumidores e
instituciones docentes y de atención sanitaria, han aportado a las actividades de control del
tabaco a nivel nacional e internacional, así como la importancia decisiva de su participación
en las actividades nacionales e internacionales de control del tabaco,
Reconociendo la necesidad de
mantener la vigilancia ante cualquier intento de la industria del tabaco de socavar o
desvirtuar las actividades de control del tabaco, y la necesidad de estar informados de las
actuaciones de la industria del tabaco que afecten negativamente a las actividades de control
del tabaco,
Recordando el artículo 12 del
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, en el que se declara
que toda persona tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y
mental,
Recordando asimismo el
preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en el que se afirma que
el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos
fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o
condición económica o social,
Decididas a promover medidas
de control del tabaco basadas en consideraciones científicas, técnicas y económicas actuales
y pertinentes,
Recordando que en la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, se
establece que los Estados Partes en dicha Convención adoptarán medidas apropiadas para
eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica,
Recordando además que en la
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 20 de noviembre de 1989, se establece que los Estados Partes en dicha Convención
reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud."
No hemos podido ser una de "las Partes", pero
tenemos la obligación de responder ante nuestro pueblo y legislar por el mandato que nos
han concedido. Acorde a la OMS sostenemos la obligación de "Proteger a las generaciones
presentes y futuras del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco". La O.M.S.
(Organización Mundial de la Salud) da cifras alarmantes respecto a la proyección de muertes
causadas directa o indirectamente por el cigarrillo para la primera mitad del Siglo XXI.
Morirán más de diez millones de personas por año. Actualmente mueren cinco millones por
causa del tabaco.
En Argentina, tenemos porcentajes altísimos de
personas que fuman: un 40% entre dieciséis (16) y sesenta y cuatro (64) años. La tendencia
es creciente entre los adolescentes y las mujeres.
Saludamos que desde el Ministerio de Salud y
Ambiente se desarrollen programas para la prevención del tabaquismo y señalamos que el
Congreso de la Nación está en deuda.
En el mes de septiembre de 2005, el proceso de
ratificación del Convenio Marco permaneció estancado en el Senado argentino.
El 30 de mayo de 2008 se realizó en el Auditorio
del Anexo de la Cámara de Diputados una Jornada donde se destacó la necesidad de
ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco.
Los especialistas objetaron que el Congreso no
hubiera ratificado el Convenio Marco, que habían firmado 154 países y advirtieron sobre el
riesgo de sanción de leyes antitabaco "suaves", promovidas por las empresas para frenar las
legislaciones más duras.
El Día Mundial Sin Tabaco encontró a la
Argentina en una grave encrucijada: existe la posibilidad de que el Congreso de la Nación
apruebe una ley para establecer espacios libre de humo y prohibir la publicidad de tabaco en
todo el país, pero también existe el riesgo de que apruebe "una ley light, ineficaz, que sería
todavía peor que nada", advirtió el titular de la Asociación Argentina de Tabacología. La
legislación "peor" se parecería a la que obtuvo media sanción en el Senado bonaerense y es
rechazada por todas las entidades del área.
"La falta de ratificación debería preocupar a la
población y al Gobierno -requirió Gustavo Zabert, presidente de la Asociación Argentina de
Medicina Respiratoria- hay evidencia científica de que las medidas que propone logran
disminuir el consumo. Pero, también es evidente, las compañías tabacaleras internacionales y
los productores argentinos de tabaco lograron influir sobre instancias políticas de la Nación
para frenarlo. Entretanto, en la Argentina mueren 40.000 personas cada año por fumar y
6000 mueren por el humo de tabaco ambiental."
El coordinador del Programa Nacional de Control
del Tabaco del Ministerio de Salud de la Nación, Dr. Mario Virgolini, admitió que "la Argentina
quedó totalmente rezagada a nivel internacional; con Surinam, somos los únicos países de
América Latina que no ratificaron el Convenio Marco. Además de las 40.000 personas que
mueren, cada año se pierde un total de 800 mil años de vida saludable por causa de las
enfermedades y discapacidades que causa el tabaco".
Queremos destacar que en la Jornada del 30 de
mayo de 2008, Día Mundial Sin Tabaco, se señaló que más de 14 millones de habitantes en la
Argentina cuentan con normativas de protección del humo de tabaco, dictadas por provincias
o municipios: Provincias de Santa Fe, Tucumán, Córdoba, Mendoza y Neuquén, Municipios de
Bahía Blanca, Corrientes, Usuhaia, Berazategui; se criticó que la ley de la Ciudad de Buenos
Aires no fuera ciento por ciento libre de humo ya que se permite fumar en bares y
restaurantes en espacios delimitados cuando cumplen con la normativa vigente.
En el año 2008 el Día Mundial Sin Tabaco se
abocó a los jóvenes ya que tienen el riesgo de ser los nuevos consumidores que las
tabacaleras requieren para reemplazar a los 40 mil que mueren por año. El mejor candidato
es quien tiene toda la vida por delante y por eso los jóvenes son el primer target del
marketing.
¿Seguiremos dejando que la industria determine
sobre la Salud Pública de nuestra Argentina?
Señoras/es diputadas/os, estamos aquí para
cumplir con el mandato de nuestros representados.
Consideren que al día 20 de marzo de 2009,
según la página web de la O.M.S. (Organización Mundial de la Salud), han ratificado el
Convenio 164 países de los 168 que firmaron en 2003. La Argentina es uno de los cuatro
países que aún no lo ha hecho.
Solicitamos nos acompañen con el voto para ratificar el Convenio Marco de Control de Tabaco con este proyecto de ley.
Nos lo agradecerán las generaciones futuras.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA BERTOL (A SUS ANTECEDENTES) |