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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 8141-D-2010

Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA TAREA EFECTUADA POR LA JUSTICIA ITALIANA EN EL JUICIO SEGUIDO EN LA CIUDAD DE ROMA CONTRA EL GENOCIDA EMILIO EDUARDO MASSERA.

Fecha: 11/11/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171

Proyecto
1-Manifestar su expreso reconocimiento a la tarea efectuada por la Justicia Italiana - en especial, a la 1ª Corte de Roma, cuya Presidencia ejerce la Dra. Anna Argento, con la representación del Ministerio Público Fiscal a cargo del Dr. Francesco Caporale, y a los jueces y fiscales que los antecedieron- en el Juicio seguido en la Ciudad de Roma contra el genocida EMILIO EDUARDO MASSERA - fallecido en la Ciudad de Buenos Aires el día 8 de Noviembre de 2010-, por su responsabilidad en la desaparición forzada de los ciudadanos italo-argentinos ANGELA MARIA AIETA DE GULLO, SUSANA PEGORARO Y GIOVANNI PEGORARO, detenidos ilegalmente en la nefasta ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA (ESMA) y luego cruel y cobardemente torturados y asesinados por sus captores en los tristemente célebres ' vuelos de la muerte'
2-Realzar el coraje y la valentía de los familiares de las víctimas, miembros de los organismos de derechos humanos y demás personas que testificaron en dicho Tribunal, en búsqueda de la VERDAD Y LA JUSTICIA largamente anhelada por la sociedad argentina en relación con el Juicio y Castigo de los responsables del Terrorismo de Estado que asoló a nuestra República entre los años 1976 y 1983.
3-Destacar la decisión de los peritos y Jueces italianos intervinientes que declararon que el genocida bajo proceso en Roma, se encontraba en condiciones psico-físicas de ser sometido a juicio, a despecho de las cobardes impostaciones efectuadas por el represor para evadir el accionar de la Justicia, bajo pretexto de una inexistente incapacidad mental invalidante.
4-Señalar que, a pesar del fallecimiento de Massera, que pone fin a la causa penal en trámite en la Ciudad de Roma, la prueba allí reunida, - sumada a la colectada en las numerosas causas iniciadas en nuestro país contra el máximo responsable de la represión ilegal de la Armada Argentina, y a la recogida en la causa 13 en la que la Cámara Federal de la Capital Federal lo condenara a reclusión perpetua en 1985, y cuya vigencia se ha reestablecido como consecuencia de la nulidad de los indultos, invalidados por la actual Corte Suprema de Justicia de la Nación-, ha permitido que la sociedad argentina tomara pleno conocimiento de la VERDAD de lo acaecido en relación con los oprobiosos, atroces y aberrantes actos cometidos por el dictador ahora fallecido, inscribiéndolo en la historia nacional como uno de los peores criminales de que se tenga memoria, que no son otros que aquellos, que con crueldad e ignominia, atentan contra los más elementales derechos de los pueblos mediante la perpetración de los más graves delitos, cuales son los crímenes de lesa humanidad.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cuando en la Argentina pre-2003, la impunidad se enseñoreaba en todo el territorio nacional, y merced a las ignominiosas leyes de punto final y obediencia debida primero, y a los aberrantes indultos presidenciales del menemismo, después, y los genocidas de todo rango y laya se paseaban provocativamente entre los azorados habitantes de este país, la Justicia Italiana se animaba, por impulso de familiares de las víctimas, organismos de derechos humanos de nuestro país, y numerosas organizaciones de Italia, con apoyo de los gobiernos italianos de entonces, a Juzgar a los principales responsables de la verdadera masacre perpetrada en ese centro clandestino de detención y exterminio que fue la Escuela de Mecánica de la Armada, comandada en su peor época, por el genocida EMILIO EDUARDO MASSERA, que por entonces, y desde el golpe que instaló el Terrorismo de Estado en nuestro país el 24 de Marzo de 1976, se desempeñaba como Comandante en Jefe de la Armada e integraba la Junta militar que regó de sangre nuestro territorio.
Eran tiempos difíciles donde las leyes de impunidad y los indultos eran acompañados por gobiernos argentinos que, por acción u omisión, amparaban a los represores que encontraban en nuestro país la libertad que les hubiera sido negada no bien cruzaran el Río de la Plata, por los numerosos pedidos de arresto con fines de extradición que habían sido efectuados por la Justicia de diversos Estados como Italia, Francia, Alemania, Suiza y España, entre otros.
Esos gobiernos argentinos garantizaban la impunidad violando el derecho internacional, ya que no respetaban el principio que establece que cuando hay un pedido de extradición en materia de violación masiva y sistemática de los derechos humanos, el país requerido tiene solamente dos opciones: O juzga o extradita.
Entonces, no se hacía ni una cosa ni la otra.
Por eso fue necesario para los sobrevivientes, los familiares de las víctimas y para los organismos de derechos humanos, buscar otras competencias y otras jurisdicciones, basados en el principio de JUSTICIA UNIVERSAL que determina la obligación de todo Estado de Juzgar en cualquier tiempo la comisión de los hechos constitutivos de los denominados crímenes de lesa humanidad.
Italia fue uno de los países que acogieron tales reclamos, y, entre otros, allí se impulsaron los procesos contra los principales responsables de las miles de desapariciones forzadas, torturas y asesinatos cometidos por la Armada Argentina en la ESMA.
Fue allí que se dispuso entonces el juzgamiento de los hechos que terminaron con la libertad y con la vida de tres ciudadanos/as italo argentinos/as , como ANGELA MARIA AIETA DE GULLO -madre del autor de este proyecto-, GIOVANI PEGORARO y su hija SUSANA PEGORARO, embarazada de cinco meses al momento de su detención ilegal.
La decisión de los jueces y demás magistrados intervinientes de dicho Estado, sumada a la valentía de los familiares y miembros de ONG's que no temieron declarar contra quienes habían sido los dueños de la vida y la muerte en la Argentina -aún en tiempos en que los mismos deambulaban libremente por nuestro país-, a pesar del riesgo que ello implicaba con los criminales sueltos en nuestras calles, llevaron adelante el histórico proceso.
Así se logró, en ausencia, una primera condena contra emblemáticos represores de la ESMA como Acosta Jorge Eduardo, Astiz Alfredo Ignacio, Vildoza Jorge Raúl, Vañek Antonio y Febres Héctor Antonio, los que fueron sentenciados a cadena perpetua por los atroces hechos perpetrados, en condena dictada el 14 de Marzo de 2007.
En una segunda etapa se inició, por los crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de las mismas tres víctimas italo argentinas, el juicio contra el principal responsable de la Armada, y, por ende, de la ESMA, en tiempos de la última dictadura militar en la Argentina, el ex almirante -dado de baja en la causa 13 contra los miembros de las ex Juntas Militares-EMILIO EDUARDO MASSERA, genocida ya condenado a cadena perpetua en la citada causa 13, y luego indultado por quien condujo los destinos de nuestro país en el período 1989/1999.
Innumerables chicanas y dilaciones sirvieron de excusa para postergar y demorar el referido juicio en Italia, que continuó a pesar de que a partir de 2003 el gobierno del DR. NESTOR KIRCHNER pusiera fin a la impunidad con el envío al Congreso Nacional de la Ley de 'Nulificación' de las oprobiosas normas de impunidad hasta entonces vigentes, sancionadas en consecuencia por nuestro Parlamento.
Sin embargo, y con la cobardía que caracterizó a estos criminales de lesa humanidad, que solo se animaban y envalentonaban contra personas apresadas e indefensas, pero que en combates verdaderos se entregaban sin disparar un solo tiro - como hizo Astiz en las islas Georgias-, o, como Pinochet en su momento, fingían enfermedades mentales inexistentes para evadir el accionar de la Justicia, Massera no fue menos, y cuando se vió constreñido a rendir las cuentas que hasta entonces había eludido impunemente, comenzó a pergeñar aflicciones psico-físicas que no permitieran colocarlo en el banquillo de los acusados.
A pesar de sus esfuerzos, que lograron convencer a la Justicia Argentina, los peritos enviados por la Justicia Italiana - encabezados por el Dr.Piero Rocchini- no se dejaron manipular y señalaron -en un fundado informe al Tribunal Romano interviniente-, que el genocida se hallaba en plenas condiciones de ser sometido a juicio por lo que aquella causa podía desarrollarse sin inconvenientes.
Así fue que, recién en 2009, la misma pudo ser activada en Italia, y que a la fecha ya habían declarado en las causas sobre la ESMA en Roma - en sus distintas etapas-, numerosos testigos como la Presidente de Abuelas de Plaza de Mayo, la Sra. Estela de Carlotto, el periodista y Presidente del CELS, Horacio Verbitsky, el premio Nobel de la Paz , Adolfo Pérez Esquivel, y el actual Secretario de Derechos Humanos del Gobierno Argentino, Dr. Eduardo Luis Duhalde, además de los familiares de las víctimas, entre otros.
Todos estos testimonios, como los brindados en la primera etapa que llegó a condenas ejemplares, dieron acabada cuenta de la máquina de horror y exterminio que condujo Massera, con una crueldad y perversidad jamás vista, al punto de utilizar forzadamente la mano de obra esclava de personas privadas de su libertad y sometidas a tormentos para hacerlas participar contra su voluntad, en tareas de apoyo a su malhadado proyecto político.
Desapariciones forzadas, torturas, violaciones, muertes, apropiación extorsiva de inmuebles y demás bienes de los detenidos desaparecidos, asesinatos por relaciones personales, entre tantos otros, fueron algunos de los crímenes del genocida que quedaron demostrados en la causa iniciada en aquel país, como muestra irrefutable de su responsabilidad en aquellos actos aberrantes y de la imperiosa e ineludible necesidad de su condena.
Su muerte, acaecida el 8 de Noviembre de 2010, en pleno proceso judicial en Italia -en nuestro país había sido eximido de juzgamiento como consecuencia de su fingida enfermedad-, privó a la Justicia, a los sobrevivientes, a los familiares de las víctimas y al resto de la sociedad, de la obtención de una condena a todas luces ineludible, que no llegó a dictarse.
Sin embargo, su condena en la causa 13 de la Cámara Federal de la Capital Federal, que le impusiera reclusión perpetua, y cuya virtualidad fuera recuperada por la anulación del indulto que decidiera nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en el mes de Agosto de 2010, que le otorgó plena vigencia nuevamente, sumada a toda la abrumadora prueba colectada en las numerosas causas que se le seguían en la actualidad, permitieron ponerlo en su justo lugar: El de los que pasan a la historia como expresión de lo que Hanna Arendt llamara EL MAL ABSOLUTO, esto es, aquellos actos que por su aberración y atrocidad no alcanzan a ser calificados de un modo racional, tan apartados que están de toda noción de ética y moralidad por su carácter reñido con la condición humana.
Vaya en consecuencia en este Proyecto el reconocimiento merecido a la Justicia Italiana, en el nombre de los jueces y funcionarios que participaron en los Juicios de la ESMA, contra sus operadores de los grupos de tareas y contra su principal responsable, el genocida fallecido.
Y con ello, el agradecimiento a la Presidente de la 1ª Corte de Roma, Dra. Anna Argento, a su antecesor en la etapa instructoria, Dr. Marco Mancinetti, y al representante del Ministerio Público Fiscal, Francesco Caporale, como así también a los demás magistrados, fiscales y querellantes por las familias de las víctimas, y a la participación y adhesión al proceso de la Región de Calabria y de la Provincia de Cosenza, Italia, quienes quedarán para siempre registrados en nuestra memoria colectiva como partícipes fundamentales en la reconstrucción de nuestra historia y en la consecución de la VERDAD y la JUSTICIA.
Por estas razones, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GULLO, JUAN CARLOS DANTE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PERIE, HUGO RUBEN CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DI TULLIO, JULIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARLOTTO, REMO GERARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, ALEJANDRO LUIS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, MARIA TERESA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados FE DE ERRATAS: SE SUPRIME LA FIRMA DE LA DIPUTADA TERADA Y SE INCORPORA LA FIRMA DE LA DIPUTADA GARCIA, MARIA TERESA