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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6319-D-2016

Sumario: APROBACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA TODA FORMA DE DISCRIMINACION E INTOLERANCIA, ADOPTADA EL 5 DE JUNIO DE 2013, POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA).

Fecha: 16/09/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129

Proyecto
Artículo 1: Apruébese la Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia adoptada el 5 de junio de 2013 por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Artículo 2: Comuníquese al poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, en el año 2013 se firmó la Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación, que en sus considerados afirma que la dignidad y la igualdad de las personas son “principios básicos” consagrados en la Declaración Universal de DDHH, en la Declaración Americana de los Derechos y deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El tratado referido tiene para los estados firmantes la obligación de adoptar medidas para adecuar sus ordenamientos legales internos para alcanzar esos objetivos y lograr el fomento, el respeto y la observancia de los derechos humanos además de las libertades individuales para así garantizar la igualdad de los ciudadanos “sin distinción alguna por motivos de sexo, edad, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, origen social, posición económica, condición de migrante, refugiado, o desplazado, nacimiento, condición infectocontagiosa estigmatizada, características genéticas, discapacidad, sufrimiento psíquico incapacitante o cualquier otra condición social…”
La convención contempla también el aumento de la intolerancia y violencia motivadas por el antisemitismo, la cristianofobia, y la islamofobia, sin estar exentos de discriminación religiosa los estados de la Unión Europea con los atentados que han ocurrido, con el objeto de combatir la exclusión y marginación por los motivos previamente mencionados.
Para los efectos de la Convención, se define discriminación como “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales consagrados en los instrumentos internacionales aplicables a los Estados Parte”, señalando luego que “la discriminación puede estar basada en motivos de nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, origen social, posición socioeconómica, nivel de educación, condición migratoria, de refugiado, repatriado, apátrida o desplazado interno, discapacidad, característica genética, condición de salud mental o física, incluyendo infectocontagiosa, psíquica incapacitante o cualquier otra”.
Y compromete la Convención a adoptar medidas para prevenir, eliminar, prohibir y sancionar los actos y manifestaciones de intolerancia; adoptando políticas públicas para garantizar el goce y ejercicio de derechos y libertades a las personas sujeto de discriminación; otorgarles trato equitativo y generar igualdad de oportunidades; definir legislativamente la prohibición de todo acto de discriminación e intolerancia que también sea aplicable a las autoridades públicas y en todo el ámbito público y privado; asegurar que los sistemas políticos y legales reflejen apropiadamente la diversidad; asegurar a las víctimas de discriminación acceso a la justicia en forma ágil y eficaz; llevar adelante estudios sobre naturaleza, causas y manifestaciones de discriminación en el país; y designar una institución nacional responsable de dar seguimiento al cumplimiento de la Convención.
La pronta entrada en vigor de dicha Convención es importante para la región por la existencia de ilícitos asociados al racismo y la intolerancia, que, a pesar de ser un continente heterogéneo por la
profunda mixtura entre el nativo, los descendientes de los conquistadores y los inmigrantes; aún no se ha alcanzado en América Latina la plena armonía en la diversidad.
La pronta ratificación y entrada en vigor mostraría un compromiso a avanzar en la tolerancia y la inclusión de los ciudadanos, no solo como país sino como región.
Por estos motivos, solicito a mis pares la aprobación del presente.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
16/11/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
26/04/2017 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría