DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 411
Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
Miércoles 14.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6360-D-2011
Sumario: ENCOMENDAR A LAS COMISIONES PERMANENTES DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS Y DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES, QUE DURANTE EL MES DE MARZO DE 2012, SESIONEN CONJUNTAMENTE EN LA LOCALIDAD DE ANDALGALA, PROVINCIA DE CATAMARCA, PARA EVALUAR TESTIMONIOS RELACIONADOS CON POSIBLES INOBSERVANCIAS A DERECHOS O GARANTIAS DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL.
Fecha: 17/02/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 204
1. Encomendar a sus comisiones
permanentes de Derechos Humanos y Garantías y de Asuntos Constitucionales
que durante el mes de marzo de 2012 sesionen conjuntamente en la localidad de
Andalgalá, provincia de Catamarca, con el fin de recoger y evaluar testimonios
acerca de eventuales inobservancias a derechos o garantías de raigambre
constitucional en la mencionada provincia.
2. Tras dicho cometido, ambas
comisiones elevarán a esta Honorable Cámara un informe pormenorizado sobre la
situación imperante en Catamarca.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Cuando aún no salíamos del
estupor que nos causó la feroz represión que la policía catamarqueña desató
contra hombres, mujeres y niños de Tinogasta que se oponen a la minería a cielo
abierto y sobre los que lanzaron gases lacrimógenos, balas de goma y
amenazantes perros, venimos a enterarnos que en la también catamarqueña
Andalgalá funciona impunemente una "patota prominera" dedicada a impedir el
ingreso a esa localidad de ciudadanos argentinos a los que considera foráneos.
Aunque se inscribe en el
debate en torno a la minería a cielo abierto, este impedimento a los "foráneos"
impuesto por la "patota prominera" supera a dicho debate, ya que vulnera lo
prescripto por el artículo 8º de la Constitución Nacional que en su primera parte
sostiene: "Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos,
privilegios e inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás". Entre
esos derechos se incluye el previsto en el artículo 14 del mismo cuerpo que
reconoce el de transitar por el país.
Asimismo, resultan lesionadas
las prescripciones dispuestas por diversos tratados internacionales que son parte
de nuestra Constitución:
- Artículo VIII de la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Toda persona tiene el derecho
de fijar su residencia en el territorio del Estado del que es nacional, de transitar
por el libremente y no abandonarlo si no por su voluntad.
- Artículo 13 inciso 1 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a
circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
- Artículo 22 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica): Toda
persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a
circular por el mismo y a residir en él con sujeción a las disposiciones legales.
- Artículo 12 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Toda persona que se halle legalmente
en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a
escoger libremente en él su residencia.
Por cierto, cuando un grupo
de particulares impide el paso de los "foráneos" comete un delito que sólo la
justicia juzgará. Pero si ante ese delito, las autoridades con jurisdicción en el lugar
en el que se comete omiten intervenir para hacerlo cesar, estamos ante una
violación de la Constitución Nacional, que compete al Poder Legislativo Nacional en
concordancia -como veremos- con lo dispuesto por los Artículos 5°, 6° y 75 inciso
31 de la Constitución Nacional.
Al respecto, cabe señalar
que el pasado 9 de febrero, días antes de que el patoteril proceder trascendiera a
nivel nacional, un medio catamarqueño -El Esquiú.com- hacía una complaciente
presentación de los promineros.
Decía el sitio: "Más de 500
personas, entre vecinos, trabajadores y proveedores mineros, cortaron totalmente
la Ruta Nacional N° 40 en el día de ayer, para exigir que la Justicia procediera al
desalojo del grupo de ambientalistas que desde 20 días atrás no permite el paso
de los camiones que transportan insumos con destino a Minera Alumbrera. Y
amenazaron con armar bloques humanos(sic) para despejar el camino ellos
mismos".
Como si se tratase de una
consecuencia de esa amenaza, El Esquiú.com continuaba: "El juez de Garantías
subrogante de Belén, Miguel Angel Aibar, intimó a los antimineros a despejar la
ruta para evitar el choque entre los dos grupos. Los manifestantes fueron
notificados alrededor de las 15:40 y tenían una hora para acatar la medida, o de lo
contrario se procedería al desalojo por la fuerza".
Finalmente y cual altavoz de
los promineros, el sitio señalaba: Los vecinos a favor de la actividad minera
indicaron que quienes realizan los cortes selectivos "son movimientos políticos en
contra de la gobernadora". Asimismo resaltaron que los asambleístas "no tienen
nada que perder, pero nosotros debemos salir a trabajar todos los días".
Esta empatía entre El
Esquiú.com y los promineros se explica ya que el sitio está enrolado en el
"bombonismo", corriente del oficialismo catamarqueño que lidera Armando
"Bombón" Mercado y al que pertenece su sobrina, la gobernadora Lucía
Corpacci.
Mercado, bueno es recordarlo,
ha sido designado a comienzos de febrero por su sobrina como director de
Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio, una empresa estatal mixta en la que
intervienen la provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Tucumán y que
conforma, junto con la multinacional Minera Alumbrera Ltd. (Xstrata Copper), la
Unión Transitoria de Empresas que explota el yacimiento de cobre, oro y
molibdeno de Bajo La Alumbrera y de la que dicen ser empleados los promineros.
Corpacci, por su parte, es una
férrea defensora de la actividad minera a cielo abierto en su provincia y mantuvo
un sugestivo silencio en relación al accionar delictivo de los promineros a quienes
el portal El Esquiu.com presenta como trabajadores preocupados por su fuente
laboral.
A la pasividad de la máxima
autoridad provincial se le sumó la complacencia y hasta la subordinación de la
Policía catamarqueña respecto a la patota. Así lo demostraría el testimonio de la
concejal de Andalgalá Gloria Peña, quien tras recurrir a la Policía porque los
promineros le impedían ingresar a su ciudad, recibió como respuesta de los
uniformados que ellos (los promineros) están a cargo de observar y decidir quién
entra y quién no.
Otro testigo y víctima del
accionar prominero y de la complacencia policial fue el periodista Gabriel Levinas
que escribió en el sitio www.plazademayo.com: "Al constatar que algunos (de los
que intentaban ingresar a Andalgalá) eran periodistas, requirieron identificaciones
y nombre del medio al que cada uno pertenecía. No contentos con las respuestas,
solicitaron documentos que probaran los datos y finalmente exigieron que se
retiraran todos del lugar. Plazademayo.com intentó dialogar con representantes del
corte, e incluso ofreció entrevistarlos, pero estos demostraron una peligrosa y
agresiva intransigencia. Una vez desalojados de la entrada, estos cronistas
acudieron a la Policía provincial en un puesto ubicado a 300 metros del corte,
quienes nos informaron que no podían hacer demasiado hasta tanto no se
comunicaran con el comisario y posteriormente con el fiscal. Tanto la fiscal Marta
Nieva de Andalgalá como Santo Reynoso, Fiscal Federal de Catamarca, fueron
notificados de la situación. Este último informó que debía realizarse la denuncia
ante la Policía. Sin embargo, las Fuerzas de Seguridad eludieron durante todo el
día la denuncia argumentando que la solicitud debía radicarse en la comisaría de la
Ciudad". Agrega Plazademayo.com que cuando el cronista "explicó al subinspector
Valdez el motivo de la denuncia, este justificó el corte y declaró que la modalidad
no es solo no dejar pasar a periodistas; tampoco a todos aquellos que se
manifiestan en contra de la minería".
Claro que la cordial
presentación que hace El Esquiú.com de los promineros (vecinos, trabajadores y
proveedores mineros) no se condice con la fotografía que de ellos publicaron
diversos medios periodísticos y que muestra a una larga fila de hombres
corpulentos y de gesto desafiante. El diario Página 12, que no reproduce esa
imagen, los tilda de "patovicas" en la volanta de la nota titulada "Corte de la
Patota Prominera".
El mismo medio reproduce denuncias
de vecinos andalgalenses, según las cuales una "patota prominera financiada por
Bajo La Alumbrera actúa con total impunidad cortando los caminos hacia
Andalgalá" (con lo cual se) "demuestra cómo empresas transnacionales operan al
margen de la legalidad, utilizando una metodología patoteril de control total,
ignorando la voz y la voluntad del pueblo".
Yo mismo, Sr.Presidente, estuve
retenido -a pesar de mis fueros y de que la fiscal Nieva había ordenado la
deposición del corte- por la denominada patota prominera, lo cual me obligó a
ingresar y retirarme de Andalgalá con custodia policial. :
Otros testimonios del mismo
tenor abundan en distintos medios de las más variadas líneas editoriales e
indicarían que en Catamarca no estaría garantizado el sistema republicano, de
acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional en
su artículo 5to. Si así ocurriere se estaría dando una de las condiciones
contempladas por el art. 6 de la CN para disponer la intervención federal de la
provincia, instancia cuya decisión corresponde al Poder Legislativo del que somos
parte por imperio del art. 75 de la CN en su inciso 31.
En consecuencia,
consideramos que esta H. Cámara, a través de sus comisiones permanentes de
Derechos Humanos y Garantías y de Asuntos Constitucionales, debe comprobar "in
situ", la veracidad de los distintos testimonios que dan cuenta de la violación de
preceptos constitucionales y del ordenamiento jurídico internacional incorporados a
nuestra Carta Magna.
Por ello, pedimos la aprobación de
esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |