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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2574-D-2015

Sumario: DIA NACIONAL DE LA IDENTIDAD DE GENERO. SE INSTITUYE COMO TAL EL 9 DE MAYO DE CADA AÑO. INCLUSION EN EL CALENDARIO ESCOLAR.

Fecha: 08/05/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45

Proyecto
Artículo 1º.- Instituyese el día 9 de Mayo como el "DIA NACIONAL DE LA IDENTIDAD DE GENERO", en conmemoración de la fecha de sanción de la Ley 26.743 por la cual se reconoció el derecho a toda persona, a ser tratada de acuerdo a su profundamente sentida experiencia interna e individual del género.
Artículo 2º.- El Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Consejo Federal de Educación, promoverá la incorporación de la fecha mencionada en el artículo precedente en el calendario escolar e implementará actividades tendientes a difundir entre los alumnos la importancia de la identidad de género como un derecho humano y el proceso por el cual la Argentina fue avanzando en el sentido de la consagración de este derecho.
Artículo 3º.- Facúltese al Poder Ejecutivo Nacional para disponer en los distintos ámbitos de su competencia la implementación de actividades específicas, con el mismo fin que lo dispuesto en el artículo 2° de esta Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva la presentación del presente Proyecto de Ley el hecho de que el día 9 de mayo 2012 tuvo sanción en el Honorable Congreso de la Nación, la iniciativa presentada por La Comunidad Homosexual Argentina (CHA), la Asociación Lucha por la Identidad Travesti- Transexual (ALITT) y el movimiento antidiscriminatorio de liberación (MAL), que junto con el apoyo y adhesión de las distintas Ongs, lograron el objetivo de consagrar el derecho a la identidad y no discriminación de travestis, transgéneros y transexuales de Argentina, lucha por la cual exigió el derecho de poder optar y/o tener nombre y documentación que las/os identifiquen ajustándose a su real identidad de género.
Por identidad de género se entiende como la profundamente sentida experiencia interna e individual del género de cada persona, que podría corresponder o no con el sexo biológico, incluyendo el sentido personal del cuerpo (que, de tener la libertad para escogerlo, podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole) y otras expresiones de género, incluyendo el vestido y el modo de hablar.
Las identidades de género y sexuales se abordan y surgen de una compleja red de experiencias particulares y colectivas en las que se entrecruzan diferentes elementos simbólicos, prácticas sexuales, sociales y creencias, que le dan sentido a los/as sujetos, en la que el mundo exterior no deja de constituirse en otro elemento de singular importancia, al momento de entroncar la puesta en ejercicio de la identidad elegida.
Creemos necesario recordar y entender la importancia de este día, donde las políticas de género llevadas adelante por estos grupos, que a pesar de constituir un colectivo estigmatizado y altamente vulnerado - que sufre no solo la discriminación social sino que también han sido victimizados de modo gravísimo, a través de malos tratos, apremios, violaciones y agresiones, e inclusive con homicidios- pudo sobreponerse de manera pacífica y sin violencia a las dificultades y obtener el reconocimiento legal de sus derechos, superando el paradigma dicotómico hombre/mujer planteado como una realidad biológica y no como una realidad simbólica o cultural.
"La trascendencia del pluralismo, la tolerancia y la comprensión llevan a concluir que todo derecho es constitucionalmente útil, en la medida en que acrecienta el respeto por las ideas y sentimientos ajenos, aun aquellas con las que frontalmente se discrepa, favoreciendo la participación de los ciudadanos en el proceso democrático y logrando una mayor cohesión social que nace, precisamente, de compartir la noción fundacional del respeto a la diversidad y de la interacción de personas y grupos con variadas identidades, creencias y tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias, sociales, económicas, políticas, étnicas, de género, etc." (Tribunal Europeo de Derechos Humanos en "Gorzelik and others v Poland" Capplication n° 44.158/98C, pronunciamiento del 17 de febrero de 2004, puntos 89 a 92)
El ser humano es un ser social, que necesita de la convivencia de los demás para constituirse como personalidad individual, en un nosotros colectivo. Las biografías personales se inscriben en el marco de la coexistencia social, por lo que el derecho a más de fomentar la protección individual, busca constituirse como garante de esa coexistencia en serenidad.
Ese es el sentido que le da nuestra Constitución a nuestro derechos, máxime con la incorporación de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, que ha venido a fortalecer y profundizar en el respeto de la dignidad, las libertades humanas y el bien común.
Porque el bien común, no es una abstracción independiente de las personas o un espíritu colectivo diferente de éstas y menos aun lo que la mayoría considere "común" excluyendo a las minorías, sino que simple y sencillamente es el bien de todas las personas con diferentes preferencias, visiones del mundo, intereses, proyectos, ideas, etc.
De esta manera, con este día trascendental, logramos entender que el bien común y la paz social, es decir, el bienestar general de la nación, expresa el valor justicia en su más alta expresión, esto es, la "justicia social", cuyo contenido actual consiste en ordenar la actividad intersubjetiva de los miembros de la comunidad y los recursos con que ésta cuenta con vistas a lograr que todos y cada uno de sus miembros participen de los bienes materiales y espirituales de la civilización.
Por los fundamentos expuestos solicitamos a nuestros pares acompañen con su firma el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CABANDIE, JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
EDUCACION
LEGISLACION GENERAL
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA MAYRA (A SUS ANTECEDENTES)