DISCAPACIDAD
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 215
Secretario Administrativo SR. RATTI ANIBAL
Miércoles 9.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2259 Internos 2259
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3077-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD ALOJADAS EN DISTINTAS UNIDADES PENITENCIARIAS DEL PAIS Y CONDICIONES DE ALOJAMIENTO.
Fecha: 10/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
Solicitar al Poder Ejecutivo y por su
intermedio a quien corresponda para que, a través de los organismos que
corresponda, informe a este cuerpo sobre:
1) ¿Cuantas personas con
discapacidad se encuentran alojadas en las distintas unidades carcelarias de
todo el Territorio Nacional?
2.-¿Se ha realizado del año 2005 a la
actualidad un informe sociodemográfico teniendo en cuenta:
a) edad, sexo y nivel de estudios
b) Datos su discapacidad (tipo,
origen, certificado, grado, necesidades de apoyo, pensiones y otras ayudas),
c) Datos sobre su salud (estado de
salud, consumo de sustancias, enfermedades)?
3) ¿Existen cárceles que posean
pabellones especiales para personas discapacitadas? En caso informativo,
especifique cuales y donde se encuentran ubicadas
4) ¿Las normas establecidas en la Ley
24314 de accesibilidad, son cumplidas en los establecimientos carcelarios? En
caso negativo, explique los motivos.
5) ¿Poseen las unidades carcelarias
servicios sanitarios adecuados a las personas con discapacidad? En caso negativo,
informe los motivos de dicha negativa
6) ¿Teniendo en cuenta los distintos
tipos de discapacidad se le proveen con asiduidad los distintos elementos
necesarios para manejarse en forma independiente.(bastones, silla de ruedas,
elementos ortopédicos, audífonos, etc.) En caso negativo, explicite los
motivos.
7) ¿Que medidas y programas se
implementaron en el ámbito carcelario para lograr la integración, evitar la no
discriminación y lograr así la inserción de las personas discapacitadas?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es importante para entender uno de
los motivos del presente pedido de informes es comprender el significado de la
palabra discriminar.
Discriminar significa diferenciar,
distinguir, separar una cosa de otra. La discriminación es una situación en la que
una persona o grupo es tratada de forma desfavorable a causa de prejuicios,
generalmente por pertenecer a una categoría social distinta; debe distinguirse de
la discriminación positiva (que supone diferenciación y reconocimiento). Entre
esas categorías se encuentran la raza, la orientación sexual, la religión, el rango
socioeconómico, la edad y la discapacidad. Dentro de los distintos tipos de
discriminación (Racismo y xenofobia., Homofobia o rechazo a las orientaciones
sexuales distintas a las mayoritarias., existe la discriminación a personas
discapacitadas o enfermos., sumándole el aditamento de estar en unidades
carcelarias
Siempre teniendo en
cuenta la legislación vigente, existe la Convención Americana Sobre Derechos
Humanos que en su Art. 2º Explicita que Nadie debe ser constreñido a ejecutar
un trabajo forzoso u obligatorio. En los países donde ciertos delitos tengan
señalada pena privativa de la libertad acompañada de trabajos forzosos, esta
disposición no podrá ser interpretada en el sentido de que prohíbe el
cumplimiento de dicha pena impuesta por juez o tribunal competente. El
trabajo forzoso no debe afectar a la dignidad ni a la capacidad física e
intelectual del recluso. A este enunciado se le debería agregar los comentarios
alusivos a aquella persona discapacitada que debe cumplir una condena
privativa de la libertad, se le garantice todos los servicios que las otras
personas poseen
Así también, ello
esta expresado en la Constitución Nacional en su Artículo 18: ...Las cárceles de la
Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos
detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a
mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la
autorice.
Asimismo también
esta la Ley 20.416 DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL en su Artículo 5: dice
Son funciones de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal: a)
Velar por la seguridad y custodia de las personas sometidas a proceso
procurando que el régimen carcelario contribuya a preservar o mejorar sus
condiciones morales, su educación y su salud física y mental;...
Siempre hablando de
legislación, esta la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, que deja aclarado en su Artículo 15 .2 que... 2. Los Estados
Partes tomarán todas las medidas de carácter legislativo, administrativo,
judicial o de otra índole que sean efectivas para evitar que las personas con
discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, sean sometidas a
torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Lo mismo ocurre con
la CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS
DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD expresa... Que las
personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades
fundamentales que otras personas; y que estos derechos, incluido el de no verse
sometidos a discriminación fundamentada en la discapacidad, emanan de la
dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano;
Y por ultimo la preocupación de la
Carta de la Organización de los Estados Americanos, sobre la discriminación de
que son objeto las personas en razón de su discapacidad;
Toda esta legislación avala mi
necesidad que mediante este pedido de informes sean aclaradas mis dudas
sobre la existencia de las personas discapacitadas en las unidades carcelarias, su
trato igualitario en razón de su situación personal y física y que tareas se
realizan para lograr dentro de esos lugares un mejoramiento de sus condiciones
de vida.
Por ello, les solicito a los Sres.
Diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de
resolución, para que logremos que las personas con discapacidad, formen parte
de una sociedad donde exista la equidad y el trato igualitario.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
13/07/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | ARTICULO 204 | REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 20/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS. FECHA DE COMUNICACION: 24/11/2010 | APROBADO |