DEPORTES
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6038-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CREACION Y COMPOSICION DE LA COMISION NACIONAL DE ANTIDOPAJE.
Fecha: 24/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
para que a través de la Secretaria de Deporte del Ministerio de Desarrollo Social,
se sirva informar:
Sobre el estado en que se encuentra
la aplicación de los artículos 79 y 80 de la ley 26.912, referente a la creación y
composición de la Comisión Nacional de Antidopaje.
Los laboratorios que utiliza la
Secretaria de Deporte para llevar a cabo los análisis de las muestras de los
deportistas argentinos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2013 el Congreso de la
Nación sanciona la ley 26.912 sobre el régimen jurídico para la prevención y el
control del dopaje en el deporte. En su artículo 79 establece: " Crease la Comisión
Nacional, la que actuara en el ámbito de la Secretaria de Deporte del Ministerio de
Desarrollo Social", a su vez el artículo 80 de la presente ley establece: " La
Comisión Nacional Antidopaje está compuesta por el Secretario de Deporte del
Ministerio de Desarrollo Social o un representante designado por la citada
Secretaria, quien presidirá la Comisión; un representante del área con competencia
en medicina del deporte, de la mencionada secretaria, y siete (7) integrantes mas,
designados por esta a propuesta del Ministerio de Salud, de la Secretaría de
Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha Contra el
Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, del Comité Olímpico Argentino, del
Comité Paralímpico Argentino, de la Confederación Argentina de Deportes, de las
asociaciones vinculadas a la medicina del deporte y de la Asociación Argentina de
Derecho Deportivo".
La Directora Regional de la Agencia
Mundial Antidopaje para América Latina, María José Pesce, expresó en reiteradas
ocasiones que en la Argentina no existe la Comisión Nacional de Antidopaje. Esta
Comisión debería ser la encargada de hacer los controles antidopajes dentro y
fuera de la competencia, coordinaría a las federaciones deportivas y resolvería los
temas aduaneros con la finalidad que las muestras biológicas salgan y entren sin
ninguna restricción.
Celebramos que la Argentina haya
ratificado la Convención Internacional de UNESCO contra el dopaje en el deporte
como así también la sanción de la ley Nacional N° 26.912, sin embargo
observamos que no se está implementando. Transcurridos dos años no se le
asigno ningún tipo de presupuesto a la Comisión ni tampoco se le brindo la
estructura necesaria para que funcione.
El segundo punto en cuestión es
sobre los laboratorios que utiliza la Secretaria de Deporte para realizar los distintos
análisis de los deportistas argentinos. Es de público conocimiento que la Argentina
no posee un laboratorio homologado o certificado por la Agencia Mundial de
Antidopaje, por lo tanto hacer un control en un laboratorio nacional esta
taxativamente prohibido, debido a que no respeta los lineamientos ni los
estándares internacionales de los controles. Solo existen 35 laboratorios
acreditados en todo el mundo y los análisis de las muestras deben ser realizados
en esos laboratorios. Sin embargo se desconoce a qué laboratorios se remite la
Secretaria de Deportes de la Nación para llevar a cabo los controles y en su
defecto si esos laboratorios cumplen con los requisitos oficiales.
Señor presidente, es evidente que
estamos ante una situación gravísima, ya que el incumplimiento de los Códigos
Internacionales de Antidopaje no garantizaría el derecho de igualdad a todos los
deportistas generando un interrogante en la participación de nuestros deportistas
en los próximos Juegos Olímpicos. Es notorio que en las últimas gestiones de la
Secretaria de Deporte a cargo de los Sres. Claudio Morresi y Carlos Espínola, faltó
decisión política para avanzar en el control del antidopaje. Lamentablemente el
deporte argentino refleja una imagen precaria e irresponsable no solo frente a la
Agencia Mundial Antidopaje sino también ante todo el deporte mundial.
Por todo lo expuesto, es que solicito
a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
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