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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1182-D-2011

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DEMORA EN EL TRAMITE DE LOS RECURSOS CONTRA LAS SENTENCIAS DICTADAS EN LAS CAUSAS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS DURANTE EL TERRORISMO DE ESTADO.

Fecha: 23/03/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15

Proyecto
Expresar su preocupación por la demora en el trámite de los recursos contra las sentencias dictadas en las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado y solicitar a los señores jueces y las señoras juezas la adopción de todas las medidas necesarias para actuar con la mayor diligencia posible en todos esos procesos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Enfrentamos un atraso preocupante en el tratamiento de los recursos contra las sentencias dictadas en las causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, y ello llama la atención sobre el desempeño de la Cámara Nacional de Casación Penal.
Desde la reapertura de los procesos en virtud de la decisión de este Congreso en 2003 -y consolidada luego por la Corte en el fallo Simón de 2005- se han dictado 42 sentencias de condena. Menos de una decena de ellos está firme, y el grueso de los casos aguarda todavía su demorada resolución por la CNCP[1].
De acuerdo con la información brindada por la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos del Ministerio Publico Fiscal, en efecto, la masiva demora descripta responde a las dilaciones en el trámite de los recursos, que en muchos casos, exceden lo razonable. Según el relevamiento de esa Unidad, el promedio general de duración del trámite de los recursos de casación excede el año y en algunos casos particulares ha insumido casi dos, como en la Masacre de Fátima, o en Brandalisis, o en Comes, éste último aún en trámite.
Las demoras más notables, llamativamente, se presentan en la fijación de la audiencia prevista en los arts. 465 y 468 del Código Procesal Penal de la Nación[2]. En algunos casos la citación ha tomado más de un año[3] y, en otros, sigue pendiente[4]. Todo sugiere que el retraso no obedece únicamente a razones atendibles como la complejidad, o la extensión de las causas. Tampoco parece que la complejidad para tramitar el recurso sea tanto mayor que la de los juicios mismos como para explicar la falta de firmeza del grueso de las condenas, incluso considerando un recurso perfectamente en línea con el 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Unidad Fiscal también destaca que, en algunos casos, la misma sala de la CNCP que tiene pendiente la revisión de una condena, ha otorgado la libertad a imputados o morigerado su modalidad de detención, aduciendo, paradojalmente, la falta de sentencia firme. Así ocurrió el pasado 16 de febrero cuando la Sala III de la CNCP anuló parcialmente la sentencia del Tribunal Oral de Tucumán en la causa Jefatura de Policía de Tucumán, de agosto de 2010, que disponía la inmediata detención de uno de los condenados y la revocación del beneficio de prisión domiciliaria de otro[5]. El fundamento de la Casación fue justamente que la sentencia era aún pasible de revisión, por la propia Sala III del cuerpo.
Estas circunstancias nos convencen de la necesidad de manifestar preocupación y exhortar desde esta Cámara, dentro de los límites que impone la división de poderes, a que los funcionarios responsables adopten las medidas necesarias para imprimir la mayor celeridad posible al trámite de las causas por delitos de lesa humanidad.
Esta Cámara ratificó el año pasado, por unanimidad, que los juicios por los crímenes de lesa humanidad constituyen una política de Estado, durante el mes del bicentenario.[6] El trabajo de la CONADEP y el juicio a las juntas impulsado por el ex presidente Raúl Alfonsín consolidaron a los derechos humanos no sólo como pilar político de nuestro estado de derecho sino como sustento ético de nuestra comunidad, un camino que hemos recorrido no sin dificultades. Las leyes de impunidad fueron declaradas nulas por este mismo Congreso en 2003 y los juicios declarados ya "política de Estado" expresan una continuidad en la busca de justicia y un firme compromiso de la democracia, que nos involucra a todos los actores de la vida política.
En las vísperas de otro aniversario del funesto golpe de marzo de 1976, debemos revalidar nuestros compromisos asumiendo las tareas pendientes con responsabilidad y celo. La justicia debe avanzar definitivamente y cerrar los procesos con decisiones fundadas y prontas y los actores responsables actuar con una diligencia y una ética a la altura de las circunstancias.
Invitamos a los colegas diputados y diputadas a que nos acompañen en esta propuesta.
[1] Ver causas Simón, Etchecolatz, Von Wernich, Berthier, Vargas Aignasse y Caggiano Tedesco.
[2] Art. 465. - Si en el término de emplazamiento no compareciere el recurrente ni se produjere adhesión, se declarará desierto el recurso, de oficio o a simple certificación de secretaría, devolviéndose de inmediato las actuaciones. En ese término el fiscal de cámara deberá manifestar, en su caso, si se mantiene o no el recurso que hubiere deducido el agente fiscal o si adhiere al interpuesto a favor del imputado. A este fin se le notificará en cuanto las actuaciones sean recibidas. Cuando el recurso sea mantenido y la Cámara no lo rechace, conforme a lo dispuesto en el artículo 444, el expediente quedará por DIEZ (10) días en la oficina para que los interesados lo examinen. Vencido este término el presidente fijará audiencia para informar, con intervalo no menor de DIEZ (10) días, y señalará el tiempo de estudio para cada miembro de la Cámara.
(Artículo sustituido por art. 9° de la Ley N° 26.374, B.O. 30/5/2008. Vigencia: a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial). Art. 468. - El debate se efectuará el día fijado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 465, con asistencia de todos los miembros de la Cámara de Casación que deben dictar sentencia. No será necesario que asistan y hablen todos los abogados de las partes. La palabra será concedida primero al defensor del recurrente, pero si también hubiere recurrido el ministerio fiscal, y el querellante, éstos hablarán en primer término y en ese orden. No se admitirán réplicas, pero los abogados de las partes podrán presentar breves notas escritas antes de la deliberación. En cuanto fueren aplicables, regirán los artículos 363, 364, 369, 370 y 375.
[3] Ver causas Masacre de Fátima y Vargas Aignasse.
[4] Ver, por ejemplo, causa Reinhold, entre otros. En Fiochetti recién el 8 de febrero notificaron la fijación de audiencia para el 31/03/2011.
[5] Causa 13.251, Albornoz, Roberto Heriberto y otros s/ rec. de casación, reg. N° 81/11.
[6] Proyecto 0057-P-2010, aprobado el 12/05/2010.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
STORNI, SILVIA CORDOBA UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
LANCETA, RUBEN ORFEL BUENOS AIRES UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
AMADEO, EDUARDO PABLO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/04/2011 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
26/04/2011 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SOLANAS (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CONTI (A SUS ANTECEDENTES)