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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

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Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2878-D-2010

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DECISION DEL SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, DE RECHAZAR UNA PETICION DE LA ORDEN NACIONAL DE ABOGADOS DE REVISAR LA LEY DE AMNISTIA APROBADA LUEGO DE LA DICTADURA MILITAR 1964 A 1985.

Fecha: 05/05/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48

Proyecto
1° Manifestar su preocupación por la decisión adoptada por el Supremo Tribunal Federal de la República Federativa del Brasil, de rechazar una petición de la Orden Nacional de Abogados para que pueda ser revisada la ley de amnistía aprobada después de la dictadura militar (1964-1985).
2° Exhortar al Congreso Nacional brasileño a adoptar las medidas legislativas necesarias para adecuar dicha ley a los estándares internacionales en materia de protección de los derechos humanos fundamentales.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


¿Rescatando la historia? (1)
El cuestionamiento a las amnistías que favorecieron a represores de varias dictaduras en América latina llegó a Brasil. Desde el 28 de abril, el Supremo Tribunal Federal (STF) brasileño comenzó a debatir la constitucionalidad y extensión de la Ley de Amnistía de 1979, que permitió la exención de juicios a los militares y torturadores del régimen de facto que gobernó Brasilia desde 1964 hasta 1985 (foto del general Médici). La demanda, presentada en el año 2008 por la Orden de Abogados de Brasil (OAB), fue finalmente acatada por la Corte, que deberá expedirse sobre si el olvido legal ampara o no los crímenes de lesa humanidad practicados en ese entonces por agentes públicos, algo que en el texto no está aclarado expresamente. El gobierno del mandatario Luiz Inácio Lula da Silva ya se pronunció en contra de la derogación.
Los 11 magistrados del Tribunal Supremo deberán en estos días definir los términos y el alcance de la polémica ley sancionada durante el último régimen de facto. De acuerdo a la OAB, el principal punto de conflicto en la legislación es el primer artículo del texto que perdona a todos aquellos que cometieron crímenes políticos, sin delimitar claramente su aplicación para crímenes comunes atribuidos a los miembros de la dictadura. "El texto de la ley no dice expresamente que se amnistía a militares y torturadores. Consideramos que sí se puede juzgar los crímenes comunes practicados por agentes públicos acusados de homicidio, desaparición forzosa, abuso de autoridad, lesiones corporales, violaciones y violencia contra los opositores", aseguró el presidente de la OAB, Ophir Caravante.
"No se trata de venganza, sino de rescatar la historia", estimó, para luego agregar que una lectura amplia de este artículo iría en contra de los lineamientos de la Convención Americana de Derechos Humanos de la OEA suscripta por Brasil.
Desde hace años, varios organismos de derechos humanos reclaman la revisión de la ley que permitió la liberación de presos políticos, la repatriación de exiliados y la exención de juicios a los torturadores. El propio Estado brasileño reconoció más de 400 muertes, 200.000 torturados y 50.000 detenciones a opositores durante el gobierno de facto, según informó la Secretaría de Derechos Humanos.
Sin embargo, tanto la opinión pública como el gobierno aún mantienen disidencias sobre la derogación de la norma. Incluso el presidente Lula, quien durante la dictadura estuvo algunas semanas en prisión por su actividad como sindicalista, ha evitado en el pasado pronunciarse claramente sobre el asunto, pero varias veces ha dado a entender que se opone a revisar la ley. Ayer, durante la exposición de la defensa en el Tribunal, la posición del gobierno quedó claramente definida con los dichos del procurador general de la República, Roberto Gulel. "La construcción de la amnistía pasó por un largo debate nacional. Reconocer la constitucionalidad de la Ley de Amnistía es distinto a compartir que se hayan cometido delitos. Amnistía es un acto político de clemencia. La amnistía fue amplia, general e irrestrica", dijo el abogado.
Aunque no se ha definido el tiempo que tardará el tratamiento de la norma, si la Suprema Corte falla a favor de mantener la amnistía en los términos que rigen hasta ahora, a la sociedad civil todavía le queda la vía de la Justicia Internacional. Allí aguarda la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ya se pronunció de manera contundente contra las leyes de impunidad.
¿Abordará finalmente los crímenes del pasado? (2)
El 28 de abril, el Tribunal Supremo de Brasil se pronunciará sobre las interpretaciones de la Ley de Amnistía de 1979, que ha protegido a los agentes estatales acusados de tortura, homicidios y violaciones sexuales perpetrados durante el régimen militar.
Resulta extraordinario que, en el siglo XXI, persistan dudas sobre la aceptabilidad de estos crímenes. El derecho internacional y la Constitución brasileña son muy claros respecto a este tema. Los actos sistemáticos o generalizados de tortura, desaparición forzada, ejecución extrajudicial y violación son crímenes de lesa humanidad y, como tales, no pueden prescribir ni ser objeto de amnistías.
Se espera que el Tribunal Supremo de Brasil reconozca que, para investigar y juzgar a los responsables de estos crímenes, es fundamental garantizar la justicia, la verdad y la reparación para las víctimas y sus familias, al tiempo que se conforma la situación de Brasil a los numerosos tratados internacionales en los que es parte.
Este paso transmitiría asimismo una señal clara de que la cultura generalizada de impunidad para las violaciones graves de derechos humanos que persiste hasta el día de hoy ya no es aceptable en un Estado moderno y orientado al futuro como es Brasil.
Tras décadas de silencio, esta resolución, junto con otras propuestas gubernamentales destinadas a abordar los crímenes del pasado, trae consigo la esperanza de que finalmente se puedan obtener justicia, verdad y reparación.
Los intentos -especialmente de algunos elementos del ejército- de bloquear este proceso amenazan no sólo el Estado de derecho en Brasil, sino también la idea misma de los derechos humanos. Incluso el recientemente lanzado tercer plan nacional de derechos humanos se ha visto en peligro por los vehementes ataques contra las propuestas de abordar los crímenes del pasado.
Como país que lucha por labrarse una sólida reputación mundial como nación próspera y progresista, Brasil no puede seguir cuestionando la provisión de los derechos humanos fundamentales. Ahora es el Tribunal Supremo el que debe reforzar la centralidad y la importancia de los derechos humanos en la legislación brasileña. Sólo entonces podrán todos los habitantes de Brasil vivir sin temor a que su propio gobierno justifique la violencia contra ellos.
Información complementaria
Entre 1964 y 1985, Brasil estuvo bajo un gobierno militar. Durante este periodo, los derechos civiles y políticos se vieron limitados, y miles de personas fueron víctimas de encarcelamiento, tortura y desaparición.
En 1979, el gobierno militar promulgó una Ley de Amnistía que exoneraba todos "los delitos políticos y a aquellos relacionados con delitos políticos", excluyendo expresamente a las personas acusadas de terrorismo, secuestro, robo y ataques contra personas. Sin embargo, las interpretaciones judiciales de la época entendieron que las violaciones de derechos humanos cometidas por miembros del régimen militar estaban incluidas en la amnistía, ya que estaban relacionadas con actos políticos.
Brasil está por detrás de países como Argentina, Chile y Perú en lo que se refiere a abordar las violaciones de derechos humanos cometidas por regímenes pasados. Mientras el país aún debate cuestiones en torno a la interpretación de la ley, otros han avanzado un buen trecho respecto a llevar ante la justicia a quienes supervisaron las violaciones de derechos humanos cometidas contra miles de personas bajo gobiernos anteriores.
¿Consagrando la impunidad? (3)
Con una decisión histórica y con siete votos a favor y dos en contra, el Supremo Tribunal Federal de Brasil ha rechazado una petición de la Orden Nacional de Abogados para que pueda ser revisada la ley de amnistía aprobada después de la dictadura militar (1964-1985) y de esa forma poder castigar algunos crímenes que no deberían ser considerados políticos como la tortura, la desaparición de personas y el estupro. El Gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva estaba dividido. Por ejemplo, el ministro de Derechos Humanos Paulo Vannuchi y el ex ministro de Justicia, Tarso Genro, ambos de la izquierda del Partido de los Trabajadores (PT) estaban a favor de revisar la ley de amnistía, mientras que el ministro de Defensa, Nelson Jobim estaba en contra.
La discusión de los miembros del Supremo fue pública y retransmitida por televisión. El Presidente, Cezar Peluso resumió en la motivación de su voto a favor de mantener la ley de amnistía el parecer de la mayoría de los magistrados con estas palabras: "Brasil hizo una opción a favor de la concordia nacional y debe ser respetada". Según Peluso, además, la revisión de nada serviría en la práctica, ya que todos los crímenes ya han prescrito.
El magistrado Celso de Melo alegó que la ley fue el resultado de un amplio debate nacional para hacer posible la transición entre el régimen militar y el régimen democrático actual. La mayoría de los que defendieron que no se revise la ley insistieron en que fue una ley de consenso entre ambas partes que aseguró una transición pacífica a la democracia. "La amnistía fue un acto de amor, fundado en la convivencia pacífica de los ciudadanos", argumentó el magistrado Marco Aurelio Mello.
Una tarea del Congreso
Los dos únicos que votaron a favor de revisar la ley, Ayres Britto y Ricardo Lewandowski, insisitieron en que la ley no podía incluir crímenes que no son políticos, como la tortura, ya que "el torturador no es un ideólogo". Britto resaltó que la mayoría de los torturadores no fueron militares y que la revisión de la ley sería incluso "una forma de purificar a las fuerzas armadas". Los defensores de la revisión de la ley ya han anunciado que podrán recurrir a los tribunales internacionales contra la sentencia del Supremo, aunque éste, en realidad, no ha hecho más que rechazar la petición de la Orden de Abogados. Algunos magistrados han recordado que el Supremo no podría revisar la ley, algo que sólo el Congreso podría replantearse, como sostuvo, por ejemplo el magistrado Eros Grau, relator del proceso y que a pesar de haber sido él mismo una de las víctimas de la dictadura de los militares, se manifestó en contra de la revisión de la ley.
Incluso los que están contra la revisión de la ley para evitar inútiles revanchismo en un país ya pacificado y consolidado en su democracia, están de acuerdo en que se abran todos los archivos de la dictadura para que se pueda saber, por ejemplo, donde fueron enterradas muchas de las víctimas dadas aún hoy por desaparecidas.
¿Abriendo grietas? (4)
La decisión de la máxima corte de Brasil de mantener la Ley de Amnistía que impide juzgar a los torturadores de la dictadura militar (1964- 1985) abrió grietas en el gobierno y duras críticas de los organismos de derechos humanos.
El ministro de Derechos Humanos de Brasil, Paulo Vannucchi, calificó como "lamentable" la decisión del Supremo Tribunal Federal de no modificar la Ley de Amnistía de 1979.
En cambio, la candidata presidencial oficialista, Dilma Rousseff, se pronunció a favor de respetar el fallo y a actuar "sin revanchismo".
Para Vannuchi, Brasil está lejos de lo alcanzado en Argentina y Chile en términos de la búsqueda judicial para sancionar las violaciones a los derechos humanos durante las dictaduras militares.
"Es lamentable. Brasil necesita aprender a sancionar la tortura", dijo Vanucchi a la Agencia Folha, al comentar la negativa del Superior Tribunal Federal, por 7 votos a 2, de sustituir un artículo de la Ley de Amnistía de 1979 para poder procesar a acusados de tortura de la dictadura (1964-85).
El gobierno, a través de la Abogacía General de la Unión (AGU), se pronunció a favor de mantener la Ley de Amnistía, una visión diferente a la de Vannucchi, víctima de la dictadura.
Todavía no se conoció la opinión del ministro de Defensa, Nelson Jobim, quien se oponía a la revisión.
Otra víctima del régimen de facto, torturada durante un mes y detenida por casi tres años es la ex jefa de ministros Rousseff, candidata presidencial del Partido de los Trabajadores del presidente Luiz Lula da Silva.
"No estoy favor del revanchismo de ningún tipo. Lo que el Supremo decidió, decidido está. Es la mayor corte del país y debe ser respetada", dijo Rousseff.
La ley dictada por el Congreso subordinado al dictador Joao Baptista Figueiredo en 1979 permitió la apertura política en el país, pero a la vez impide investigar judicialmente los casos de tortura.
La demanda ante el STF había sido elevada por la Orden de Abogados de Brasil, que pidió juzgar imprescriptible la tortura.
La organización Amnistía Internacional condenó hoy a la corte por haber ratificado la Ley de Amnistía sancionada durante la dictadura militar (1964-1985), y recomendó a Brasil seguir el ejemplo de Argentina y Chile.
Esa "decisión le coloca un sello judicial de aprobación a los perdones librados durante el gobierno militar a quienes cometieron crímenes contra la humanidad", advirtió Amnistía Internacional.
Consideraciones finales
La decisión adoptada por el Superior Tribunal es un retroceso en lo referente a garantizar la protección de los derechos humanos fundamentales consagrados en los instrumentos internacionales del cual el Brasil es Estado Parte. Por ello solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS