DEFENSA NACIONAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 437

Secretario Administrativo SR. CAPPIELLO GUSTAVO A.

Jefe LIC. GARDES JUAN PEDRO

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6254-D-2006

Sumario: TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL A LA PROVINCIA DE CORRIENTES, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE PASO DE LOS LIBRES Y MONTE CASEROS, DENOMINADO CAMPO GENERAL AVALOS O CAMPO BAJO MIRIÑAY.

Fecha: 23/10/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157

Proyecto
Artículo 1º – Transfiérase a título gratuito a la provincia de Corrientes el dominio y todos los derechos y acciones que el Estado nacional, Ejército Argentino (Decreto N° 2.354 del Ministerio de Guerra 21/01/1946), posee sobre las tierras de su propiedad, denominado “Campo General Avalos o Campo Bajo Miriñay”, ubicadas en la provincia de Corrientes, Departamento de Paso de los Libres y Monte Caseros, la superficie de las mismas es de 44741 has. (Cuarenta y cuatro mil setecientas cuarenta y un hectáreas), 0,6 (cero coma seis) areas y 66 (sesenta y seis) centiareas; correspondiendo: al Departamento de Paso de los Libres, partida inmobiliaria P1-204-203, superficie 20975 (veinte mil novecientas setenta y cinco hectáreas), 0 (cero) áreas y 40 (cuarenta) centiareas; inscripto en el Registro de Paso de los Libres, en el año 1955, Tomo 1, Folio 39.
Correspondiendo al Departamento de Monte Caseros 23.776 has (Veintitrés mil setecientas setenta y seis hectáreas), 0,6 (cero coma seis) áreas y 26 (veintiseis) centiareas, partida inmobiliaria 01-2-3, inscripto en el Registro de Monte Caseros en el año 1951, Tomo I, Folio 13.
La superficie total se encuentra dividida por el Río Miriñay.
Art. 2º – El Estado nacional condona todas las deudas que por cualquier concepto pesen sobre las citadas tierras.
Art. 3º – La transferencia que se dispone en el artículo primero se efectúa con cargo a que la beneficiaria lo destine a la colonización, para la producción agrícola-ganadera.
Art. 4º – El predio descrito en el artículo primero no podrá, en todo o en parte, ser enajenado bajo ninguna modalidad, ni dado en garantía, ni constituido derecho real alguno, concesionado o afectado a funciones diferentes que las establecidas en el artículo anterior.
Art. 5º – El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir la respectiva transferencia en el término de sesenta (60) días de entrada en vigencia la presente ley.
Art. 6º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el sur de la Provincia de Corrientes, el Ejército Argentino posee alrededor de 45.000 hectáreas de campo, en la actualidad destinadas a cría y pastaje de ganado y esporádicamente a la realización de ejercicios militares.
Varias fueron las iniciativas destinadas a transferir esas tierras a la actividad productiva, todas ellas con resultado negativo, lo que determina que persista una situación de estancamiento que afecta al gran potencial productor que registran los recursos humanos de la Provincia.
Se advierte que esta situación debe y puede ser revertida con el fin de no sólo la incorporación al acervo productivo provincial de tan importante recurso natural sino conjuntamente dinamizar la economía zonal con derivaciones que alcanzan lo social y lo estratégico.
Las citadas tierras tienen un potencial agrícola importante para la provincia, los suelos de Paso de los Libres, presentan aptitud intensiva y forestal. Como proveedor de productos industriales, son aptos para el cultivo de citrus, algodón, tabaco, frutihotícolas y maíz.
Historia
De conformidad con la Ley 12.636, por Decreto-Ley 26.779/44 se declararon de utilidad pública y sujetos a expropiación, ocho campos en el Departamento de Monte Caseros, Provincia de Corrientes, con una superficie total de 47.600 hectáreas. El Consejo Agrario Nacional se hizo cargo de ellas para distribuirlas, divididas en lotes, a colonos que irían a poblarlas. Se seguía así la política según la cual se había comenzado la colonización en la zona, con lo que es hoy la “Colonia Mocoretá”.
Realizada la expropiación, el Consejo agrario Nacional comenzó los estudios agronómicos, que enmarcan las condiciones de adjudicación. Pero el Ejército Argentino, que en esa época encaraba un plan de autoabastecimiento, tomo para sí ese campo, que comenzó a llamarse “Bajo Miriñay” o “General Avalos”. Lo hizo con la intención de producir los artículos agrícola-ganaderos que necesitaba. Pero cuando años después se abandono ese plan militar de autoabastecimiento, el ejército no reintegró el campo en cuestión al Consejo Agrario, ni continúo su explotación intensiva. Actualmente hay en él una limitada cantidad de vacunos y lanares, y un escaso número de aparceros que cultivan arroz y maní.
El Estado Nacional es, pues, propietario de numerosas hectáreas despobladas e improductivas, que servirían, en caso de destinarlas para fomentar el desarrollo agrícola ganadero que permitiría no solo el crecimiento productivo de la provincia, sino también la creación de fuentes de trabajo que la producción demande.
Es por lo expuesto que le solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACCHI, CARLOS GUILLERMO CORRIENTES PARTIDO NUEVO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL.