DEPORTES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 135
Secretario Administrativo SRA. PIEDRABUENA MYRIAM
Jefe SR. SALINAS MATIAS HORACIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6857-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 27098, REFERIDA AL REGIMEN DE PROMOCION DE LOS CLUBES DE BARRIO Y DE PUEBLO.
Fecha: 01/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación –Ministerio de Salud y Desarrollo Social- para que por intermedio del organismo correspondiente, informe el estado de avance de la reglamentación correspondiente a la Ley 27.098 sancionada con fecha 17 de diciembre de 2014, y que a la fecha no ha sido reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional, no obstante brindar importantes beneficios para los clubes de barrio de nuestro país, en indique en su caso, fecha probable de aprobación de dicha reglamentación.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este Honorable Congreso de la Nación sanciono, a fines de 2014, la Ley 27.098, denominada “…Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo de los clubes de barrio y de pueblo mediante la asistencia y colaboración, con el fin de fortalecer su rol comunitario y social”, conforme surge del artículo 1° de la misma.-
Entre los considerandos del proyecto que antecediera a la hoy norma legal, los autores destacan que “El club de barrio es un lugar que difícilmente será reemplazado en los barrios como espacio de integración social, de transmisión de valores y tradiciones comunitarias. Prácticamente hay, al menos, un club en cada barrio, de cada localidad de la Argentina.
“Pero además, el club barrial es un lugar de protección y contención para muchos jóvenes que, en otros ámbitos pueden ser tentados o atraídos por algunos flagelos instalados fuertemente en la actualidad tales como drogas, la delincuencia, el alcoholismo, la marginalidad, entre muchos otros. Además aleja a muchas personas de la soledad, la violencia familiar, etc.
“Los clubes de barrio son, sin duda, un lugar de contención, que aleja a mucha gente de los riesgos propios de la calle, los peligros permanentes y contingencias amenazantes de toda naturaleza.
“Sabemos que muchos clubes de barrio enseñan y permiten, principalmente el joven, desarrollar los valores propios del deporte, los que se proyectan a lo largo de su vida social, más allá del incentivo propio que importa la realidad recreativa y competitiva.
“En el club de barrio los jóvenes encuentran reglas de convivencia y sus vínculos se ven fortificados en cuanto deben compartir experiencias con compañeros, entrenadores, amigos. El joven descubre un sentimiento de identidad y un valor de pertenencia que solo un club puede aportarle….”, todo ello según consta en el Expediente Nro. 1600-D-2014.-
Condiciones sociales todas que en general se mantienen, e incluso algunas se han agravado como resultado de la gravísima crisis económica que viene afectando a nuestro país.-
Esta norma, que debía entrar en vigor en enero de 2015 nunca fue reglamentada, privando a los más de cinco mil clubes barriales existentes en nuestro país de los beneficios previstos por el legislador, y por ende, despojando a los beneficiarios finales, esto es, en su gran mayoría niños y jóvenes, de los resultados de política social perseguidos al sancionar la norma.-
Es por ello deber ineludible de esta misma Cámara que impulsara el proyecto original, reclamar su inmediata reglamentación y puesta en funcionamiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional, como un modo de paliar los efectos sociales de la crisis económica.-
Máxime cuando este proyecto fue impulsado por Diputados del espacio entonces denominado Union Pro y de la Unión Cívica Radical, encontrándose entre los firmantes y cofirmantes los entonces Diputados Héctor Baldassi, Carlos Mac Allister, Ricardo Buryaile, Federico Pinedo o Laura Alonso, entre otros que hoy resultan funcionarios del Estado Nacional por haber integrado la coalición que ganara las elecciones presidenciales en 2015.-
Por las razones expuestas, pongo a consideración de los Señores Diputados el presente proyecto de pedido de informes.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PASSO, MARCELA FABIANA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
DE MENDIGUREN, JOSE IGNACIO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MOREAU, CECILIA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
GRANDINETTI, ALEJANDRO ARIEL | SANTA FE | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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20/11/2018 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
09/04/2019 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO GRANDINETTI (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |