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DISCAPACIDAD

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. RATTI ANIBAL

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4254-D-2016

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PROGRAMA "AYUDAS TECNICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD".

Fecha: 07/07/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo, que por intermedio del organismo que corresponda, informe a ésta Honorable Cámara, las siguientes cuestiones vinculadas con el programa “Ayudas técnicas para personas con discapacidad”, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
1) Indique por mes el número de personas con discapacidad que a partir del 10 de diciembre del 2015 y hasta la fecha han solicitado y accedido al programa “Ayudas técnicas para personas con discapacidad”.
2) Cuantas solicitudes gestionadas a partir del 10 de diciembre de 2015 permanecen pendientes de su tratamiento y aprobación.
3) Indique que tipo de contratos o acuerdos existen con las empresas fabricantes o proveedoras de los aparatos o equipos utilizados para la implementación del programa, mencionando empresa y rubro en detalle.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El programa de “Ayudas técnicas para personas con discapacidad” tiene como finalidad mejorar la autonomía personal y calidad de vida, accediendo a un apoyo económico para financiar las ayudas técnicas que la persona con discapacidad necesite.
Este programa que depende del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, está destinado a las personas con discapacidad que no posean cobertura social (a excepción de quienes cuenten con INCLUIR SALUD o PAMI por tener una pensión no contributiva).
Las “ayudas técnicas” consisten en aparatos o equipos utilizados para movilizarte, comunicarte, informarte y desenvolverte mejor en la vida diaria: ortesis y prótesis, almohadones anti escaras, colchones anti decúbito, bastones, muletas, trípodes, bipedestadores, andadores de marcha, sillas de ruedas, grúas, silla y camilla para baño, duchador, ayudas ópticas y electro ópticas, máquinas para escribir en Braille, grabadoras de sonido, dispositivos periféricos, ayudas para la audición, audífonos, sintetizadores de voz y cualquier otro elemento que se encuentre debidamente justificado.
En este sentido creemos que es un deber del Estado en su diversos niveles llevar adelante un conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Así lo establece el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional: “Corresponde al Congreso: Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.”
En igual sentido la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada en diciembre de 2006 junto con su Protocolo Facultativo ha marcado un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad, aclarando y precisando como se aplican a éstas todas las categorías de derechos e indicando las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos reforzando la protección de los mismos.
Por todo lo expuesto es que solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
31/08/2016 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA
Diputados APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS. FECHA DE COMUNICACION: 12/09/2016 APROBADO