DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3658-D-2018
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA SANCION A LA ABOGADA Y MILITANTE DE LOS DERECHOS HUMANOS PIA GARRALDA, QUE IMPUSO EL COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PENALIZANDO SU COMPORTAMIENTO FUERA DE LOS ESTRADOS JUDICIALES.
Fecha: 13/06/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 68
Repudiar como un grave atropello a las organizaciones de Derechos Humanos, en particular un ataque a la libertad de expresión, la sanción a la abogada y militante de derechos humanos Pía Garralda, efectuada por el Colegio Público de Abogados de La Plata, penalizando el comportamiento fuera de los estrados judiciales que hacen a sus relaciones personales e ideológicas respecto del abogado Juan Lossino, defensor del genocida condenado Claudio Raúl Grande.
Reclamar la inmediata nulidad de la sanción y denunciar a la misma como un ataque a la libertad de expresión.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 22 de mayo del presente, el Colegio Público de Abogados de La Plata resolvió sancionar a la abogada y militante política, sindical y de derechos humanos Pía Garralda, a pedido de abogado Juan Lossino, defensor de Claudio Raúl Grande, por haberse negado ella a saludarlo en los pasillos de tribunales, alegando su complicidad respecto a la impunidad de genocidas.
La denuncia de Lossino a Pía Garralda se funda en que habría incurrido en “la falta ética” al retirarle el saludo, afirmando “No saludo a abogados de genocidas”. La sanción interpuesta por los miembros del Tribunal de Disciplina del CALP José Abel Irazú, Juan Eduardo Caniggia, Ángela Bedouret, Carlo Garobbio y Cristina E. Delucchi, consiste en una advertencia, más las costas del proceso. Consideró que “las palabras empleadas por la denunciada se consideraron en el contexto como agraviantes, o en su defecto como un desprecio por las normas de estilo. Independientemente de las razones que determinaron que motivaron el uso de la terminología que se cuestiona (…) La negativa a saludar al colega en razón de la defensa de una persona acusada de un delito de lesa humanidad o en su defecto por la forma en que el denunciante ejerciera la defensa de sus clientes y la afirmación en términos de represores o genocidas constituye una afrenta innecesaria y desmedida”.
Estamos ante una intromisión del CALP que pretende regular y juzgar el comportamiento y desempeño de los abogados colegiados fuera del ámbito de su desempeño profesional.
Dicho episodio se resalta que no fue en los estrados de tribunales, si no en un encuentro casual y privado entre los dos abogados.
La Dra. Garralda es militante de la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL) y una de las abogadas de la querella Justicia Ya! y de los casos particulares María Laura Bretal, Norma Aquín, Nora Gutiérrez Penette, Inés Paleo y Silvia Cavecchia en el juicio que investiga los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de “La Cacha”. Como resultado del mismo se condenó a 13 años de prisión a Claudio Raúl Grande, personal civil de inteligencia durante la última dictadura militar, -defendido por Lossino- por haber cometido delitos de lesa humanidad en complicidad con el delito de genocidio.
Durante todo el proceso, Lossino acechó a sobrevivientes y familiares en los pasillos de los tribunales, los agravió mientras prestaban testimonio en las audiencias de un juicio que se desarrolló 38 años después de los hechos. Dicho hostigamiento motivó a que el Tribunal Oral N°1 lo apercibiera, precisamente, por su actitud “poco ética”, lo cual fue comunicado al Colegio Público de Abogados de La Plata para que investigue su actuación profesional. Sin embargo, al día de hoy Lossino no ha recibido ninguna sanción por su comportamiento en los estrados de los tribunales y en el desempeño de su profesión. Por el contrario, el CALP ha sido sumamente expeditivo para sancionar a una militante por un comportamiento coherente con sus intimas convicciones y expresado fuera del ámbito profesional. Pía Garralda es integrante de la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL) y una militante sindical, política y de los derechos humanos de intachable trayectoria. El promotor de esta sanción, además, recientemente, fue apercibido por el Juez Federal Kreplak por falta de decoro y respeto en causa de Lesa Humanidad.
Esta denuncia recibió un contundente rechazo, expresado en las más de 400 firmas al petitorio por el desistimiento de la denuncia, que ya fue presentado ante las autoridades del CALP, junto a las presentaciones realizadas por su parte por ATE Provincia de Buenos Aires, Suteba La Plata y la FULP, entre otros. Asimismo, cabe resaltar que todos los colegas que firmaron el petitorio rechazando la sanción luego también fueron denunciados por Losinno ante el CALP; entre ellos, denunció a una abogada sobreviviente de la dictadura y a un abogado de la secretaria de Derechos Humanos ante sus superiores.
La denuncia y posterior sanción representa un claro ataque a los organismos de derechos humanos independientes, a sus militantes y sus abogados, en contraposición a la tolerancia del CALP a conductas repudiables dentro de los fueros judiciales que violentan a la Constitución e instrumentos internacionales, como el caso particular de la revictimización de los sobrevivientes de los crímenes de lesa humanidad. La sanción a la doctora Garralda se da en un contexto de intento de reconciliación con los genocidas de la última dictadura cívico – militar y negacionismo por parte del Gobierno, en el cual una gran parte de los genocidas condenados fueron beneficiados por la prisión domiciliaria, o la libertad por vencimiento de prisión preventiva. El objetivo de esta política es reinsertar a las FFAA en tareas de represión interior.
Por todo lo expuesto, solicitamos tengan a bien apoyar el presente proyecto de repudio a este accionar, solicitando al CALP que revea dicha sanción y se deje sin efecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DEL PLA, ROMINA | BUENOS AIRES | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
GONZALEZ SELIGRA, NATHALIA INES | BUENOS AIRES | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
SALVAREZZA, ROBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DEL CAÑO, NICOLAS | BUENOS AIRES | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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09/10/2018 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0509/2018 | CON MODIFICACIONES | 12/10/2018 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 09/11/2018 | APROBADO |