DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 411
Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
Miércoles 14.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470
cdhygarantias@hcdn.gov.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 9087-D-2014
Sumario: EXPRESAR SOLIDARIDAD CON LA FAMILIA DE SERGIO DANIEL AVALOS, ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE ECONOMIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE DE LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, CUYA DESAPARICION OCURRIO EL DIA 14 DE JUNIO DE 2003.
Fecha: 17/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 167
Manifestar su solidaridad con la familia de
Sergio Daniel Avalos, estudiante de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional
del Comahue de la ciudad de Neuquén, cuya desaparición ocurrió el 14 de Junio de 2003 en
dicha localidad. Expresar asimismo su rechazo a la decisión del Juez Federal Gustavo
Villanueva de desestimar lo resuelto por la justicia provincial, negando a esta causa la
calificación de "desaparición forzada de persona" que por derecho le corresponde.
Manifestar su apoyo a la exigencia de
aparición con vida de Sergio Avalos y expresar preocupación por la demora de más de once
años en el reclamo de justicia, ante un caso de comprobada desaparición forzada que ocurre
sin que se haya responsabilizado penalmente a persona alguna, comenzando por los agentes
de la policía provincial y el ejército que probadamente participaron de las detenciones,
golpizas y apremios ilegales ocurridos en el local bailable "El Fuerte-Las Palmas", en que
fue visto por última vez con vida Sergio Daniel Avalos.
Expresar preocupación ante la falta de
respuesta efectiva a los mencionados reclamos por parte del Poder Judicial Provincial y de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde actualmente reside la causa, a la espera
que se determine la justa calificación de "desaparición forzada de persona".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hijo de una familia humilde de la localidad de
Picún Leufú, Sergio Daniel Avalos desapareció el 14 de junio de 2003 en la provincia de
Neuquén. Tenía 18 años, era estudiante de la Facultad de Economía de la Universidad
Nacional de Comahue y residía en la propia universidad. El último día que se lo vio con
vida fue el 14 de junio de ese año en un local bailable conocido como "El Fuerte - Las
Palmas", al que ingresó a las tres de la madrugada.
La familia de Sergio, con el apoyo de decenas
de organizaciones sociales, políticas y de Derechos Humanos de la provincia, denuncia que
la seguridad del local bailable estaba integrada por personal de Policía provincial y personal
retirado del Ejército. Mientras los agentes afirman "no haber visto u oído nada raro ese
día", otros testimonios de jóvenes presentes esa noche en el lugar donde se vio por última
vez a Sergio Avalos con vida, sostienen una versión totalmente distinta, que incluye la
descripción de detenciones y apremios ilegales llevados adelante por las fuerzas de
seguridad de la provincia de manera coordinada con los agentes que esa noche llevaban
adelante la tarea de seguridad en el boliche bailable.
En la causa que se tramita hace ya once años,
se advierte que cuarenta cámaras de seguridad que poseía el local bailable dejaron de
registrar a las 2:45 horas, es decir, quince minutos antes de que ingresara Sergio Avalos al
mencionado local. La familia Avalos denuncia, por ello, que existen notorias
irregularidades en el expediente, comenzando por que no hay una investigación que tienda
a determinar si el error o la falla que impidió los registros de esa noche fueron casualidad o
causalidad. Como ejemplo, cabe destacar que no han existido secuestros ni pericias de los
dispositivos de filmación y grabación del local bailable, ni careos entre los testimonios del
personal de seguridad y los testigos que sostienen una versión diferente de lo que ocurrió
esa noche, incluida la de un testigo que dijo ver que golpeaban salvajemente a un joven de
las características de Sergio Avalos en el baño del local. Ello sumado al hecho de que la
totalidad de los testimonios y pruebas recabadas fueron llevados adelante por personal de la
propia policía.
Fue considerando estas circunstancias que la
familia Avalos y su defensa resolvieron solicitar, acompañados por la Fiscalía y el "Amicus
Curiae" de la provincia (que asumió la Universidad del Comahue), el cambio de carátula de
la causa que hasta entonces tramitaba como "Averiguación de paradero". De acuerdo a lo
tipificado en el artículo 142 ter del Código Penal, solicitaron que la misma figure como
"Desaparición Forzada de Persona", entendiendo que Sergio Avalos fue "víctima de
violencia institucional" y que "en su desaparición estaba involucrado el Estado en los
términos descriptos por la norma".
El Colegio de Jueces de la provincia,
mediante Resolución de fecha 21/02/14, hace lugar al pedido de cambio de calificación
legal solicitado por la querella, reconoce la "Aquiescencia del Estado" en la desaparición de
Sergio Avalos y enmarca la investigación en el delito de "desaparición forzada de
personas", declinando consecuentemente su competencia y remitiendo las actuaciones a la
Justicia Federal. Fue así como "la causa Avalos" ingresó a la Justicia Federal enmarcada en
la figura de "Desaparición Forzada" y comenzó a tramitar bajo la carátula: "N.N. s/
Privación Ilegal de la Libertad Agravada (Art. 142, inc. 3°) Exp. N° FGR 2155".
Sin embargo, el Juez Federal Gustavo
Villanueva rechazó el 21 de abril de 2014 la citada resolución del Juez provincial. En su
fallo argumentó que la calificación de "desaparición forzada de persona" implicaría la
aplicación retroactiva de la Ley 26.679 de delitos contra la libertad y señaló que, para
sortear el principio de legalidad que dispone la norma, debería tratarse de un delito de lesa
humanidad, concluyendo que el caso de Sergio Avalos no lo es, porque (a su criterio) "para
serlo debería tratarse de un ataque sistemático contra la población civil".
Contra esta resolución, la querella apeló ante
el Tribunal de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca (Neuquén), demostrando
que justamente el delito de "desaparición forzada de persona" surge de manera
convencional el 9 de junio de 1994, mediante la suscripción de la Convención
Interamericana de Desaparición forzada de personas que fue ratificada por Argentina el 28
de febrero de 1996 y adquirió jerarquía constitucional mediante Ley 24.556 (art. 75 inc.
22). Muy lejos entonces se encontraba el hecho investigado de ser posterior a la
incorporación de la mencionada figura en el derecho sustantivo del país.
A pesar de esto, el 18 de junio del 2014 la
Cámara Federal de General Roca rechaza el recurso de apelación de la familia Avalos y
confirma la Sentencia del Juzgado Federal N° 2 de Neuquén. Nada resuelve, sin embargo,
respecto a las razones expresadas por el Juez Federal (debidamente rebatidas por la
querella) por las cuales éste se declara incompetente, y se limita a descalificar lo resuelto
por la justicia provincial, considerando que a su criterio no se advierte aquiescencia o
participación del Estado en la desaparición de Sergio Avalos. Esto sin mediar ningún
estudio, indicación o referencia a las innumerables actuaciones, pruebas e indicios que para
entonces tenía la causa, aportadas por la querella.
El 19 de julio de 2014 la Cámara Federal
devuelve el expediente al Juzgado Federal de Neuquén y este lo devuelve a su vez al
Colegio de Jueces de la Provincia. Pocos días después, el 27 de junio de 2014, la querella
solicita al Colegio de Jueces de Neuquén que de por trabado el conflicto de competencias y
que remita la causa al Tribunal Superior común a ambos fueros, es decir, a la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, para que ésta resuelva el conflicto de competencias
suscitado entre la Justicia Provincial y la Justicia Federal.
El mismo Juzgado federal Nº2 de Neuquén
rechazó el 11 de junio de 2014 in limine el Habeas Corpus presentado por la familia y
organizaciones sociales. La Cámara Federal confirmó este pronunciamiento el 16 de junio
de 2014.
Señor presidente: la familia de Sergio Avalos,
con su papá Asunción y su hermana Mercedes, no cesaron jamás de luchar por su aparición
con vida y por el castigo a los responsables. En estos once años, fueron acompañados por
miles de personas y decenas de organizaciones sociales y estudiantiles, como la
Universidad Nacional del Comahue y el Centro de estudiantes de la Facultad de Economía
la UNCo, donde Sergio estudiaba.
Como ha quedado demostrado, durante todo
este tiempo la justicia provincial no avanzó en ningún dato concreto. Luego de casi 10 años
de lucha de sus familiares y compañeros de estudio, el mismo adquirió la justa
consideración que le cabe a la desaparición de Sergio: un caso más de desaparición forzada
de personas ocurrida desde el fin de la dictadura militar. El rechazo de la Justicia Federal a
lo dispuesto por la justicia neuquina sienta un precedente negativo para la lucha contra la
impunidad, que representa de manera inobjetable la causa de Sergio Avalos.
Este 21 de octubre una delegación encabezada
por familiares de Sergio Avalos fue recibida, por primera vez, por miembros de la
Comisión de Derechos Humanos del Congreso Nacional. Allí solicitaron el
acompañamiento expreso de los señores y señoras diputadas al reclamo por su aparición
con vida y el pronunciamiento de los y las legisladoras para que finalmente se reconozca
que se trata de una desaparición forzada, se acepte el "habeas corpus" que exige la
búsqueda inmediata y se manifieste el apoyo a la solicitud de la familia para que la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, donde actualmente reside la causa, se despache
prontamente.
Por todo esto, solicitamos la aprobación del
presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DEL CAÑO, NICOLAS | MENDOZA | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LOPEZ, PABLO SEBASTIAN | SALTA | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
PITROLA, NESTOR ANTONIO | BUENOS AIRES | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
CARLOTTO, REMO GERARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GROSSO, LEONARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BIANCHI, MARIA DEL CARMEN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |