DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 411
Jefe SR. GARCIA SERGIO LUIS
Miércoles 14.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470
cdhygarantias@hcdn.gov.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0815-D-2008
Sumario: EXPRESAR RESPETO A LA MEMORIA DE LOS DESAPARECIDOS, VICTIMAS DE LA ILEGITIMA REPRESION DE LA ULTIMA DICTADURA MILITAR, EN EL TRIGESIMO SEGUNDO ANIVERSARIO DE SU INICIO.
Fecha: 17/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Manifestar sus respetos a la memoria
de todos y cada uno de los desaparecidos, víctimas de la ilegítima represión
ordenada por la sangrienta dictadura militar de 1976 - 1983, al conmemorarse el
24 de marzo del 2008 el trigésimo segundo aniversario de su inicio
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como
afirma Emilio F. Mignone en un artículo titulado La Iglesia Católica y la
dictadura en la Argentina , preparado para un seminario en la
Universidad de Cork (República de Irlanda):
La palabra en
castellano "desaparecido" ha sido incorporada al diccionario internacional del
horror, en gran parte, debido al uso sistemático de esta metodología por parte del
gobierno de facto instaurado en la Argentina durante el período 1976-1983. Esta
situación constituye el aspecto más cínico y cobarde del sistema represivo
adoptado por la fuerzas armadas durante esos años.
Este
mismo autor relata la forma en que se elaboró la tesis sobre la política
represiva implementada por la dictadura militar de 1976 - 1983
(Derechos Humanos y Sociedad, el caso Argentino. Buenos Aires:
Centro de Estudios Legales y Sociales, 1991, pág.54). En este sentido,
destaca que la dictadura militar Argentina de 1976 - 1983, elaboró una
doctrina represiva que, por los medios empleados, adquirió el carácter
de terrorismo de Estado, con el objetivo de modificar, mediante la
eliminación de alrededor de treinta mil personas, la estructura
sociopolítica y cultural del país a la vez de garantizar el predominio,
como poder incontrastable, de las fuerzas armadas.
A partir del golpe militar del 24 de
Marzo de 1976, el secuestro y la posterior ausencia de toda información sobre el
destino de las víctimas, pasó a ser un método generalizado de detención de
personas por razones de "seguridad nacional".
Con anterioridad -es cierto-, se habían
registrado algunos casos que pueden computarse como ensayos destinados a
verificar la eficacia y confiabilidad de este método perverso, pero el sistema del
secuestro recién alcanzó su nivel de institucionalización cuando el gobierno de las
fuerzas armadas impuso al país sus modelos represivos.
El informe elaborado por la Comisión
Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP), describe los "objetivos"
de la desaparición forzada, donde coexisten varias "categorías" de víctimas: niños,
mujeres embarazadas, adolescentes, familias enteras, discapacitados, sacerdotes,
monjas y ministros, soldados conscriptos, periodistas, dirigentes gremiales y
activistas políticos.
En el
ámbito internacional, esta metodología represiva quedó consignada en
el Informe sobre la situación de los derechos humanos en la Argentina,
aprobado por la Comisión Internacional de los Derechos Humanos
(CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), el 11 de
Abril de 1980. Dentro de la comunidad americana, y respecto del
asunto en cuestión, cabe destacar la Convención Interamericana sobre
desaparición forzada de personas -adoptada en
Belém do Pará (Brasil) el
9 de junio de 1994, en el vigésimo cuarto período ordinario de
sesiones de la Asamblea General de la OEA -la que goza de jerarquía
constitucional en virtud de la ley 24.820 sancionada el 30 de abril de
1997-.
El costo de esta experiencia ha sido
muy alto en términos de vidas humanas, de familias destruidas, de paraderos
inciertos, especialmente cuando los asesinos de ayer aún caminan libremente por
las calles.
Por los motivos expuestos solicito a
los señores legisladores la aprobación del presente proyecto de Resolución
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PRIETO, HUGO NELSON | NEUQUEN | DE LA CONCERTACION |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/04/2008 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0106/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0815-D-2008 y 0918-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 22/04/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0815-D-2008 y 0918-D-2008 | APROBADO |