DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
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Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
Miércoles 14.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0351-D-2020
Sumario: CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACION RACIAL Y FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA, ADOPTADA EL 5 DE JUNIO DE 2013, POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS "- OEA -" APROBACION.
Fecha: 06/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN RACIAL Y FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA.
Artículo 1º - Ratificase la Convención Interamericana Contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia, adoptada el 5 de junio de 2013 en el marco del 43° período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Artículo 2º -: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia reafirma el compromiso de los Estados con la eliminación de la discriminación racial y la realización efectiva del principio de igualdad en la región. Este instrumento consolida estándares internacionales en la materia fijados en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, y avanza en la definición legal de formas contemporáneas de racismo.
El texto reconoce como actos discriminatorios aquellos que se den tanto en privada como pública y especifica la prohibición de prácticas comunes de discriminación, como la restricción de acceso a lugares públicos y la limitación en el acceso o uso sostenible de recursos naturales ecosistemas y servicios ecológicos.
Las disparidades raciales que persisten en la región están lejos del mínimo aceptable de igualdad. La discriminación y las prácticas discriminatorias frecuentemente degeneran en patrones de violación de derechos humanos, especialmente, de los derechos a la igualdad y la dignidad.
La Convención representa una oportunidad para combatir las caras de la discriminación y promover sociedades igualitarias.
La CIDH reitera la importancia de que los Estados del sistema interamericano avancen hacia la aceptación y aplicación universales de sus normas a través de la ratificación de todos los instrumentos regionales de derechos humanos por parte de todos los países miembros.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
La Convención Internacional contra Todas las Formas de Discriminación Racial de la Organización de las Naciones Unidas de 1965, debe ir más allá, y adecuarse a un contexto universal y regional que demanda nuevas acciones.
Debe tener como base los instrumentos internacionales y regionales existentes, donde se establece el principio de no discriminación. Entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta Democrática de las Américas.
Este nuevo instrumento debe explicita las formas de racismo que se expresan en nuestro continente y los grupos que son afectados por dichas manifestaciones de racismo e intolerancia, incluyendo las implicaciones de los avances tecnológicos en las nuevas formas de expresión del racismo e intolerancia.
En este contexto, el 5 de junio de 2013 la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos ha adoptado la Convención Interamericana Contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia, la cual ha sido firmada por la República Argentina el día 6 de junio de aquel año.
El 12 de diciembre del 2017, el presidente Mauricio Macri aprobó el Primer Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (2017-2020), fue presentado en un acto público en el Museo de la Casa Rosada. El plan, publicado a través de un decreto que salió en el Boletín Oficial, contiene un conjunto de iniciativas basadas cinco ejes temáticos que incluyen la continuidad de los juicios por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, así como inclusión, no discriminación e igualdad; seguridad pública y no violencia; memoria, verdad, justicia y políticas reparatorias; acceso universal a derechos y cultura cívica y compromiso con los derechos humanos.
Es la primera vez en la historia que en la Argentina se asume un desafío de esta naturaleza. Es un hecho incontrastable que da testimonio de que, para nuestro país, los derechos humanos constituyen una política de Estado.
Se trata de la profundización de temáticas que definen el nuevo paradigma de derechos humanos que encarna la gestión, que incorporó por primera vez a la política pública y a la estructura orgánica de gobierno, las ideas de diversidad y pluralismo cultural. Dicho Plan se desarrolla en consonancia con el Objetivo 16, que consagra entre otros objetivos el de Promover sociedades pacíficas e inclusivas, reducir considerablemente todas las formas de violencia, poner fin al maltrato, promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos, entre otras cuestiones.
Es por los motivos anteriormente reseñados que solicitamos a nuestros pares que acompañen el presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILLA, NATALIA SOLEDAD | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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19/04/2021 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
22/06/2021 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
22/06/2021 | DICTAMEN | Aprobados sin modificaciones unificados con el texto del proyecto del Poder Ejecutivo |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0423/2021 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0030-PE-2017, 0028-CD-2021, 0062-D-2020, 0065-D-2020, 0346-D-2020, 0351-D-2020 y 0792-D-2020 | LA COMISION ACONSEJA LA SANCION CON EL TEXTO DEL PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO; (REUNION DE COMISION POR VIDEOCONFERENCIA) | 24/06/2021 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0030-PE-2017, 0028-CD-2021, 0062-D-2020, 0065-D-2020, 0346-D-2020, 0351-D-2020 y 0792-D-2020 | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0030-PE-2017, 0028-CD-2021, 0062-D-2020, 0065-D-2020, 0346-D-2020, 0351-D-2020 y 0792-D-2020 | MEDIA SANCION | |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0030-PE-2017, 0028-CD-2021, 0062-D-2020, 0065-D-2020, 0346-D-2020, 0351-D-2020 y 0792-D-2020 |