DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 411
Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
Miércoles 14.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470
cdhygarantias@hcdn.gov.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5383-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA, QUE DISPUSO LA PRISION PERPETUA DE LUCIANO BENJAMIN MENENDEZ Y LUIS ESTRELLA, A CONSECUENCIA DEL HOMICIDIO DEL OBISPO ENRIQUE ANGELELLI.
Fecha: 08/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
Expresar beneplácito por la sentencia
notificada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja en el juicio por el
homicidio del Obispo Enrique Angelelli, condenando a prisión perpetua a Luciano
Benjamín Menéndez y Luis Estrella.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la
Rioja dictó sentencia en el juicio por el homicidio del obispo Enrique Angelelli después
de 38 años, teniendo la oportunidad de sellar lo que el pueblo dijo el mismo 4 de
agosto de 1976, día del atentado criminal en cercanías de Punta de Los Llanos.
La justicia condenó a prisión perpetua a los ex militares Luciano Benjamín Menéndez y
Luis Estrella hallándolos culpables del homicidio del prelado, hecho que se quiso hacer
pasar por un accidente y considerando que la sentencia debe ser de cumplimiento
efectivo. De esta manera, ambos represores deberán purgar la condena en el
establecimiento penitenciario cordobés de Bouwer. En la lectura de la sentencia, se ordenó
revocar la prisión domiciliaria que tenían Menéndez y Estrella. El juicio oral se enmarca
en los procesos por delitos de lesa humanidad cometidos en La Rioja durante la última
dictadura cívico-militar. La comunidad toda debe celebrar el camino recorrido por la
justicia, el esclarecimiento de la verdad histórica en la búsqueda de los responsables
que pretendieron callar la voz del pueblo, de los más humildes. Según las pruebas
acumuladas en la etapa investigativa y durante el desarrollo de este juicio, cae en saco
roto la versión de un accidente de tránsito, siendo en realidad provocado cuando la
camioneta del obispo - según declaró su acompañante Arturo Pinto que sobrevivió al
hecho - fue interceptada por un automóvil Peugeot 404 blanco, que lo obligó a una
maniobra brusca provocando su vuelco. Desnucado quedó extendido en cruz sobre el
asfalto de la ruta 38 a pocos kilómetros de la localidad de Punta de Los Llanos, en la
provincia de La Rioja. Monseñor Enrique Angelelli nació en Córdoba el 17 de julio de
1923, vivió en esa ciudad más de 40 años, donde ejerció su sacerdocio como asesor
de la juventud obrera católica y luego obispo auxiliar. En 1968 fue designado titular
diocesano de La Rioja ocupándose especialmente de los más pobres, alentando su
organización, promoviendo sus derechos y elevando la conciencia de su dignidad. Así
impulsó la agremiación de los mineros, peones rurales y empleadas domésticas. Y en
las zonas urbanas la organización vecinal para obras barriales, construcción de
viviendas y cooperativas de consumo. Acompañó a los empleados públicos en sus
reclamos salariales y a las autoridades provinciales por la coparticipación federal.
Alentó la formación de cooperativas de producción y comercialización de nueces y
aceitunas, entre otras. Defendió los derechos de los poseedores ancestrales de las
tierras en Los Llanos, hostigados por personeros y testaferros de empresas
constituidas para despojar a los campesinos pobres. Toda esta actividad social estuvo
animada desde sus profundas convicciones religiosas en fidelidad al evangelio y la
doctrina de la iglesia católica renovada en el Concilio Vaticano II, que él supo encarnar
en la religiosidad de los riojanos con su profunda devoción a San Nicolás. Pero los
poderosos intereses económicos en una sociedad con fuertes rasgos feudales,
especialmente amparados por dictaduras militares, hostigaron permanentemente al
obispo que concitaba la adhesión de los más abandonados del pueblo riojano.
Por eso fue difamado, perseguido y
calumniado, tratándoselo de obispo rojo, marxista, tercermundista y tantos otros
epítetos intentando menoscabar su consenso social y su prolífica tarea. En esta acción
se confabularon los poderes civiles, económicos y políticos, que encontraron manos
ejecutores con la implantación del terrorismo de estado el 24 de marzo de 1976.
Desde entonces se incrementó la persecución con la detención y torturas a
sacerdotes, religiosas y numerosos laicos, especialmente jóvenes.
Al decir del obispo emérito de Viedma
Monseñor Esteban Hesayne, a Monseñor Angelelli no sólo le quitaron la vida, sino que
también le robaron la muerte. Con este fallo la sociedad podrá devolvérsela mediante
uno de sus poderes institucionales.
Después de 38 años llegó la Justicia. Un
poco tarde, pero llegó. Muchos de los implicados en este crimen fallecieron llevándose
la impunidad a la tumba. Y tantos otros testigos también partieron, aunque muchos de
ellos pudieron dejar su testimonio en la dilatada investigación judicial. A sólo 30 días
de su muerte la causa fue archivada como accidente fatal. Pero bien dice el apotegma
bíblico: nada hay oculto que no pueda ser develado. Se hace justicia no sólo con el
obispo asesinado, restituyéndole la verdad sobre su muerte, sino también con los
sectores populares y comunidades eclesiales que durante muchos años han luchado
desde la memoria histórica para hacer prevalecer la verdad y llegar así al veredicto de
la justicia.
Este juicio, como otros de lesa humanidad,
ha puesto sobre el tapete las complicidades de los intereses de los poderosos que se
confabularon para mantener la pobreza y la injusticia en la siempre postergada
hermana provincia de La Rioja. Pero también ha llevado al estrado judicial la palabra
de los pobres y perseguidos que han testimoniado la entrega en el servicio de un
hombre que nada ahorró para sí porque, desde su opción sacerdotal y su función
episcopal, eligió el camino nunca fácil de ser fiel hasta el final "con un oído en el
pueblo y otro en el Evangelio", según la consigna que dejó como legado para nosotros,
sellándola con su propia vida.
En la convicción de éste justo
reconocimiento, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
VALINOTTO, JORGE ANSELMO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/10/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1166/2014 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2014 | 06/11/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/12/2014 | APROBADO |