DISCAPACIDAD
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Secretario Administrativo SR. RATTI ANIBAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5699-D-2010
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE LA UTILIZACION DEL LENGUAJE SONORO Y DE SEÑAS EN CAMPAÑAS PREVENTIVAS O MENSAJES DE INTERES PUBLICO.
Fecha: 09/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
Uso del
lenguaje sonoro y de señas en campañas preventivas y
mensajes de interés público en forma obligatoria.
Artículo 1.- Se establece
con carácter obligatorio el uso del lenguaje sonoro y de señas, en
toda campaña de difusión ya sea preventiva ó no; con contenidos de
interés público.
Artículo 2.- La Autoridad
de aplicación: es el Consejo Federal de Discapacidad-CONADIS,
dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas
Sociales, de la Jefatura de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 3.- La autoridad
de aplicación pondrá en vigencia la presente ley, a posteriori de su
promulgación y reglamentación.
Artículo 4.- Comuniquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Asistimos en este siglo
XXI a muchas carencias en materia de derechos humanos; a pesar que
en nuestro país el tema de los derechos humanos es una bandera de
gestión de gobierno, pero sólo para determinados grupos; no para
toda la ciudadanía.
Nuestros conciudadanos
con capacidades diferentes; no tienen la misma consideración referida
a sus derechos humanos; pues son muy pocas las ocasiones donde se
difunden temas de interés público; noticias en general en lenguaje de
señas; como si nuestros hermanos con capacidades diferentes, no
debieran estar debidamente informados y con los mismos derechos
para que conozcan las situaciones importantes de dominio e interés
público.
En general son excluidos
de los medios masivos de comunicación; como sino tuvieran que
tomar conocimiento y concientizarse como el resto de la población de
todos los temas que así se requiera.
No es acaso importante
que conozcan en forma directa, sin intermediarios de los cuales
dependen; acerca de temas de prevención en salud, de seguridad, de
educación, y otros? Necesitamos dar cumplimiento a la Constitución, y
en especial a los art. 14 y 16; declaraciones derechos humanos pacto
de San José de Costa Rica, Convención Interamericana de Derechos
Humanos, Convención Interamericana para la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad,
suscripta en Guatemala; la cual fue aprobada por Argentina.
Por todo lo expuesto, Sr.
Presidente les solicito a mis colegas que me acompañen en este
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0403-D-12 |