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DEPORTES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 135

Secretario Administrativo SRA. PIEDRABUENA MYRIAM

Jefe SR. SALINAS MATIAS HORACIO

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5878-D-2006

Sumario: COMPETENCIA DEPORTIVA INFANTO - JUVENIL "JUEGOS NACIONALES EVITA": ESTABLECIMIENTO COMO POLITICA DEPORTIVA NACIONAL.

Fecha: 04/10/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145

Proyecto
ARTICULO 1º.- Establécese como política deportiva nacional estable la promoción y realización de la competencia deportiva infanto-juvenil organizada bajo la denominación de Juegos Nacionales Evita, como una instancia de competencia deportiva de practica masiva en todo el territorio de la Nación.
ARTICULO 2º.- El objeto de la presente ley es:
a.- Incentivar la participación abierta infanto-juvenil hasta la edad de los 16 años en todas las provincias y municipios de la Nación.
b.- Coordinar el desarrollo de las actividades entre Las provincias estableciendo de manera definida la partida en el presupuesto nacional con lo que atenderá el evento deportivo.
c.- Determinar el mecanismo de distribución del aporte que efectuara la Nación a cada jurisdicción provincial de manera que se efectué en forma automática ajustado a un cronograma financiero que asegure la realización de las actividades previas y competitivas, en tiempo y forma.
d.- Asignar los fondos necesarios para su financiación en base a criterios objetivos de distribución de la partida prevista en cada presupuesto anual. Estos parámetros serán determinados en forma homogénea.
ARTICULO 3º.- El Poder Ejecutivo Nacional incorporará en el proyecto de presupuesto anual el importe necesario para atender a los gastos determinados en base al plan de necesidades que cada jurisdicción provincial confeccione bajo las pautas establecidas por la Secretaria de Deporte de la Nación, que incluya entre otros la asistencia técnica-deportiva, los seguros, los premios, los traslados y residencias, las indumentarias y elementos deportivos, la asistencia y control medico.
ARTICULO 4º.- Los recursos operativos a distribuir a las Provincias se determinará una vez deducida de la partida presupuestaria anual un importe que en calidad de presupuesto suplementario sea destinado a atender contingencias derivadas de la realización del evento deportivo, el que administrará directamente la Nación. El importe resultante constituirá la base de cálculo para la distribución automática.
ARTICULO 5º.- La distribución de los recursos operativo a las provincias se efectuará en base a factores y componentes determinantes en la proporción y detalle que se establece a continuación:
a) Uno atribuible a la relación de deportista participante en el total que en los últimos tres años consecutivos se haya registrado a nivel regional y/o nacional ponderado por un factor no superior a 0,30.
b) Uno atribuible a la capacidad de convocatoria relativa determinada en base al incremento de la población participante por año en cada disciplina ponderado por un coeficiente no superior a 0,20.
c) Uno atribuible a la disminución de la insuficiencia en infraestructura deportiva relativa, relevado al momento de la puesta en vigencia de este régimen, ponderada por un coeficiente no superior a 0,40.
d) Uno atribuible a la superación en los niveles alcanzados por los jugadores en relación a los resultados de la participación con la disciplina deportiva, ponderado por un coeficiente no superior a 0,10.
ARTICULO 6º.- El Poder Ejecutivo a través de la Secretaria de Deporte establecerá las modificaciones de los criterios de distribución precedentes en base a las propuestas y el consenso de las jurisdicciones provinciales adheridas, las que deberán corregir situaciones deficitarias o revertir resultados o comportamientos negativos para los objetivos generales del evento deportivo.
ARTICULO 7º.- Los cálculos de las participaciones a que se refiere el articulo 5º se hará para todas las jurisdicciones provinciales aunque alguna o varias de ellas no adhieran a la realización del evento deportivo. Las participaciones que corresponda a la/s provincia/s que dejen de estar adheridas serán deducidas del importe resultante a distribuir según refiere el articulo 4º.-
ARTICULO 8º.- El Poder Ejecutivo de la Nación establecerá una partida en su presupuesto para atender el evento deportivo de la presente y determinará el modo y la forma que serán efectuadas las transferencias de los fondos a las provincias atendiendo a principios de celeridad.
ARTICULO 9º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los Juegos Nacionales Evita se encuentran enmarcados en planes nacionales de juegos deportivos en la categoría de DEPORTE SOCIAL MASIVO. Constituye el primer antecedente histórico en América. Estos juegos fueron concebidos como un gran programa de salud y constituye una herramienta de inclusión social que posibilita la participación de la población de niños y jóvenes en edades de hasta los dieciséis (16) años tanto en el deporte no federados como los escolares (federados y no federados) como también de personas de capacidades diferentes. La competencia es de naturaleza abierta donde participan representantes de entidades deportivas, civiles, de establecimientos educativos y, aun más interesantes, de aquellos que deciden agruparse para participar en ella.
Estos juegos constituyen una instancia de realizaciones en el deporte social dentro del ámbito nacional con juegos que se practican masivamente en la mayoría de las jurisdicciones provinciales y que se desarrollan, en un proceso de integración, desde las comunas y municipios hacia lo provincial regional y nacional, ajustado a un cronograma de actividades anuales con reglamentos técnicos de participación y competencias predefinidos. Actualmente a alcanzado una población de jóvenes, de alrededor entre los doce (12) y dieciséis (16) años de edad.
Los juegos han crecido en una magnitud tal que han adquirido una considerable economía en su organización que obliga a desarrollar una particular gestión, más bien con un perfil estratégico descentralizador y regional que, no solo se busca en la faz del evento deportivo en si, sino también en su programación , presupuesto y asignación de recursos. Todo esto hace posible buscar un enfoque de resultados a fin de garantizar autonomía, agilidad y eficacia.
Tiene su origen por el año 1947 como un programa de salud con los principios y fundamentos de las leyes nacionales en vigencia. Así, la Ley Nacional del deporte establece como objetivo fundamental la utilización del deporte como factor educativo de la salud física y moral, imponiendo al estado asegurar la adecuada preparación del deporte con atención prioritaria a niños y jóvenes, fomentando el desarrollo de practicas y competencias deportivas adecuadas a los casos y en particular de aquellos con capacidades especiales; la ley 26.061 de protección de Niñas, Niños y Adolescentes la que delimita la responsabilidad del Estado en establecer programas que garanticen el derecho a participar de juegos recreativos y deportivos y por consecuencia la de formular y ejecutar políticas públicas con asignación privilegiada de los recursos públicos. Los principios generales en los que se sustenta la ley y aquellos en los que sustenta la Ley Federal de Educación 24.195, no es otro que el fomento de las actividades físicas y deportivas para posibilitar el desarrollo armónico e integral de los educandos, pues educación e inclusión social son factores coadyuvantes de la formación integral de los niños y adolescentes y constituye un estimulante sano del espíritu y de convivencia social. Por último la Ley 26.096 de Programa Deportivos Barriales permite su participación, siendo la convocatoria a los juegos abierta. Toda acción u omisión que se oponga a estos principios y objetivos leales, son contrarios a los derechos fundamentales del niño y el adolescente.
Esta autonomía de gestión debe estar respaldada por un grado de certidumbre tal que permita gozar de estabilidad en la decisión, y su organización debe estar necesariamente en tiempo y forma.
Esto, no sucede en la realidad de los hechos, su organización se enfrenta con una gran restricción debido a la baja disponibilidad de los recursos que se asignan en el presupuesto nacional para financiar el evento. El sistema actual de aportaciones no garantiza equidad, ni genera los incentivos buscados, ya que cuenta con capacidad limitada para reducir desigualdades entre las provincias, dado, que el mecanismo que debe hacer posible la planificación descentralizada de cada provincia y la coordinación conjunta entre regiones para optimizar recursos no es el más adecuado.
Es preocupación de quienes conducen y programan las competencias revertir esta situación propiciando un cambio en el mecanismo de asignación y disponibilidad de los recursos nacionales, para contemporizarse con los objetivos generales del programa, promoviendo una adecuada distribución del gasto público asignado en el presupuesto nacional. La administración del gasto a través del manejo de una matriz de asignación de fondos preestablecida para cada provincia, que habilite a ejercitar las atribuciones necesarias, garantizando la eficacia en el gasto, permitiendo la homologación y transparencia pública, en donde el Estado Nacional desarrolla un rol solidario. Es necesario redefinir los esquemas de programación y transferencia que promueva un mecanismo ajustado a los grados de desarrollo en la población, objetivo de cada jurisdicción provincial, la que exige instrumentar criterios que permitan distribuir en corto plazo, pautas definida de presupuesto para que no este en función de las finanzas de cada provincia la eventualidad del caso.
Exige adoptar formulas de distribución del recurso operativo basado en criterios alternativos, variables y ponderadores que respondan a la consecución del mayor beneficio marginal social relacionado directamente con la equidad social, la territorialidad, la gradualidad, la cobertura , la calidad y el esfuerzo local. De esta forma seremos capaces de alcanzar la compatibilidad de las acciones individuales de cada provincia, la eficiencia colectiva, la solución a la problemática de la decisión regional, nacional y el uso de instrumentos de información, difusión e incentivos en beneficios del programa.
Descentralizar es reducir la discrecionalidad en el ejercicio del gasto público y ayuda a fortalecer la soberanía popular y la de los estados provinciales y municipales. Las características generales de este programa es que las opciones a las que se enfrentan los organizadores son unidimensionales, por lo que el objetivo se centra en maximizar el número de beneficiario y la calidad de los resultados alcanzados en los participantes (niños y adolescentes) ajustados a una restricción presupuestaria pública.
¿Como asegurar que dentro de estos límites presupuestarios las distintas jurisdicciones tengan efectivamente la posibilidad de alcanzar una mayor productividad y eficiencia, a niveles previsibles y armónicos entre ellas, que a la vez, aumente la calidad en la práctica deportiva y el nivel de satisfacción en los beneficiarios del programa?
No puede ser otro que un mecanismo de asignación del gasto, que permita proteger aquellas provincias con menor desarrollo deportivo como condición necesaria y dinamizadora, que tenga la posibilidad de realizarse sobre base objetiva que atempere la asimetría en la distribución del recurso para que crezca en forma ordenada y coordinada.
Este mecanismo buscado debe ser de asignación de las partidas del presupuesto bajo hipótesis definida de distribución automática de los dineros públicos que vincule en forma directa a la ejecución del gasto. Esto implicará el introducir una formulación presupuestaria que fomente la participación provincial, la coordinación regional y la aprobación nacional, buscando una disciplina sostenida en el tiempo.
La capacidad de llevar a cabo el programa presupuestario específico según directrices anticipadas, posibilitará optimizar la asignación de recursos en el presupuesto nacional porque atenderá la real demanda social y no las preferencias individuales eliminando los continuos ajustes presupuestarios y trámites burocráticos por insuficiencia de partida que ponen en riesgo el desarrollo regular de los eventos anuales.
Satisfacer las preferencias de todos será el principio más importante siempre que no haya justificación para establecer una distribución de inequidad. Obsérvese que hablo de inequidad, porque la asignación de los recursos no debe estar basado en la concepción estricta de la igualdad en la proporcionalidad de los recursos en si mismo, sino más bien de la igualdad de los beneficios a alcanzar porque de esta manera estaremos en condiciones de hablar de maximización del bienestar colectivo. Distribuir los fondos en base a la equidad implica asignar más a quien más tiene profundizando las diferencias para permitir la evolución favorable de los indicadores de participación y resultados de los eventos. Seguramente llegaremos a decir que las distintas jurisdicciones aceptaran alejarse de esta igualdad absoluta en la medida que se logre disfrutar de un mayor bienestar colectivo, aun a costa de una distribución desigual pero con un beneplácito bienestar mayor. Por lo que el problema básico consiste en elegir entre varios "estados sociales" viables, el que refleje las preferencias de la mayorías, para distribuir equitativamente.
En síntesis, existe oportunidad de mejorar la equidad en la asignación geográfica jurisdiccional de gasto que debe estar presentada en: a) asignación de los recursos financieros, significa, que cada provincia disponga del volumen del dinero adecuado para dar respuesta a sus necesidades sin perder de vista, repito, que la equidad no es lo que todos reciban proporcionalmente lo mismo sino que cada uno reciba lo que necesita; b) la posibilidad de participar en la decisión que estará dado en la medida en que la población tenga garantizado su acceso a participar, por lo que es necesario que el desarrollo del cronograma de actividad, programado para todo el año, sea una realidad y se cumpla sin restricción; c) los resultados esperados, lo que supone que las acciones se materialicen soslayando las dificultades de índoles económicas y sociales de los participantes. Respetar esto implicará dar solución efectiva a los problemas sociales porque se atiende sus causas: la insuficiencia y disponibilidad del recurso, el uso sub óptimo de los mismos y la inequidad en la asignación presupuestaria.
A partir del presente proyecto se redefinirá los esquemas de aportación a utilizar para pasar de un financiamiento sustentado, no en la oferta sino a un esquema con base en la demanda social. Provocar cambios en los mecanismos de asignación concordantes con los objetivos subrayados implica, la adopción de formulas que garanticen la estabilidad financiera del programa, introduciendo factores de medición objetivo de resultados de cara a una demanda social creciente. La perspectiva normativa es contemporizar la combinación de dos variable: certidumbre versus incertidumbre, este último implica cambios permanentes que impacta en la planificación del evento. La asignación de la partida en el presupuesto para la competencia de cada año, debe surgir de la demanda que presente en tiempo y forma cada provincia bajo la directiva y coordinación de la Nación, dejando para los aspectos que no sea de fácil anticipación un presupuesto suplementario que administrará directamente la Nación, que servirá para atender contingencias y que permanecerá al margen del proceso de reasignación sistemática constituyendo la primera distribución horizontal (provincia y nación).
Los criterios de asignación no son rígidos por lo que no pueden basarse en valores de la estadística demográfica sino que debe tener en cuenta valores socioeconómicos y otras variables que se definirá anualmente. Esto no significa abdicar poder, sino llevar adelante acciones coordinadas, efectivas y equilibradas dejando al poder central desarrollar capacidades para dar solución a situaciones complejas e imprevisibles a fin de ejercitar un liderazgo estratégico del gasto, fomentando el comportamiento colectivo.
Los coeficientes de asignación horizontal responderá en función directa a:
a) una proporción atribuible a la relación de deportista participante en los últimos tres años consecutivos respecto al total de participantes a nivel regional o nacional ponderado por un factor no superior a 0.30 más,
b) un proporción atribuible a la capacidad relativa de incremento de la población participante en cada disciplina ponderado por un coeficiente no superior a 0.20 más,
c) una proporción atribuible al cambio en la situación de insuficiencia en infraestructura deportiva relativa, registrada al momento de vigencia de este régimen, ponderada por un coeficiente no superior a 0.40 más,
d) una proporción atribuible al cambio de niveles alanzados por os jugadores en los resultados del último evento ponderado por un coeficiente no superior a 0.10. Todos medidos homogéneamente.
Por todo lo expuesto, solicito a la Honorable Cámara, su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COLLANTES, GENARO AURELIO CATAMARCA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
05/12/2006 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones con disidencias
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) RETIRADO