DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 411
Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 2131-D-2010
Sumario: EXPRESAR APOYO POR LAS INVESTIGACIONES DE CUALQUIER TRIBUNAL NACIONAL E INTERNACIONAL PARA EL ESCLARECIMIENTO DE CRIMENES COMETIDOS DURANTE DICTADURAS MILITARES.
Fecha: 13/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
1. Su solidaridad y
apoyo a todas las investigaciones realizadas por cualquier tribunal
nacional o internacional, para el esclarecimiento y condena de los
crímenes cometidos por dictaduras militares, en la búsqueda de la
verdad y la justicia, allí donde éstas hayan ocurrido.
2. Reafirmar que
de conformidad con el derecho internacional de derechos humanos,
es universalmente aceptado que los crímenes de lesa humanidad y
genocidios son inamnistiables e imprescriptibles.
3. Su preocupación
por la abierta contradicción de la Justicia Española al aplicar el de-
recho internacional de los derechos humanos y por ende haber de-
clarado la inaplicabilidad de las amnistías en casos de españoles
desaparecidos en la Argentina y la manifiesta intencionalidad de re-
mover al Juez Garzón por plantear de igual modo la obligatoriedad
del Estado Español de juzgar los crímenes del franquismo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Juris-
ta argentino Waldo Villalpando, sostiene que "la defensa de los
derechos fundamentales y el castigo de los crímenes inter-
nacionales no son episodios pasajeros sino el resultado de
la madurez del sistema mundial de protección jurídica". (1)
Ello es así porque la
globalización de la economía neoliberal ha permitido el efecto, no
buscado, de un rápido y vertiginoso desarrollo de los derechos
humanos.
El punto de partida
puede situarse en la detención de Pinochet en Gran Bretaña por pe-
dido del juez español Baltasar Garzón y los fundamentos que la Cá-
mara de los Lores utilizara para conceder la extradición.
Más allá de la decep-
ción mundial que provocó la actitud del Gobierno Británico al devol-
ver al criminal a su país en lugar de extraditarlo como estaba orde-
nado, ello no altera el fallo de los Lores que determinó la obligación
de los Estados de juzgar o extraditar y la inoponibilidad de la inmu-
nidad (diplomática o presidencial) frente a los crímenes de lesa
humanidad.
De esta forma se zanjó
a favor del derecho internacional de los derechos humanos el con-
flicto planteado entre soberanía y derechos humanos. Con su deci-
sión y valentía Garzón cumplió un papel determinante en esa bisa-
gra que significó el caso Pinochet en la lucha que la humanidad libra
contra la impunidad.
En el procesamiento de
las Juntas Militares Argentinas, la Justicia Española arguyó legíti-
mamente, que las leyes y decretos de impunidad vigentes en aquel
entonces en nuestro país no eran aplicables para impedir el juzga-
miento de violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos
y ordenó la detención y solicitó la extradición para juzgar en España
a los principales criminales argentinos.
Coherente con su posi-
cionamiento jurídico, Baltasar Garzón asumió igual posición para
investigar los crímenes cometidos en España por la propia dictadura
franquista.
Pero lo que la Justicia
Española consideró legítimo contra las dictaduras sudamericanas,
rechazó abiertamente aplicarlo en su propio país y reaccionó corpo-
rativamente alineándose con los criminales y disponiendo el juzga-
miento de Garzón por prevaricato.
Por auto del 26 de ma-
yo de 2009 la Sala Segunda del Tribunal Supremo admitió a trámite
las querellas interpuestas por el denominado 'Sindicato de Funciona-
rios Manos Limpias' y la Asociación Civil 'Libertad e Identidad' co-
ntra el Magistrado Juez Titular del Juzgado Central de Instrucción
nº 5 Baltasar Garzón Real.
Por auto del 3 de fe-
brero de 2010 la Sala Penal del Tribunal Supremo consideró delimi-
tado el objeto del proceso a Garzón en:
"la adopción de plurales
decisiones que por múltiples motivos se califican como opuestas al
ordenamiento jurídico, desde la consciencia de dicha antijuridicidad y,
por ello, eventualmente constitutivas de un delito de prevaricación".
(2)
Fundado en la supues-
ta conducta dolosa por:
"el artilugio jurídico
montado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento es-
tablecido, de la irretroactividad de la Ley Penal, de la Ley de Amnistía
de 15 de diciembre de 1977..."
En conclusión el Su-
premo Tribunal Español está procesando a Garzón con la firme vo-
luntad de separarlo de su cargo porque afirma que Garzón:
"... actuó con la finali-
dad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localiza-
ción y exhumación de víctimas de los horrendos crímenes del fran-
quismo, erigidos en aparente objeto del procedimiento, sabiendo que
éstos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de
España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar".
Contrariando el dere-
cho internacional de derechos humanos, el Supremo Tribunal Espa-
ñol pretende hacer valer una amnistía para impedir la localización y
exhumación de las víctimas del franquismo.
Es tan contradictoria la
actitud de la Justicia Española cuando se trata de asumir su com-
promiso en defensa de los derechos humanos en terceros países o
en el suyo propio, que merece nuestra más firme condena y es por
estas razones, que solicitamos de nuestros colegas acompañar el
presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0855/2010 | LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA ESTE EXPEDIENTE | 04/08/2010 |