DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2223-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS LA CREACION DEL PRIMER REGISTRO NACIONAL DE CASOS DE TORTURA A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD.
Fecha: 15/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
Declarar de Interés de esta
Honorable Cámara la creación del primer Registro Nacional de Casos de
Tortura a personas privadas de libertad; iniciativa compartida por la
Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración
Penitenciaria Nacional y el Grupo de Estudios en Sistema Penal y Derechos
Humanos del Instituto Gino Germani de la Facultad de Ciencias Sociales de
la Universidad de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Registro Nacional de Casos
de Tortura a personas privadas de libertad se crea con el objetivo de
sistematizar y poner en conocimiento del público información certera y
precisa sobre el ejercicio de la tortura a las personas privadas de su
libertad.
Las bases de este registro se
asientan en los acuerdos firmados por sus tres instituciones partes a fin de
compartir sus datos. La Procuración Penitenciaria Nacional tiene injerencia
en la supervisión de las cárceles y las instituciones federales, el Comité
Contra la Tortura, que funciona dentro de la Comisión por la Memoria, tiene
injerencia en comisarías y cárceles bonaerenses. El Grupo de Estudios en
Sistema Penal y Derechos Humanos que funciona dentro del ámbito del
Instituto de Investigaciones Gino Germani, de la Facultad de Sociales de la
UBA, es un grupo de investigadores que trabaja sobre el funcionamiento del
sistema penal y sus agencias, y la vulneración y/o respeto de los derechos
humanos de las personas detenidas, y
Tanto la Procuración como la
Comisión por la Memoria han buscado sistematizar la información referida a
malos tratos y torturas, generando bases de datos propias, que permiten
monitorear y dimensionar el fenómeno del despliegue de la violencia estatal
sobre las personas privadas de libertad o bajo contacto con las fuerzas de
seguridad. Esta tarea se impone como prioritaria en tanto el Estado no
produce registros que puedan dar cuenta de este fenómeno.
La creación del registro nacional se instrumenta mediante un acuerdo de
cooperación específico, encuadrado en el convenio general ya existente
entre las referidas instituciones. Se prevé también la posibilidad de firmar
acuerdos de cooperación con otros organismos e instituciones que puedan
realizar aportes complementarios de información.
Este es un paso sustancial
para la conformación del Registro Nacional de casos de Tortura adeudado
por la Argentina en base a las Recomendaciones del Comité contra la
Tortura de la ONU. A pesar de las reiteradas recomendaciones ese comité
(informes de los años 1997 y 2004) la Argentina no ha creado todavía un
registro nacional de casos de tortura.
El Comité contra la Tortura es
el órgano internacional que supervisa la aplicación de la Convención contra
la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes por
sus Estados Partes. Nuestro país firmó en 1968 su adhesión a la
convención, lo ratificó por ley en 1986 y le otorgó jerarquía constitucional
en 1994. A su vez, a través de la Ley 25.932 Argentina aprobó el Protocolo
Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptado en Nueva York, Estados
Unidos de América, el 18 de diciembre de 2002.
Según datos arrojados por las
investigaciones del Comité contra la Tortura, en las cárceles provinciales
murieron 101 personas en 2007, 112 personas en 2008 y 112 en 2009. Las
muertes de personas bajo el cuidado estatal acontecieron en 31
establecimientos carcelarios. De las 112 muertes de 2008, 46 fueron
traumáticas (41%), 64 no traumáticas (57%), y un restante 2% sin conocer
causal y ad referéndum de pericias. En cuanto al ámbito federal, de una
encuesta realizada por este mima organización a una población de de 939
personas resultó que al menos 601, el 64,3% de los casos, fueron agredidas
físicamente por personal penitenciario durante su detención; el 58,8%
respondió que las agresiones físicas fueron concretamente golpes y que
fueron golpeadas en la unidad penitenciaria en que se encontraban
alojadas.
Por todo esto, y siendo
nuestro deber como legisladores trabajar en la defensa y promoción de los
derechos humanos, es que solicito el acompañamiento de mis pares en la
presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SABBATELLA, MARTIN | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
IBARRA, VILMA LIDIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
BASTEIRO, SERGIO ARIEL | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
HELLER, CARLOS | CIUDAD de BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
RIVAS, JORGE | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
11/05/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0368/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1794-D-2010 y 2223-D-2010 | CON MODIFICACIONES | 31/05/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1794-D-2010 y 2223-D-2010 | APROBADO |