DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1876-D-2011
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA RECUPERACION DE LA NIETA 103 DE PARTE DE LAS ABUELAS DE PLAZA DE MAYO.
Fecha: 15/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Su beneplácito por la recuperación de la
nieta ciento tres por parte de las Abuelas de Plaza de Mayo, en el marco de su lucha
en pos de la búsqueda y la recuperación de la identidad de los hijos de los detenidos-
desaparecidos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Una vez más queremos expresar nuestra
satisfacción ante un hecho que no sólo implica la recuperación de una historia para
una familia y para una joven que finalmente recupera su identidad, sino que también
contiene una gran carga simbólica en el marco de la impunidad que aún perdura ante
muchos de los crímenes cometidos durante la última dictadura militar.
Se trata de la hija menor de Cecilia
Beatriz Barral y Ricardo Klotzman, militantes del PRT-ERP, quienes fueron secuestrados
el 2 de agosto de 1976 durante un "procedimiento de fuerzas conjuntas a cargo del
Ejército en el domicilio de calle Necochea 2050 de Rosario"
Así, la hija de de la pareja, que fue
anotada como María en la ciudad de Santa Fe por una familia adoptiva, pudo
reencontrarse con su hermana Ana, quien motorizó la búsqueda a través de la justicia.
De acuerdo a la investigación judicial, la pareja fue secuestrada en Rosario el 2 de
agosto de 1976 y luego trasladada a "la llamada `Quinta Operacional de Fisherton` en
la calle Calasanz 9100 de Rosario".
La resolución reseña que "en el momento
del procedimiento, Cecilia Barral estaba cursando un embarazo muy avanzado,
considerándose muy probable que ella diera a luz en ese estado de cautiverio".
Luego de su paso por la Quinta
Operacional de Fisherton, donde la pareja fue vista por un sobreviviente de aquel
centro clandestino de detenciones, la justicia no posee más datos acerca de su
paradero y aún permanecen desaparecidos, informaron voceros de la investigación.
Originalmente la causa se tramitó en justicia federal de la ciudad de Santa Fe, donde la
beba fue entregada en una vivienda durante un operativo con personas armadas a
bordo de un Ford Falcon a fines de agosto de 1976.
Abuelas se constituyó como querellante
para que el ADN de la joven pudiera ser analizado por el personal del Banco Nacional
de Datos Genéticos "y no por el Cuerpo Médico Forense, tal como había solicitado la
defensa" y también que pueda ser cruzado con todos los grupos familiares que se
encuentran en el banco.
Esa verdad constituye un derecho
insoslayable de carácter colectivo, y en ese sentido el Estado debe actuar resguardando el
interés general de nuestra sociedad. Derechos políticos, civiles y sociales fueron vulnerados
durante la dictadura militar. La acción del Estado haciendo uso de su poder violó el
derecho a la identidad de cientos de niños y niñas. Impulsar la búsqueda de la verdad es el
principal vector de la reciente Ley de obtención del acido desoxirribonucleico (ADN)
expresa, y lo hace a través de la regulación de los procedimientos necesarios para la
obtención del ADN en términos no invasivos.
Queremos dedicar un último párrafo a las
Abuelas de Plaza de Mayo que durante más de 25 años han sido un ejemplo de
persistencia y coraje. Un ejemplo que se convierte ahora en un espejo para todos
estos jóvenes que recuperan su verdad, su pasado y su futuro. Así como la importancia
y prestigio del Banco Nacional de Datos Genéticos.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares
que sea aprobado el presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SEGARRA, ADELA ROSA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARLOTTO, REMO GERARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
31/05/2011 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2249/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1734-D-2011, 1876-D-2011 y 2121-D-2011 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 14/2011 | 10/06/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 05/07/2011 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1734-D-2011, 1876-D-2011 y 2121-D-2011 | APROBADO |