DEPORTES
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 4457-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 27098, DE REGIMEN DE PROMOCION DE LOS CLUBES DE BARRIO Y DE PUEBLO.
Fecha: 23/07/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional realice la reglamentación integral de la Ley N° 27.098 “Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo”.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva la presente solicitud de reglamentación al Poder Ejecutivo Nacional la falta de implementación específica y puesta en funcionamiento normativo de un régimen que prevé facilidades y beneficios para entidades deportivas barriales y de pueblo para que puedan hacer frente a la grave situación financiera y económica que está cursando la República Argentina.
Dicha Ley contribuye al accionar que realizan distintos protagonistas comunitarios que contribuyen a la promoción e inclusión social de integración a través de uno de los puentes más nobles e igualadores tales como lo es el deporte y la cultura que se desarrollan en los distintos clubes barriales y entidades deportivas comunitarias.
Es un reconocimiento al constante trabajo y labor que realizan estas instituciones que nos ayudan a combatir contra el flagelo de la droga dependencia y la delincuencia, actuando como receptor y contención de muchos jóvenes que se ven obligados a la marginalidad y a la exclusión social por no poseer posibilidades de mejora y acceso a una educación pública de calidad, deficiencia que aun en el siglo XXI seguimos sin poder terminar por más que la inversión sea la más grande realizada en toda la historia de nuestra nación en términos de PIB (producto interno bruto).
La labor de estas instituciones sin dudas contribuye a una mayor equidad y justicia social que muchas veces queda lejos del accionar y de las manos del Estado, por lo cual, creemos que esta ley viene a zanjar deudas y una falta de promoción de los baluartes que están allí donde la mano Estatal es totalmente inaccesible, sea por omisión, por impericia o por negligencia explicita.
Los clubes e instituciones barriales y de pueblo experimentan situaciones de índole financiero y económico muy dificultosa a raíz de las últimas medidas implementadas por el Ejecutivo Nacional, sumado al incremento desorbitado de tarifas de servicios públicos, como así también, el desmedido aumento de impuestos y tasas municipales, como así también el recorte y ajuste de subsidios destinados a la promoción deportiva. Motivo por el cual, esta ley actuaría como un dique de contención económica una vez que estos estén debidamente registrados e inscriptos según los requisitos que la presente ley establece, pudiendo estos centrar sus esfuerzos en la mejoría de condiciones edilicias, prestación de mejores servicios de calidad, mejorar accesos, la contratación de mayor personal para ampliar el espectro de actividades y servicios que brindan, ampliar la actividades sociales y culturales para brindar una contención y cuidado aun mayor a la comunidad donde están ubicados geográficamente.
Dada la importancia que se le da a la integración social y al deporte como elemento vital para la inserción social y mejora de calidad de vida de las personas, es que no se entienden los motivos por los cuales el Ejecutivo Nacional dilata la reglamentación de una ley que producirá beneficios totalmente tangibles para estas instituciones que realizan la labor Estatal en aquellos lugares donde su espectro no llega ni llegará.
Este tipo de dilaciones y pérdidas de tiempo totalmente innecesarias impide la prosecución y ejecución de políticas de Estado que deberían conservarse a lo largo del tiempo, sin importar el color político que ostente el Ejecutivo Nacional.
En la actualidad podemos afirmar que el Registro Nacional creado por la presente ley ya tiene 3854 clubes registrados, sin embargo, en el territorio que comprende a la República Argentina hay más de 20.000 entidades deportivas que están en condiciones de ser incluidas en dicho registro, pero sin la reglamentación por parte del Ejecutivo Nacional, este objetivo se ve cada vez más lejos de un actual cumplimiento y beneficio específico para estas entidades.
De igual manera, refiriéndome a la implementación y actuación de la tarifa social derivada de los servicios públicos, está siendo parcialmente implementada y ejecutada, actualmente se proveen reintegros que realiza la Secretaria de Deportes, con posterioridad al pago de la tarifa completa por el servicio que sea. A través de la efectiva reglamentación de esta ley, es que se prevé, que se instruya y se implemente el descuento en la misma factura para evitar trámites burocráticos totalmente innecesarios y así finalizar con la demora de reintegros a las instituciones afectadas por este régimen.
A su vez la inembargabilidad de ciertos bienes pertenecientes a las distintas instituciones deportivas permite una protección jurídica que antes no estaba prevista frente a acciones judiciales promovidas por acreedores que normalmente derivaban en el cierre definitivo de los clubes. Esta norma viene a proteger y dar amparo y una herramienta de protección para salvaguardar los bienes específicos que están afectados a la práctica de disciplinas deportivas y culturales que hacen al normal desenvolvimiento del club o institución barrial.
La gran mayoría de los clubes e instituciones civiles están afrontando un momento de crisis totalmente volátil y cambiante, del cual, no hay seguridad financiera ni jurídica de que muestre mejorías o cambios favorables para con aquellos sectores más golpeados y desprotegidos.
Esta norma vendría a complementar y dar cuidado a aquellos que muchas veces realizan el trabajo que debería estar realizando el Estado en todas sus áreas y facetas, por lo cual, no se entiende los motivos por los cuales el Ejecutivo Nacional demora con su reglamentación e implementación efectiva e inmediata.
Por todos los motivos expuestos es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | UNIDAD JUSTICIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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14/08/2018 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
20/11/2018 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |