DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5784-D-2009
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA DECISION DE LA CAMARA NACIONAL DE CASACION PENAL, DE DECLARAR DELITO DE LESA HUMANIDAD, Y POR LO TANTO IMPRESCRIPTIBLE, LA APROPIACION DE HIJOS DE DESAPARECIDOS Y LA SUPRESION DE SU IDENTIDAD MEDIANTE LA FALSIFICACION DE SUS DOCUMENTOS.
Fecha: 24/11/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
Declarar su
beneplácito por la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal de
declarar delito de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptible, la apropiación
de hijos de desaparecidos y la supresión de su identidad mediante la
falsificación de sus documentos, hechos ocurridos durante la última dictadura
militar.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Una vez más queremos
expresar nuestra satisfacción ante un hecho que no sólo implica la recuperación de
parte de nuestra historia sino que también implica que no queden impunes los hechos
más aberrantes que nos pueden ocurrir como ciudadanos de esta Nación. Nos estamos
refiriendo al robo de los hijos nacidos en cautiverio de las detenidas-desaparecidas,
durante la última y sangrienta dictadura militar.
Hace unos días la
Cámara Nacional de Casación Penal sostuvo que el "robo" de hijos de
desaparecidos y la supresión de su identidad mediante la falsificación de sus
documentos, deben ser considerados delitos de lesa humanidad, por lo tanto no
prescriben.
Por todos es conocido el
hecho de que el 24 de marzo 1976 las Fuerzas Armadas usurparon por medio de un
golpe de estado el gobierno constitucional. El régimen militar, que se autodenominó
"Proceso de Reorganización Nacional", llevó adelante una política de terror. Se ejerció
la represión política que afectó a 30.000 personas de todas las edades y condiciones
sociales, quienes pasaron a tener la figura del "desaparecido", y que fueron sometidas a
la privación de su libertad, la tortura y la posterior desaparición.
Muchas de las mujeres
secuestradas que estaban embarazadas fueron llevadas a distintos Centros Clandestinos
de Detención utilizados como maternidades clandestinas. Allí parían en situaciones
infrahumanas y luego sus hijos les eran arrancados para ser utilizados como botines de
guerra: los propios militares y otros integrantes de las fuerzas de seguridad en
complicidad con civiles se los apropiaban, los vendían, los regalaban.
La labor de las Madres y
Abuelas de la Plaza de Mayo permitió encarar una de las tareas más difíciles: buscar a
sus nietos, a los hijos de sus hijos desaparecidos. Esta labor rindió sus frutos con los
años de lucha y persistencia, ya han sido recuperados 99 de aquellos niños y todavía hay
cientos que esperan recurar su identidad y la verdad.
Esta lucha y esta pelea
constante de las Abuelas junto a muchos que las apoyaron durante todas estas décadas,
permitieron encontrar las huellas y las pruebas que demostraron que además del plan de
exterminio implementado por la dictadura, también existió un plan sistemático de
apropiación de los hijos de los detenidos desaparecidos. De allí la importancia del fallo
que rescatamos y ponderamos en este proyecto, ya que permite establecer que el crimen
de la apropiación de los bebés en la dictadura se sigue cometiendo en la actualidad y por
lo tanto no prescribe, permitiendo así que la búsqueda de justicia tenga un nuevo aire
para castigar a todos los culpables.
Abuelas de Plaza de Mayo
señalan entre sus principios: "Trabajamos por nuestros nietos -hoy hombres y mujeres-,
por nuestros bisnietos -que también ven violado su derecho a la identidad-, y por todos
los niños de las futuras generaciones, para preservar sus raíces y su historia, pilares
fundamentales de toda identidad". Entendemos que este fallo de la Cámara de
Casación Penal es un reconocimiento a ese trabajo y abre nuevas oportunidad para
sentar definitivamente a los responsables en el banquillo de los acusados.
Por los motivos expuestos,
Señor Presidente, y con la firme convicción de que los crímenes de la dictadura no
deben quedar impunes, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto
de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |