Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico »

PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241

cpadiccionesycnarcotrafico@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 0714-D-2006

Sumario: INCLUSION DE UNA LEYENDA EN LOS ENVASES DE COMERCIALIZACION DE TABACO ADVIRTIENDO SOBRE LOS PERJUICIOS A LA SALUD, LEY 23344: MODIFICACION DEL ARTICULO 1.

Fecha: 16/03/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12

Proyecto
Artículo 1°: Sustitúyase el texto del artículo 1° de la Ley 23.344 por el siguiente:
Artículo 1°: Los envases en que se comercialicen tabacos, cigarrillos, cigarros u otros productos destinados a fumar llevarán en letra y lugar suficientemente visibles una leyenda que varíe en su contenido periódicamente.-
En todos los casos, deberá alertar sobre los perjuicios que causa a la salud el acto de fumar según la reglamentación que implemente la autoridad de aplicación de la presente ley.-
Artículo 2°: De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el texto actual del artículo 1° de la Ley 23.344 se establece que los envases en que se comercialicen tabacos, cigarrillos, cigarros u otros productos destinados a fumar llevarán en letra y lugar suficientemente visibles la leyenda: El Fumar es peligroso para la salud.-
Uno de los ejes de la política pública destinada a concientizar a la población en general se basa en la exigencia de cumplir con el artículo precitado.- En efecto, en los paquetes de cigarrillos por ejemplo, se imprime en la envoltura de papel dicha leyenda pero, teniendo en cuenta el consumo creciente de tabaco y a edades cada vez más tempranas según informes y estadísticas que son de público conocimiento, es evidente que resulta insuficiente.- La razón, entre otras, es que la leyenda es siempre la misma por lo que está incorporado inconscientemente en el fumador y así deja de ser una advertencia como es su real intención.-
El tabaquismo es una de las adicciones más difícil de superar y genera consecuencias en la salud que en muchos casos se vincula con diversas grados y tipos de discapacidad.- En nuestro país , se gasta anualmente 15.000 millones de pesos para dar cobertura a esas consecuencias y por año , causa 45.000 muertes.-
El párrafo anterior ilustra la importancia del presente proyecto de ley que apunta a modificar el artículo 1° de la Ley 23.344 estableciendo la obligación de llevar en todo envase en que se comercialice tabaco u otros productos destinados a fumar una leyenda que varíe en su contenido periódicamente y en todos los casos, se deberá alertar sobre los perjuicios que causa el acto de fumar.- Es decir que, la leyenda debe variar en su contenido cumpliendo con la exigencia de alertar y se aplicará de acuerdo a la reglamentación que establezca la autoridad de aplicación de la Ley 23.344 que es la Secretaria de Comercio Interior.- De esta manera , la reglamentación establecerá el contenido de la leyenda, su comunicación anticipada a los responsables de cumplir con la ley y los tiempos de vigencia de cada leyenda.-
El hecho de que la ley 23.344 no esté reglamentada no impide su vigencia y su validez permitiendo el presente proyecto de ley la introducción de una sustancial mejora en el articulado de sus normas teniendo en cuenta la experiencia acumulada desde su publicación el Boletín Oficial el 29 de agosto de 1986 y por otra parte, se genera la oportunidad de impulsar su reglamentación aún con más fuerza.-
Con el convencimiento de que los fundamentos expuestos avalan la importancia del presente proyecto de ley, es que exhorto a los Legisladores de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación que acompañen con su voto favorable.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OSORIO, MARTA LUCIA LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
COMERCIO
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/08/2006 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
06/09/2006 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Dictamen
03/08/2007
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2646/2007 ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 2646/07 03/08/2007