PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Martes 12.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0723-D-2017
Sumario: PARTICIPACION EN DESFILES DE MODA Y/O EVENTOS DE MODA Y/O FOTOS Y/O PUBLICIDADES, DE MODELOS DE SEXO FEMENINO CUYO INDICE DE MASA CORPORAL SEA INFERIOR A LOS 18,5 PUNTOS, CONFORME LO ESTABLECIDO POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD - OMS -. PROHIBICION.
Fecha: 15/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
PARTICIPACION EN DESFILES DE MODA Y/O EVENTOS DE MODA Y/O FOTOS Y/O PUBLICIDADES, DE MODELOS DE SEXO FEMENINO CUYO INDICE DE MASA CORPORAL SEA INFERIOR A LOS 18,5 PUNTOS
ARTÍCULO 1: Prohíbase la utilización en desfiles de moda y/o en eventos de moda y/o fotos y/o publicidades, de modelos de sexo femenino cuyo índice de masa corporal sea inferior a los 18,5 puntos conforme lo establecido por la OMS.
ARTÍCULO 2: Los Representantes y/o las Agencias de Modelos y/o los organizadores de la actividad serán responsables ante la Autoridad de Aplicación del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1º, siendo pasibles de las sanciones que se establecen en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 3: En caso de incumplimiento de lo normado en el artículo 1 de la presente ley, se aplicará una multa monetaria entre $ 50.000 hasta $ 300.000, la aplicación de la multa quedará a cargo de la Autoridad de aplicación.
Lo recaudado mediante la aplicación del presente artículo deberá ser destinado a políticas públicas tendientes a la trata de la bulimia y la anorexia.
ARTÍCULO 4: Establézcase como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud de la Nación.
ARTÍCULO 5: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo de noventa (90) días, en la cual se preverán las sanciones a aplicar ante el incumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto tiene como antecedente el Expediente 3847-D-2015, que ha perdido estado parlamentario.
El índice de masa corporal (IMC) es una medida de asociación entre el peso y la talla de un individuo ideada por el estadístico belga Adolphe Quetelet, por lo que también se conoce como índice de Quetelet.
Se calcula según la expresión matemática donde la masa o peso se expresa en kilogramos y la estatura en metros:
IMC = masa / estatura2
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha definido este índice de masa corporal como el estándar para la evaluación de los riesgos asociados con el exceso o escasez de peso en adultos, considerando como normal un índice que varía entre 18.5 y 24 de masa corporal.
Clasificación de OMS del IMC
Las estadísticas dicen que en Argentina 1 de cada 25 adolescentes sufre algún desorden alimentario y de ellas, el 10% padece bulimia y/o anorexia, convirtiéndose la Argentina en el segundo país -después de Japón- con los índices más altos de casos de bulimia y anorexia en el mundo (Asociación de Lucha contra la Bulimia y la Anorexia).
Dentro de una realidad compleja como la descripta, es sumamente común ver en desfiles de modas, presentado como algo completamente "natural", a "modelos de la belleza femenina" extremadamente delgadas y con aspecto poco saludables.
Estos "modelos" consolidan y reproducen estereotipos de belleza femenina necesarios para el negocio de la moda, pero sumamente dañinas para la conformación de lo que se toma como "modelos" de belleza a seguir.
La belleza y la delgadez, como sinónimos de éxito, son un signo de vida en la sociedad actual, que no se vislumbra sólo en el campo de lo simbólico, sino que se hace material.
En efecto, en nuestro país se ha debido aprobar una Ley de Talles, que obliga a los comercios a la venta de todas las medidas, ello, como consecuencia de la inexistencia de talles grandes para las personas con peso por encima del promedio.
En el mismo sentido, los índices de anorexia y bulimia han crecido notablemente en los últimos diez años (ALUBA).
Con el objetivo de erradicar estereotipos de belleza poco saludables e inalcanzables con una dieta sana, es que presentamos este proyecto de ley.
Lo que buscamos es que los "modelos" de belleza femenina sean, principalmente, saludables, no forzados ni inalcanzables.
Es por ello, que pido a mis colegas que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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