DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 6453-D-2018
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE PRISION DOMICILIARIA OTORGADO AL REPRESOR CONDENADO SEÑOR MARIO DANIEL ARRU, DECISION ADOPTADA POR EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL N° 5, DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Fecha: 12/10/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
El más enérgico repudio respecto del otorgamiento del beneficio de prisión domiciliaria otorgado al represor condenado Sr. Mario Daniel Arrú por decisión adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) Nro. 5 de la Ciudad de Buenos Aires en consonancia con estudios practicados por el Cuerpo Médico Forense (CMF).-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Uno de los hitos históricos del regreso definitivo de la democracia fue el juicio y condena de los responsables de los hechos criminales organizados desde el Estado durante la última dictadura militar que afectó a nuestro país.-
Dentro de ellos, en el marco del comúnmente conocido como juicio ESMA III, fueron juzgados y luego de cinco años de audiencias, condenados por crímenes de lesa humanidad, los pilotos que participaron de los denominados vuelos de la muerte, quienes se encontraban arrestados desde 2011.-
Puntualmente, se condenó a cadena perpetua a Mario Daniel Arrú y Alejandro Domingo D’Agostino, quienes, junto a Enrique José De Saint Georges, tripularon los aviones desde los que se arrojaban prisioneros desaparecidos por parte de la Armada al Río de la Plata. Los tres eran oficiales de Prefectura y más tarde, Arrú y Saint Georges se incorporaron a Aerolíneas Argentinas.
Según surge de las constancias de esos expedientes, en la maquinación criminal de los vuelos de la muerte, la justicia probó que desde un avión Skyvan PA-51 de la Armada tripulados por Arrú donde se llevó a las monjas francesas Alice Domon y Leomie Duquet a su destino final.
También fue en un Skyvan tripulado por Mario Arrú donde también se subió a las Madres de Plaza de Mayo secuestradas en el operativo de la iglesia de la Santa Cruz: Azucena Villaflor, Mary Ponce de Bianco y Esther Ballestrino de Careaga el 14 de diciembre de 1977.
Todas ellas heridas muy dolorosas en la historia reciente de nuestra Patria.
No obstante ello, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) Nro. 5 de la Ciudad de Buenos Aires en consonancia con estudios practicados por el Cuerpo Médico Forense (CMF) dispuso otorgarle el beneficio de la prisión domiciliaria, con el uso de una tobillera electrónica.-
Entendemos que evadir el cumplimiento efectivo de una condena dictada en el marco de un proceso judicial, máxime en el marco de una causa donde se persiguió el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad, resulta reñido con las nociones de justicia efectiva que necesita nuestro país. Y por ende, debe ser motivo de repudio por parte de esta Honorable Cámara de representantes del Pueblo de la Nación.-
En mérito a lo expuesto, solicito a los Señores Diputados el acompañamiento y aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PASSO, MARCELA FABIANA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |