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DISCAPACIDAD

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 215

Secretario Administrativo SR. RATTI ANIBAL

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2259 Internos 2259

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3310-D-2006

Sumario: SISTEMA DE PROTECCION DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS, LEY 22431: MODIFICACION DEL ARTICULO 3, SOBRE EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE INVALIDEZ; DEROGACION DE LA LEY 25504.

Fecha: 15/06/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72

Proyecto
ARTICULO 1º - Modifíquese el artículo 3º de la Ley 22.431, que quedará redactado de la siguiente forma:
El Ministerio de Salud de la Nación o las autoridades sanitarias correspondientes de cada jurisdicción, certificarán en cada caso la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado.
El certificado que se expida, emitido por la citada autoridad competente en la materia, tanto nacional, provincial o municipal, en los términos de la presente ley se denominará Certificado Unico de Discapacidad y acreditará plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en todos los supuestos en que sea necesario invocarla, salvo lo dispuesto en el artículo 19 de la presente ley.
El certificado expedido llevará la leyenda " Validez Nacional conforme Ley 22431".
ARTICULO 2º - Derógase la ley 25504
ARTICULO 3º - De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la República Argentina habitan 2.176.123 personas con discapacidad, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad. Más de 1.700.000 de estas personas, es decir el 81,8 % de la población con discapacidad, carece del Certificado que la habilita a acceder a los derechos consagrados en la legislación específica..
El ejercicio de estos derechos, que son fundamentales para la integración de las personas con discapacidad, están reservados para quienes pueden acreditar la certificación de su discapacidad, en la actualidad solo el 14,6% de la población objetivo.
El 81% restante queda excluido de la posibilidad de acceder a las prestaciones asistenciales previstas en la legislación específica, al transporte gratuito, a la enseñanza especializada sin cargo, en fin a la equiparación de oportunidades.
Este Parlamento en su momento, modificó la ley 22431 en su art. 3º con el objeto de ampliar la validez de los Certificados emitidos hasta ese momento, la experiencia nos indica que no fue suficiente.
La propuesta que hoy traemos impulsa el reconocimiento a nivel nacional de todos los certificados de discapacidad otorgados en todas las jurisdicciones del país por las autoridades sanitarias competentes a través de sus efectores, los hospitales públicos nacionales, provinciales y municipales.
El Decreto 38/2004 intentó subsanar el desconocimiento por parte de quienes están obligados a reconocer los derechos de las personas con certificados de discapacidad emitidos por las jurisdicciones, lamentablemente no fue suficiente dado que cuando estas presentaban en una jurisdicción su certificado emitido por la autoridad sanitaria perteneciente a otra jurisdicción no se le reconocía su validez.
Señor Presidente un millón ochocientas mil personas con discapacidad necesitan acceder a su Certificado y un número presumiblemente alto de personas que ya lo han obtenido necesitan que el mismo sea reconocido en todo el país.
Es por eso que venimos a solicitar la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MONTI, LUCRECIA CIUDAD de BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
CHIACCHIO, NORA ALICIA BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
DOGA, MARIA NELIDA BUENOS AIRES JUSTICIALISTA NACIONAL
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
PESO, STELLA MARYS MISIONES JUSTICIALISTA NACIONAL
SANTANDER, MARIO ARMANDO LA RIOJA PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/07/2006 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) RETIRADO