DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3123-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL PROYECTO DE INVESTIGACION SOBRE LA "MASACRE DEL PABELLON 7 DE LA CARCEL DE DEVOTO".
Fecha: 15/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49
Artículo 1°.- Declárase de interés para
la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos el proyecto de investigación
sobre la "Masacre del Pabellón 7 de la Cárcel de Devoto" a cargo del Centro de
Estudios en Política Criminal y derechos Humanos CEPOC, que dirige la Dra.
Claudia Cesaroni junto a su equipo
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 14 de Marzo de 1978 en el Penal
de Devoto se produjo un hecho conocido públicamente como "El Motín de los
Colchones" en el que murieron alrededor de 65 personas, algunas carbonizadas y
otras a manos de las balas de ametralladoras accionadas por personal
penitenciario, sin ningún intento de persuadir o disuadir, solo intentando acallar
para siempre las voces y reclamos de los presos que en su desesperación por no
ser consumidos por el fuego asomaban sus cabezas a través de los barrotes de
las ventanas en un intento de respirar.
Entre 1976 y 1978 más de doce mil
hombres y mujeres detenidos por razones políticas fueron alojados en penales de
todo el país y sometidos a torturas en condiciones semejantes a las que se
llevaban a cabo en los centros clandestinos de detención en manos de la más
horrenda dictadura militar que vivió nuestro país.
En el penal de Devoto se alojó a
más de mil compañeras/os y se practicaron impunemente hechos de tortura y
desaparición forzada, por fuerzas de seguridad y personal penitenciario bajo
mando militar.
Poco después del golpe de Estado
de 1976 y como parte del plan de aniquilamiento de la "subversión" los militares
conformaron en el penal de Villa Devoto una especie de "vidriera mostrable al
mundo y a las visitas internacionales de inspección".
El mismo día del golpe
(24 de marzo de 1976), entre otras aberraciones normativas, la Junta Militar
sancionó la ley 21.267 destinada a garantizar la impunidad de los integrantes de
todas las fuerzas policiales y de seguridad, incluyendo obviamente a los servicios
penitenciarios. El texto -un solo artículo- es tan escueto como categórico: "Art. 1º:
A partir de las 13 horas del día 24 de marzo del corriente año, el personal de las
fuerzas de seguridad, de las fuerzas policiales y penitenciarias, nacionales y
provinciales, quedará sometido a la jurisdicción militar respecto de las infracciones
delictivas y/o disciplinarias en que pudiere incurrir durante o en ocasión del
cumplimiento de las misiones que le imponga el comando militar respectivo.
La impunidad y el control férreo de
los militares se extenderían sobre los lugares de detención legales, como cárceles
y comisarías; y los clandestinos, que en muchas ocasiones funcionaban en
espacios de "fachada" legal. La cárcel de Devoto, entonces, era "legal". Con el
particular concepto de legalidad que imperaba luego de que los militares
derrocaron al gobierno constitucional.
En el Pabellón 7 vivían 160 presos
comunes. En frente, separados por un patio interno, estaba el pabellón de presas
políticas, algunas fueron testigo de cómo decenas de presos, jóvenes la mayoría,
gritaban desesperados pidiendo ayuda mientras se quemaban vivos. Los que
lograron atravesar las rejas intentando escapar del humo y del fuego encontraron
como respuesta de los penitenciarios una feroz represión con balas de
ametralladoras que terminaban con sus vidas. Los que lograron sobrevivir fueron
muriendo en las celdas de castigos y algunos pocos en el hospital del penal.
Elías Neuman, en su libro "Crónica
de muertes silenciadas", realizó un análisis de los sucesos a partir del testimonio
que le brindo uno de sus defendidos (sobreviviente del fuego y las balas) y de las
repercusiones mediáticas de estos acontecimientos. En dicho análisis se pregunta
por qué nunca llego a considerarse y juzgarse como "delito contra la Humanidad".
La misma pregunta se hizo Daniel Barberis en "Testimonio del otro país", donde
relata sus vivencias de los hechos del 14 de marzo y analiza políticamente el
modo en que se construyó la actuación represiva por parte del Servicio
Penitenciario en el marco de las políticas imperantes durante el terrorismo de
Estado.
Desde el Centro de Estudios en
Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), el equipo de investigación
conformado por Claudia Cesaroni y Denise Feldman (por el CEPOC) junto a Hugo
Cardozo (sobreviviente de la masacre), Graciela Draguicevich (ex presa política y
titular de la Asociación Mutual Sentimiento) y un grupo de estudiantes
universitarios privados de libertad del Centro Universitario Devoto (CUD), que han
conformado un Grupo de Investigación Histórica, en el marco del Programa UBA
XII, como actividad extracurricular de la Carrera de Sociología; con el
acompañamiento de la Asociación de Familiares de Detenidos en Cárceles
Federales, comenzaron a trabajar en la idea de revisar un hecho brutal y
silenciado de la historia argentina: "La Masacre del Pabellón 7 de la cárcel de
Devoto" sucedida el 14 de Marzo de 1978.
La pesquisa de este suceso como
delito de lesa humanidad ha permitido la reconstrucción de un espacio
invisibilizado, para reivindicar el ejercicio de la memoria, la verdad y la justicia.
Por lo expuesto, solicito la aprobación
del presente proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GROSSO, LEONARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HARISPE, GASTON | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO |
SEGARRA, ADELA ROSA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARLOTTO, REMO GERARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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