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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5949-D-2009

Sumario: ADHERIR AL "DIA MUNDIAL INTERNACIONAL DE LA ABOLICION DE LA ESCLAVITUD", A CELEBRARSE EL 2 DE DICIEMBRE DE 2009.

Fecha: 01/12/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171

Proyecto
Adherir al Día Mundial Internacional de la Abolición de la Esclavitud, a celebrarse el día 2 de diciembre. Fecha en la cual, en el año 1996, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución ajena.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Trata de personas es una actividad criminal directamente asociada a la prostitución y al tráfico de drogas. El análisis del proxenetismo, como un medio para victimizar niñas, niños y mujeres de los sectores más vulnerables y excluidos, han permitido desmitificar la "naturalización" de la prostitución y la explotación sexual; en el sentido de que la "libre elección" y el "consentimiento" han quedado denunciados como una estrategia de poder, mediante la cual se permite al prostituyente ejercer su violencia dentro de un sistema de dominación, donde las personas son convertidas en mercancías, constituyéndose en esclavas y esclavos en pleno siglo XXI. Por este motivo los traficantes de personas hacen excelentes negocios con total impunidad.
Según un informe de la Contemporany Forms of Slavery en Argentina, las provincias de nuestro país más involucradas en la explotación sexual son: Buenos Aires, Neuquén, La Rioja, Córdoba, Entre Ríos, Tucumán y Río Negro.
Incluso, durante la década de 1990 ingresaron muchas esclavas sexuales procedentes de Brasil, Paraguay, Perú y República Dominicana. Así, se estima que unas 12.000 mujeres de la República Dominicana llegaron a Buenos Aires tentadas por conseguir trabajo como empleadas domésticas y remitir divisas a sus familias. Muchas pagaron entre 2.000 y 3.000 dólares a supuestos gestores locales que les prometían empleo. Sin embargo, la mayoría terminaron siendo esclavas en prostíbulos, cobrando apenas un dólar por cliente y cumpliendo turnos de entre 12 y 24 horas de corrido, sin poder escapar de ese martirio.
De más está decir que en este tipo de negocios si bien se encuentran falsas promesas de buenos trabajos también se verifica, y cada vez en mayor medida, el retiro de la documentación personal y la sustracción de la persona con violencia, sometimientos físicos y castigos corporal y psíquico, que terminan por transformar a sus víctimas en verdaderos esclavos del siglo XXI.
Las cifras son verdaderamente alarmantes y hablan por sí solas: según datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el 90% de los casos de explotación tienen fines sexuales. Así, la trata de personas se constituye como el tercer gran negocio después de las armas y el narcotráfico. Incluso hay quienes sostienen que el comercio de personas ya ocupa el segundo lugar.
En este contexto no podemos desconocer que el hambre, la educación y el desconocimiento suelen allanar el camino de quienes les ponen precio a las vidas y a las libertades de estas personas. Sin embargo el peligro potencial que significa caer en una red de trata no es privativo de las clases bajas sino que también es posible en los sectores medios y altos: La gran oferta tecnológica y el acceso a los medios de comunicación facilitan a los tratantes captar más fácilmente a sus víctimas.
No debemos tampoco pasar por alto que, aunque en menor proporción, existen en la Argentina víctimas de trata con fines de explotación laboral: se estiman en 130.000 sólo los inmigrantes bolivianos obligados a este tipo de esclavitud. La industria textil argentina, por su grado de desprotección laboral explota básicamente a estas personas: 3 de cada 4 trabajadores textiles no están registrados. En el mundo más de 12 millones de personas son víctimas del trabajo forzoso.
De todas maneras en nuestro país y en concordancia con el Derecho Internacional en la materia, en el año 2008 se sancionó la Ley 26.364 sobre "Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas", que adecua las medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas a un contexto como el actual en donde, lamentablemente, todavía constituye un delito de preocupación mundial.
Es un deber del Estado el proteger a los grupos más vulnerables de este flagelo, y más allá de todo lo realizado hasta ahora, todavía es una batalla que no ha sido ganada, por lo que es necesario aunar fuerzas y seguir trabajando fuertemente, sin bajar los brazos, haciendo partícipes de esta lucha a toda la población. Todos podemos ser víctimas de este flagelo mundial y es nuestro deber el seguir construyendo un mundo mejor para nuestros hijos...
Por todo lo expresado anteriormente con motivo de la conmemoración aludida, estimo que esta Honorable Cámara debe expresarse en tal sentido y solicito a tal fin el apoyo de mis pares.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALFARO, GERMAN ENRIQUE TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)