DEFENSA NACIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3536-D-2017
Sumario: "CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO" A OTORGARSE A AQUELLAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE HAYAN CONTRIBUIDO AL DESARROLLO DE LA AVIACION NACIONAL. CREACION.
Fecha: 29/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79
CREACION DE LA CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO
ARTÍCULO 1°.- Créase la "Condecoración Anual Orden al Mérito Newberiano" que se otorgará a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera que, por sus aportes, servicios virtudes morales, valores humanos y profesionales hayan beneficiado el desarrollo de la aviación nacional.
ARTÍCULO 2°.- La condecoración mencionada en el artículo anterior se otorgará el 27 de mayo de cada año, en conmemoración del nacimiento del Ingeniero Jorge Alejandro Newbery.
ARTÍCULO 3°.- Los Elementos Aeronáuticos, Civiles, Militares, de Seguridad y Policiales, como asimismo las Sociedades, Academias, Institutos y demás dedicados a la investigación, estudio y difusión de la Historia Aeronáutica y Espacial Argentina podrán proponer al Poder Ejecutivo Nacional las personas que considere con mérito para el otorgamiento de la presente condecoración.
ARTÍCULO 4°.- La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 5°.- El Poder Ejecutivo Nacional procederá a reglamentar la presente ley y efectuará las asignaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la misma.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene su antecedente legislativo en el proyecto de Ley expte. N° 2345-D-2015, de los Diputados Giubergia y otros, girado a las Comisiones de Defensa Nacional y Presupuesto y Hacienda, perdiendo estado parlamentario.
Señor Presidente, esta iniciativa legislativa viene siendo impulsada desde el 2007 por el Instituto Nacional Newberiano que desarrolla sus funciones en el Ministerio de Cultura de la Nación. Este Instituto creado por Decreto de PEN nº 468/97 dentro de su competencia establece entre otras la de:
- Promover el conocimiento, la investigación, el estudio y la difusión de la Historia Aeronáutica y Espacial Argentina.
- Difundir en el país y en el extranjero la vida, obra e ideario del Fundador de la Aeronáutica Argentina, Ingeniero Jorge Alejandro NEWBERY, y demás hombres y mujeres que hicieron posible su desarrollo.
- Otorgar distinciones a benefactores y a calificados colaboradores del Instituto, y a personas de destacada versación o actuación en historia Aeronáutica y espacial, y premios, en los concursos específicos que organice.
Es por ello que este proyecto tiene como propósito instituir una condecoración para ser otorgada a aquellas personas físicas o jurídicas que de alguna manera hayan contribuido con su actividad al desarrollo de la aviación nacional. Este reconocimiento al Ingeniero Jorge Alejandro Newbery considerado el primer aviador militar; además deportista reconocido, innovador en el campo de la tecnología y como funcionario público y persona un ejemplo de virtudes morales.
El Ingeniero J. Newbery, en 1907 conoció la aerostática, que se transformó en su pasión. El 25 de diciembre de ese año en la Sociedad Sportiva ascendió con el Pampero junto a Aarón Anchorena. En 1908 fundó junto con un grupo de amigos el Aero Club Argentino, que presidió desde 1909 hasta su muerte en marzo de 1914, cerca de los Tamarindos en Mendoza, cuando perdió la vida.
Este proyecto propone la fecha de su nacimiento, el 27 de Mayo de cada año la entrega de la condecoración, en honor a su trayectoria y aporte. Esta condecoración se conferirá a personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, para hermanar y estrechar vínculos de profesionalismo y amistad entre las personas o instituciones que por sus cualidades y características, sean consideradas para obtener la condecoración.
Es importante destacar que este proyecto permite la apertura institucional mediante la posibilidad que se otorga a todas las Organizaciones dedicadas al estudio, investigación y difusión de la Historia Aeronáutica Argentina, específicamente, siendo esto condición taxativa al efecto de proponer al Poder Ejecutivo Nacional a aquellos que consideren meritorios de recibir la orden cuya creación se propone.
Esto permite que haya una gran participación de la sociedad en la decisión de quienes contribuyen al desarrollo y difusión del ideario newberiano con investigaciones científicas ampliatorias de lo ya conocido.
Los valores que expresara la figura de Jorge Alejandro Newbery, anualmente serán revalorizados distinguiendo de esta forma a las personas e instituciones que con espíritu innovador y creativo hagan aportes en las distintas áreas de la aeronáutica nacional e internacional.
Asimismo, se establece que el PEN designe la Autoridad de Aplicación aunque consideramos que el Instituto Nacional Newberiano, dependiente del Ministerio de Cultura, debería ser el encargado de llevar adelante esta condecoración.
Por lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VEGA, MARIA CLARA DEL VALLE | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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