DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4836-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA BASE DE DATOS DE VICTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO, DE ACCESO PUBLICO, EN EL PARQUE DE LA MEMORIA, DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 19/06/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Declarar de interés de la Honorable
Cámara de Diputados de la Nación, la Base de Datos de Víctimas del
Terrorismo de Estado, de acceso público, en el Parque de la Memoria, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Parque de la Memoria, es un
monumento a las víctimas del terrorismo de Estado, que fue pensado como un
espacio de recuerdo, reflexión y homenaje a los detenidos-desaparecidos y
asesinados en Argentina entre los años 1969 y 1983.
El proyecto surgió de organismos de
derechos humanos en 1997, cuando en la Argentina se vivía un contexto de
impunidad sobre los crímenes perpetrados durante la última dictadura militar.
A 15 años del surgimiento del
proyecto, la realidad en materia de políticas de memoria es sustancialmente
distinta. Nos encontramos en un presente en el que día a día se profundiza el
camino en pos de la Memoria, Verdad.
Es en este contexto que el
Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado se inscribe como una
forma de reparación simbólica necesaria para que la sociedad toda pueda
elaborar el trauma de nuestro pasado reciente. El monumento nombra a las
víctimas y en esa acción restituye a la memoria colectiva las miles de historias
truncadas por el accionar represivo. Cada nombre inscripto posee una historia
y un recuerdo individual pero a la vez forma parte de una historia colectiva que
por muchos años quiso ser silenciada y olvidada.
El Monumento abarca un período
más amplio que el de la última dictadura militar (24 de marzo de 1976-10 de
diciembre de 1983), se inicia con aquellas víctimas de la represión estatal que
fallecieron a partir del Cordobazo (29 de mayo de 1969) y los levantamientos
populares de ese año (en Corrientes, el 15 de mayo, y el primer Rosariazo, del
17 al 21 de mayo). Este período, si bien incluye gobiernos constitucionales,
está atravesado por la sucesiva implantación y vigencia del estado de sitio
(1966-1973 / 1974-1983), que implicó la suspensión de las garantías
constitucionales en todo el territorio nacional hasta el retorno a la democracia,
el 10 de diciembre de 1983.
A su vez, incluye a aquellas
personas que fueron asesinados durante hechos paradigmáticos de represión
estatal, como la Masacre de Trelew, el 22 de agosto de 1972; la Masacre de
Ezeiza, el 20 de junio de 1973; las víctimas de organizaciones paramilitares de
derecha (como la Alianza Anticomunista Argentina, conocida como Triple A); el
Operativo Independencia, en la provincia de Tucumán, entre 1975-1977; y la
extensión de la jurisdicción militar a todo el territorio nacional, luego de los
decretos de 2770, 2771 y 2772, firmados en octubre de 1975 por Ítalo
Argentino Lúder.
Asimismo, la base de datos
incorpora a aquellos ciudadanos argentinos que fueron víctimas de la represión
en el marco del denominado "Plan Cóndor", la coordinación represiva entre
distintas dictaduras militares del Cono Sur, así como la de aquellos extranjeros
asesinados o desaparecidos en nuestro país.
En 1999, se conformó un equipo de
investigación que trabajó en la recopilación de datos para el listado de nombres
que hoy integran el Monumento. Para elaborar la nómina se consultó y
sistematizó información obrante en la Secretaría de Derechos Humanos de la
Nación, el Equipo de Antropología Forense y de los organismos de derechos
humanos.
El accionar represivo del Estado
durante los años setenta y principios de los ochenta se caracterizó por la
clandestinidad, el ocultamiento de los cuerpos y la sistemática desaparición
forzada de personas. A su vez, las autoridades del gobierno de facto se
negaron sistemáticamente a brindar información oficial sobre el destino de las
víctimas, cifras o nombres desaparecidos o asesinados por las FFAA,
ocultando o destruyendo los archivos del accionar represivo. Por estos y otros
motivos, esta nómina no está cerrada, y por lo tanto se encuentra abierta a
futuras incorporaciones.
Para la inclusión de una víctima en
la nómina del Monumento se tomó como criterio general que la misma haya
sido reconocida dentro del marco de las leyes reparatorias sancionadas por el
Estado Nacional y aquellos nombres publicados en el Anexo del Informe de la
Comisión Nacional sobre Desaparición Forzada de Personas, el Nunca Más, en
su reedición de 2006.
Desde diciembre de 2012, la base
de datos se encuentra disponible para la consulta pública gracias a un sistema
de gestión informático que fue desarrollado conjuntamente con el
Departamento de Computación de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
de la Universidad de Buenos Aires.
En ese sentido, la base de datos se
propone como una herramienta de comunicación y difusión que permitirá
vincular pasado y presente, de forma tal que la reflexión y análisis sobre los
hechos ocurridos fortalezca la construcción de una sociedad democrática e
inclusiva para todos y todas.
Por lo brevemente acá expuesto,
solicito a mis pares me acompañen con el siguiente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |