DISCAPACIDAD

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. RATTI ANIBAL

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4206-D-2017

Sumario: REGULACION NACIONAL DE TACA - INTERVENCIONES ASISTIDAS CON ANIMALES / TERAPIA ASISTIDA CON ANIMALES- COMO ACTIVIDAD TERAPEUTICA DE REHABILITACION PARA PERSONAS DISCAPACITADAS. REGIMEN

Fecha: 04/08/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97

Proyecto
REGULACION NACIONAL DE TACA (INTERVENCIONES ASISTIDAS CON ANIMALES/ TERAPIA ASISTIDA CON ANIMALES) COMO ACTIVIDAD TERAPEUTICA DE REHABILITACION PARA PERiiONAS DISCAPACITADAS O SIN DISCAPACIDAD
Capítulo l.
Objeto y Definición
Artículo 1°- La presente Ley tendrá como objeto la Regulación a nivel nacional de la disciplina TACA como actividad terapéutica de rehabilitación para personas discapacitadas.
Articulo 2°- A los efectos de la presente Ley , se entiende por TACA, la metodología desde el abordaje Terapéutico Interdisciplinario que involucra a uno o más animales en la prevención y tratamiento de patologías humanas, tanto físicas como psíquicas.
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Articulo 3°- Son beneficiarios de la presente Ley todas las personas con discapacidad física y mental, capacidades y necesidades especiales.
Articulo 4°- Objetivos de desarrollo de la presente Ley: Brindar a la población con discapacidad física, mental /y 1 o necesidades educativas especiales las terapias complementarias necesarias para mejorar la calidad de vida como medio especializado de
terapia física, pedagógica y terapéutica que proporcione seguridad, contención psicoafectiva y bienestar a las personas como mecanismo de integración familiar y social.
a) Implementar políticas públicas que articulen acciones para garantizar la atención inmediata y acceso a la terapia establecido en la presente ley, a todos los pacientes con capacidades diferentes, para facilitar su integración, desarrollo y mejor crecimiento.
b) Elaborar encuadre, tratamiento, seguimiento y evaluación a cada uno de los pacientes beneficiarios con el propósito de establecer comunicación con médicos de cabecera y así desarrollar tiempos y proceso en la rehabili ación del paciente.
e) Implementar procesos de información a los padres y o familiares del beneficiario.
d) Diseñar estrategias que permitan ampliar el círculo social, educativo, terapéutico y recreativo de una población con oportunidades limitadas.
e) Garantizar el derecho a la salud y al mejoramiento de la calidad de vida del paciente.
f) Promover y favorecer el desarrollo armónico de las diferentes etapas evolutivas del paciente.
g) Potenciar el desarrollo bio-psico-social del paciente.
h) Revalorizar la función familiar, fortaleciendo la relación madre-hijo-padre-hijo­
hermanos.
i) Desarrollar programas de prevención, docencia e investigación.
Capítulo II.
Marco Conceptual
Artículo 5- Se entiende por TACA Terapia Asistida con Animales, las siguientes:
Equinoterapia: Actividad especializada de terapia física que utiliza equinos en el
tratamiento de desordenes del movimiento asociados con varias patologías neurológicas y neuromusculares, tales como parálisis cerebral, acv, etc. Los
1. motivos de esta modalidad radican en la normalización del tono muscular y reforzamiento de la musculatura postural, incrementando la habilidad para el desarrollo de las actividades funcionales cotidianas. Así mismo y debido a la incondicional entrega del caballo, la experiencia se convierte en un gran factor motivacional para el paciente. Por lo mismo, niños con Autismo y Síndrome de Down también se han beneficiado de este procedimiento. Esta actividad ecuestre está destinada a estimular, rehabilitar, en forma terapéutica- didáctica-pedagógica-deportiva, para las personas con disturbios de comportamiento.
2. Canino- terapia/ Cano terapia/ Tacop: Actividad donde se utiliza perros para el abordaje de personas con diferentes patologías. El canino es un puente facilitador creando un vínculo, binomio con el paciente y así facilitar la interacción con los profesionales para desarrollar la actividad desde lo emocional, lúdico y cognitivo. Abordando patologías tales como: Tgd, Autismo, Acv, Síndrome de Down, Parálisis Cerebral, Epilepsia, Tetra focomelia (degenerativas), Retraso Mental, Violencia familiar, Cáncer, HIV/ Sida, Fobias, Problemas conductuales, Esclerosis Tuberosa, Esclerosis Múltiple, Tercera Edad ( vejez), Toxicomanía, Sociopatìa, etc. El canino es el animal ideal por su gran dependencia del ser humano, su facilidad de aprender y su predisposición a la obediencia, son características que lo hacen reunir muchas condiciones, facilitando el trabajo con él y aumentando su capacidad de aceptación por parte del paciente. Son incondicionales. Diversas investigaciones demuestran los beneficios que el canino aporta a la salud: Disminución de presión arterial, disminución de riesgo coronario, alerta y prevención en cáncer de piel, orina, etc. Señalamiento en mujeres embarazadas, entre otros.
3. Y toda otra Terapia con animales que se realicen en Instituciones Zoológicas. Con distintas especies animales, no enumeradas en las anteriores.
4. Objetivos principales a considerar:
5. Físicos: Mejorar las destrezas motoras rehabilitación gruesa y fina y segmentaria
6. Mental: Aumentar la interacción verbal entre los miembros del grupo, aumentar la atención, incrementar la autoestima, reducir la ansiedad y el sentimiento de soledad.
7. Educativos: Incrementar el vocabulario, la memoria, aportar conocimientos de conceptos.
8. Emotivos: Aumentar el deseo de involucrarse dentro de la sociedad, en grupos, desarrollar la interacción, incrementar el deseo de ejercitarse, de autovalimiento, etc.
Capítulo III.
Organismo de Aplicación
Artículo 6- La Autoridad de aplicación de la presente ley será El Ministerio de Salud de la Nación. Quien deberá crear un Registro donde deberán remitirse obligatoriamente todas las Instituciones públicas/ privadas/ ONG dedicadas a TACA. Dicho registro será el único autorizado para otorgar habilitaciones y supervisar el funcionamiento de las mismas, a través de las respectivas dependencias de salud en el territorio nacional.
Artículo 7- El Ministerio de Salud convocará a Instituciones y ONG interesadas, para la elaboración e instrumentación del proyecto, formación y capacitación u otros requisitos necesarios para el desarrollo de dicha Regulación.
Artículo 8- El Ministerio de Salud a través del Registro deberá:
a) Encuadrar a este tipo de Programas o sub- programas dentro del Campo de Salud Mental
b) Nominar la tipología de patologías a enfocar por cada programa en particular y en relación al tipo de animal utilizado como asistente de la Terapia.
c) Estipular las características de los animales utilizados en cada caso, con sus correspondientes certificaciones de aptitud física, actitud, sanitaria, certificación del canino mediante jueces nacionales e internacionales reconocidos, microchip número de serie perro de Terapia.
d) Evaluar permanentemente/ anualmente el perfil, conductas y condiciones de cada animal. Renovación anual . Certificación. Evaluación por entrenadores de perros de trabajo y o jueces.
e) Determinar los requisitos que deberán presentar las Instituciones tanto públicas como privadas, ONG en cuanto a la conformación de Equipos Técnicos Interdisciplinarios, los cuales deberán estar capacitados en TACA.
f) Convocar a profesionales con certificación de entidad reconocida con Nº de personaría jurídica en área de Taca, Zooterapia Canino-terapia etc., para prestar servicios en aquellos sub- programas dependiente de Ministerio de Salud.
g) La Autoridad de aplicación se encargará de apoyar la instalación de Centros de Terapia Asistida con protocolos, reglamentación, eficiencia profesional, capacitación y seguridad.
h) Crear un Registro de Perros de Terapia/ Servicio.
Artículo 9- El Organismo de Aplicación, a través de la Reglamentación adecuada deberá promover la actividad de Taca, con niños, adolescentes, adultos o mayores. Proponer a la desmedicalizacion, priorizando el abordaje especifico de cada problema interdisciplinariamente.
a) Producir un marco que favorezca la vinculación con pares, con adultos, con la naturaleza y consigo mismo.
b) Tener en cuenta La Integración, Resocialización de cada individuo
Capítulo IV.
Equipos de trabajo
Artículo 10- Equipos- Especialistas en TACA. La Terapia Asistida deberá ser llevada adelante por un Equipo Interdisciplinario, cada Terapeuta capacitado en TACA. El perfil del Terapeuta deberá ser estudiante y / o profesional con título habilitante en salud o educación. Debe ser indispensable en la conducción de un Licenciado/a Psicología, quien será la persona a cargo de las Admisiones/ Entrevistas, en quien recaerá el seguimiento y evaluación del proceso en el tratamiento. La cantidad de profesionales en cada Equipo, dependerá de los abordajes específicos, y patologías. Mayor o menor cantidad de profesionales, según la envergadura de la Institución. Los Equipos trabajaran favoreciendo las redes familiares, e institucionales, con reuniones regulares.
Articulo 11- Profesionales- Según la cantidad de pacientes y envergadura de la Institución dependerá la cantidad de profesionales. Un Equipo estable debe contar con los siguientes profesionales: Psicóloga/o, Acompañante Terapéutica/o, Estimuladora temprana, Psicomotricista, Terapista Ocupacional, Kinesiólogo, Profesor Educación especial, Profesor Educación Física, Fonoaudiólogo/a, Trabajadora Social, Veterinario, Instructor Canino (todos capacitados en TACA). Los Profesionales al igual que las ONG dedicadas a dicha temática deberán contar con un seguro de Responsabilidad Civil para poder trabajar en esta área.
Capitulo V.
Tratamientos
Articulo 12- Tratamientos- Seguimientos-Evaluaciones- Los Sub- Programas de TACA, ZOOTERAPIA, CANINOTERAPIA etc., que dependan del Ministerio de Salud, deberán presentar anualmente los Registros e Historias Clínicas de los pacientes atendidos, elevando al Registro creado por dicho Ministerio. La Terapia Asistida con Animales no reemplaza a la medicina convencional, es una Terapia complementaria. Por tal, para Admisiones el paciente debe presentar derivación médica.
Capítulo VI.
Disposiciones Transitorias
Articulo 13- Inclúyase en las obras sociales y en las Instituciones de medicina prepaga la cobertura médica para la atención de Terapia Asistida con Animales.
Articulo 14- Los pacientes deberán presentar la HC (historia clínica) a la Auditoria, Junta Médica, de cada obra social o prepaga a la que pertenecieran, donde se determinaría el porcentaje de cobertura que este necesitaría para su tratamiento.
Artículo 15- El poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley.
Articulo 16- Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Terapia Asistida con Animales, es una metodología que involucra a los animales en la prevención y tratamiento de patologías humanas, tanto físicas como psíquicas. Es un abordaje Terapéutico donde el animal, es un nexo entre el Profesional y el Paciente. Los abordajes en nuestro país son con Equinos, Caninos y animales de granja. Taca es una herramienta muy solicitada en los últimos años y suma beneficios a los tratamientos convencionales del paciente. Al mencionar Taca debemos sostener que hay modalidades de intervención:
1. Visitas guidas/ programadas: Es una de las más comunes, en Europa hay personas voluntarias que visitan Instituciones con perros. En nuestro país la utilizan para hacer donaciones mediante esta visita a Instituciones, de niños, adolescentes y adultos. Lo realizan voluntarios. No hay tratamiento a seguir. Actividad grupal.
2. Actividades Asistidas: A.A.A Dichas Actividades son programadas, según la población del lugar a visitar. Pueden tener continuidad (fines de semana) o durante todo el año. Las Instituciones son Hogares, Cottolengos, Escuelas especiales, geriátricos, etc. Se debe elevar una devolución de las Actividades a la Institución correspondiente. Lo realizan Estudiantes y o Profesionales (cursando TACA) En ambas modalidades la visita tiene una duración de 01.30 hs a 02.00 hs. Los caninos deben estar Certificados, y se debe contar con un Seguro de Responsabilidad Civil. Actividad grupal.
3. Terapia Asistida: A.A.T En esta instancia debemos contar con una derivación médica, Historia Clínica, Admisión de Lic. en Psicología, Equipo Interdisciplinario, Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro Personal. Perros Certificados. La sesión es de 40 minutos, se realiza en Espacio físico propio o en Instituciones de salud, educación, clínicas privadas, etc. Hay un encuadre específico para cada paciente, la terapia es individualizada (no grupal). Tenemos un tratamiento a seguir con historia clínica, seguimiento y alta de paciente. Se trabaja en conjunto con la familia, médicos de cabecera y entorno psicoterapéutico del paciente. Se debe entregar informes, semestrales, o anuales (según se requiera). El Equipo o el Profesional debe estar identificado con credencial como especialista en Taca.
Hay estudios científicos con respecto a Taca, muchos de ellos en: Virginia Commonweath University. EE.UU y Dipartimento di Biologia Cellulare e Neuroscienze Instituto Superiore di Sanitá, Rome, Italia. La explicación a este exitoso abordaje pasa por el (SNC) sistema nervioso central y específicamente por el sistema límbico del cerebro, encargado de regular el componente emocional de nuestra conducta.
 Se estimula la producción de células T, endorfinas y Hormonas
 Disminución de los niveles de presión sanguínea.
 Disminución stress, ansiedad, miedos ( niveles cortisol en sangre, PSS, perceived Stress Scale)
 Evaluar salud percibido ( Health Survey SF12/ SF 36)
 Incrementar la calidad de vida
El término calidad de vida relacionada con la salud surge como un concepto que hace referencia a las valoraciones de la percepción de la salud por parte del individuo acumulando tanto aspectos objetivos como subjetivos (Ramírez, 2007). La salud percibida o la calidad de vida relacionada con la salud se ha definido por Shumaker y Naughton (1995) como la evaluación subjetiva de las influencias del estado de salud actual, los cuidados sanitarios y la promoción de la salud sobre la capacidad del individuo para lograr y mantener un nivel global de funcionamiento que permite seguir aquellas actividades que son importantes para él y que afectan a su estado general de bienestar. Las dimensiones esenciales para su medición son: el funcionamiento social, físico y cognitivo; la movilidad y el cuidado personal, y el bienestar emocional (Soto & Failde, 2004).
La Terapia Asistida con animales se creó en Europa después de la segunda guerra mundial, tras dos epidemias de poliomielitis, reconociéndose desde entonces como un tratamiento exitoso. La primera documentación hallada sobre la utilización de animales en beneficio de la salud física o psíquica del ser humano se remonta al siglo IX en Bélgica, donde los enfermos se encargaban del cuidado de pájaros. En 1792, William Tuke, utilizó animales en manicomios, observando cómo éstos mejoraban su autocontrol y autoestima. En Alemania, nos encontramos con la Clínica Bethel, actualmente trabajando en Animal Assisted Therapy. En el año 1944 en EEUU, el Hospital de veteranos de guerra (Air Army Convaslec Center) introdujo animales para personas amputadas, tratamiento en rehabilitación física y emocional. En 1953, en EEUU Boris Levinson incorporo una perra de la raza Chow Chow para trabajar con niños en su consultorio (Libro: Psicoterapia Asistida con Animales). En 1975, en Canadá y Francia, dos psiquiatras americanos (Corson) trabajaron con perros con adolescentes perturbados. En 1977 se creó IHAIAO, International Human Animal Interaction Organization, quienes engloban varias Asociaciones in Animal Assisted Therapy. En los años 60 la Empresa Purina crea la Fundación Affinity (España).
En nuestro país, en el año 1990 las primeras experiencias se realizaron en el Zoológico de la Ciudad de Bs As, dependiendo de Salud Mental, cuidan animales. Está dirigido a adolescentes hasta 18 años con problemas cognitivos leves. También hay Terapia con perros en el hospital Tobar García y Pedro Elizalde, todos dependiendo del Ministerio de Salud de la CABA (sub- programas de salud mental).
A nivel privado se registra la Asociación Argentina de Terapia Asistida con Perros. TACOP ARGENTINA, IGJ Nº 000100, nacida en el año 1984. Trabajando en Instituciones Privadas, contando con Equipo Interdisciplinario, grupos operativos y capacitando alumnos del interior y exterior del país, contando con 15 años de experiencia atendiendo niños, adolescentes y adultos, en patologías leves, moderadas y severas.
También mencionamos a AAAEPAD Actividades Ecuestres para discapacitados en el Hipódromo de Palermo.
De acuerdo a lo antes dicho, la normativa y el registro que garantice una efectiva prestación, es indiscutible necesidad para garantizar a niños, adolescentes y adultos con distintas discapacidad, ( Ley 26.061) de Protección Integral de niños y adolescentes y la (Ley 26.378) que garantiza los Derechos de las Personas con discapacidad, la posibilidad de acceder a un Terapia complementaria de tratamiento, instando a las Obras sociales y Organizaciones de Medicina prepaga, incluirlas en sus respectivos vademécum. Para dicho cumplimiento se necesitará la creación de una dependencia pública, que garantice el acceso de la población de mayor vulnerabilidad a los beneficios anunciados de la Terapia Asistida con Animales.
Por lo expuesto, y a fin de regular estas entidades que ayudan día a día a personas a rehabilitarse y reinsertarse a nuestra sociedad, solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley, de autoría de TACOP ARGENTINA.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares de esta Honorable Cámara de Diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES