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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1278-D-2013

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA NO ADHESION DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN A LA LEY 26691, DE PRESERVACION, SEÑALIZACION Y DIFUSION DE SITIOS DE MEMORIA DEL TERRORISMO DE ESTADO.

Fecha: 21/03/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15

Proyecto
Expresar preocupación por la no adhesión de la Provincia del Neuquén a la Ley 26.691 de Preservación, Señalización y Difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado, sancionada en junio de 2011.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 26.691 de Preservación, Señalización y Difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado fue sancionada por unanimidad de todos los bloques en junio de 2011 y publicada en el Boletín Oficial el día 29 de julio de 2011. El proyecto de Ley fue a iniciativa de un Organismo de Derechos Humanos de reconocida trayectoria, "Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas". Esta ley en su artículo 8° invita a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse para abrir paso a la reconstrucción de nuestro pasado y como símbolo de lo que nunca más debe repetirse en nuestro país.
El presente proyecto plantea la preocupación por la falta de adhesión de la provincia del Neuquén a la citada ley. La misma dice que son Sitios de Memoria los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta el 10 de diciembre de 1983. Quedan comprendidos todos aquellos Sitios respecto de los cuales existieron pruebas suficientes sobre su funcionamiento como Sitios. El objetivo que manifiesta en su artículo 2°, es garantizar la preservación de todos los Sitios a los fines de facilitar las investigaciones judiciales, como asimismo, para la preservación de la memoria de lo acontecido durante el terrorismo de Estado en nuestro país.
La autoridad de aplicación establecida por la normativa es la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación, y tiene entre otras funciones, cooperar con los organismos provinciales y municipales que correspondan, a fin de crear entes autárquicos y autónomos que tengan como fin el cumplimiento de lo establecido en la Ley respecto de la preservación y señalización de los sitios de la memoria.
La Ley 26.691 exige entre otros puntos importantes, disponer para cada uno de los Sitios, una marca que lo determine como Sitios acompañada de una leyenda alusiva de repudio de los hechos que allí sucedieron, promover todo tipo de actividades educativas, y diseñar políticas públicas de la memoria en consulta permanente con organismos de derechos humanos.
Neuquén es una provincia que tiene una reconocida trayectoria en la lucha por el cumplimiento de los Derechos Humanos, donde su ciudad capital es reconocida como la "Capital de los Derechos Humanos". En esa ciudad se encuentra uno de los centros emblemáticos de represión, detención y tortura de la dictadura cívico-militar conocido como "La Escuelita" ubicado al fondo del Batallón de Construcciones 181, por la ruta nacional n° 22. La lucha de los familiares y organismos de derechos humanos, sumados al contexto nacional de la voluntad de los gobiernos nacionales de 2003 en adelante para llevar adelante los juicios, generaron las condiciones para que se pueda enjuiciar a algunos de los represores responsables del genocidio en ese sitio en los juicios conocidos como La Escuelita I y II. En ese sentido hay que recordar que en agosto del 2003 el Congreso de la Nación, con la sanción de la Ley 25.779, declaró nulas las leyes 23.492 y 23.521, más conocidas cómo Punto Final y Obediencia Debida, sostén jurídico de la impunidad, lo que permitió que se reactiven y abran muchos procesos judiciales.
Según el Archivo Nacional de la Memoria los centros clandestinos de detención fueron más de 500. Fueron la unidad operativa primaria para aplicar un plan sistemático de exterminio e instalar el miedo en la sociedad. Un plan genocida ejecutado por las Fuerzas Armadas y con complicidad de sectores dominantes de la sociedad civil con el objetivo de reestructurar las relaciones económicas y sociales del país. En ese sentido como señala un investigador especializado en los genocidios, entiende a las "prácticas genocidas como un modelo de reconfiguración de relaciones sociales con eje en la destrucción de las relaciones de igualdad, autonomía y reciprocidad de los seres humanos, como la implantación de un nuevo modelo soberano con eje en la reformulación del concepto de autonomía y de ciertos modelos de identidad, y con efectos, por lo tanto, en la prácticas políticas de las sociedades posgenocidas" (1) .
La adhesión a la ley por parte de la Provincia permitirá señalizar y difundir los sitios del terrorismo de Estado a fin de que se garantice su preservación para continuar las investigaciones judiciales y para fomentar la memoria colectiva y la identidad de nuestra sociedad.
Instamos desde este proyecto a que la Provincia del Neuquén a través de sus instancias de gobierno, adhiera a la ley 26.691 para que se siga reconstruyendo la memoria de nuestra sociedad. La profundización de la democracia y el respeto a la soberanía popular, no son posibles sin tener una memoria de los hechos que marcaron nuestra historia más oscura para que no vuelvan a suceder jamás.
Por las razones expuestas, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)