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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 7357-D-2010

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR NEGAR LA EXTRADICION QUE SOLICITO LA REPUBLICA DE CHILE, DEL SEÑOR SERGIO APABLAZA GUERRA.

Fecha: 06/10/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 149

Proyecto
Su más enérgico repudio a la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de negar la extradición, solicitada por la República de Chile, del Sr. Sergio Apablaza, imputado de la comisión de delitos perpetrados en ese país en 1991, en plena vigencia de la democracia. Dicho rechazo constituye una afrenta al pueblo y al gobierno chilenos, a los que esta Cámara reconoce la aptitud de juzgar los crímenes ocurridos en su territorio con estricta sujeción a los principios del debido proceso.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La decisión del gobierno argentino, a través de un órgano no independiente, el Conare, de otorgarle el estatus de refugiado al ex guerrillero chileno Sergio Apablaza es un acto grave, contrario a la vigencia irrestricta de los derechos humanos y ofensivo hacia el país requirente, que integra junto con la Argentina diversos entes regionales.
Chile solicita la extradición desde hace varios años para juzgarlo como imputado de la autoría intelectual del homicidio de un senador de ese país en 1991. El delito no se cometió durante una dictadura, sino en plena democracia. No se trata de un acto originado en una guerra civil ni en la lucha por la libertad, sino de un homicidio fríamente planificado sin otro móvil que el de la venganza.
Chile es una república democrática, en la que rige el Estado de Derecho en forma irrestricta. Es, además, en muchos aspectos, un país ejemplar en América latina, que acredita un valioso respeto por el orden jurídico y por la convivencia política. Por lo tanto, negarle la extradición de quien es imputado de haber cometido un delito común, como lo ha determinado recientemente nuestra Corte Suprema, significa desconocerle su aptitud para juzgarlo con todas las garantías del debido proceso. En otras palabras, es considerarlo un estado de rango inferior en cuanto a su calidad institucional; un mensaje de un cinismo inadmisible para cualquiera que conozca la situación que en esa materia existe a uno y otro lado de la cordillera de los Andes.
Si la doctrina del gobierno argentino es que la existencia de razones políticas en un crimen justifica el rechazo de la extradición, pierde todo sustento el reclamo que la Argentina viene haciendo al gobierno de Irán, incluso en foros internacionales, para que extradite a personas involucradas en un atentado terrorista ocurrido en nuestro territorio.
La antipatía por la víctima y la simpatía por el victimario no pueden constituir el fundamento de la concesión del estatus de refugiado. No hay crímenes buenos y crímenes malos. Lo que subyace en esta decisión es la falta de compromiso auténtico del gobierno nacional con la causa de los derechos humanos, que tienen como principio básico su carácter universal. Cuando se los manipula para favorecer a un sector político y perseguir a otro, se advierte que la invocación de los derechos humanos es meramente retórica.
La República de Chile no merece esta injuria. Tampoco la merece la democracia argentina.
Por lo expuesto, solicito al cuerpo la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
MOLAS, PEDRO OMAR CATAMARCA UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
FAVARIO, CARLOS ALBERTO SANTA FE DEMOCRATA PROGRESISTA
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
CASTALDO, NORAH SUSANA TUCUMAN UCR
AMADEO, EDUARDO PABLO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/11/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como Proyecto de Declaración