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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1998-D-2015
Sumario: HIMNO NACIONAL ARGENTINO: VERSION ADAPTADA PARA ENCUENTROS DEPORTIVOS INTERNACIONALES. SE ESTABLECE SU ADAPTACION.
Fecha: 20/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
HIMNO NACIONAL
ARGENTINO: VERSIÓN ADAPTADA PARA ENCUENTROS
DEPORTIVOS INTERNACIONALES
Artículo 1°: Autorícese una
adaptación de la actual versión oficial del Himno Nacional Argentino para ser
utilizada exclusivamente en competencias internacionales en que participen
las delegaciones argentinas, que así lo requieran.
Artículo 2°: A los fines del
artículo precedente, esta versión especial adaptada para los encuentros
deportivos internacionales, consistirá en la ejecución del último minuto de la
versión oficial actual del Himno Nacional Argentino, que incluye la letra del
coro y como introducción los acordes sólo instrumentales precedentes a este,
que inician al término de la última frase de la última cuarteta que dice "¡Al
gran Pueblo Argentino, salud!". La descripción musical sería:
"La versión propuesta comienza en el compás 51 con levare, es decir en
la mitad del compás 50 y llega hasta el final del himno", manteniendo su
naturaleza según lo establece el Decreto 10302/44 del Poder Ejecutivo
Nacional.
Artículo 3°: Encomiéndese la
grabación de esta versión adaptada para competencias deportivas
internacionales a la Fanfarria Alto Perú del histórico Regimiento de
Granaderos a Caballo Gral. San Martin.
Artículo 4°: Comuníquese al
Comité Olímpico Argentino ( COA ), a la Asociación del Futbol Argentino
(AFA) y a todas las Confederaciones Nacionales de los distintos deportes en
Argentina, la medida adoptada y hágase entrega de una copia de la nueva
versión, que será la que debieran utilizar en caso expreso.
Artículo 5°: La autoridad de
aplicación para la implementación de la presente ley es la Secretaría de
Deportes de la Nación.
Artículo 6°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto que pongo a
consideración tiene como antecedente el proyecto de ley con número de
expediente 4-P-2015 presentado por la Asociación Interamericana de
Ceremonial, cuyos fundamentos comparto y expongo a continuación.
"Las entidades que organizan
los encuentros deportivos internacionales, han unificado el criterio
protocolario sobre la interpretación de los himnos nacionales para la
presentación de las delegaciones participantes, estipulando una duración
máxima de un minuto.
En el caso de nuestro Himno
Nacional Argentino, este primer minuto solicitado por las entidades
deportivas internacionales, queda supeditada solamente a los acordes de la
introducción que deberían ser escuchados en absoluto silencio ya que en ese
fragmento instrumental, no cuenta con letra.
Por tal razón, los concurrentes
argentinos quedan en desventaja con respecto al resto de las delegaciones
rivales, al no poder entonar las estrofas de la canción patria como sí lo hacen
las demás delegaciones.
Asimismo, entendemos que los
compatriotas que participan como público de estos encuentros, adoptaron la
costumbre de tararear los acordes introductorios como forma de expresión
fervorosa, como ha ocurrido en el último Mundial de Fútbol disputado en
Brasil, en siguientes numerosas competencias similares y ya se va
extendiendo a otras disciplinas.
Este tipo de manifestación,
aunque resulte emocionante, incumple lo establecido en la normativa
vigente: Decreto del Gobierno Nacional N° 10302 del 24 de abril de 1944,
B.O. 10/05/44, sobre la inalterabilidad o desnaturalización de la versión
oficial del Himno Nacional.
Si bien esta demostración puede
tomarse como una revelación del sentimiento popular, no se puede ignorar el
carácter solemne, sublime y soberano que inviste la versión más auténtica
del Himno; con el que fue concebido por sus autores, puntualizadas por las
más remotas pruebas que surgen de la investigación de sus mismos
orígenes; como este oficio dirigido al Cabildo, que data del 22 de julio de
1812, donde el Triunvirato dice textualmente:
"...se
recomienda muy eficazmente al patriótico celo de V.E. el que se
encargue de mandar hacer una composición sencilla, pero
majestuosa e imponente (...) que en todos los espectáculos públicos
se entone al principio de ellos, con la dignidad que corresponde a la
marcha de la patria, (...)"
Y que los autores cumplieron
tan cabalmente estos preceptos, componiendo una obra que reúne
exactamente estas características, y debe mostrarse al mundo, con orgullo,
tal como es, y así preservar nuestra identidad nacional representada por la
esencia misma que guarda un símbolo.
Este emblema sagrado, irradia
no sólo la inspiración del culto patriótico, cuya llama debe mantenerse viva
de generación en generación, pues evoca los memorables acontecimientos
de nuestra historia, a la que el Pueblo Argentino evoca en la Canción Patria.
Nuestra asociación (AIC) es la
primera entidad de carácter internacional en el mundo en el contexto
americano, cuya sede central se encuentra en Argentina, es por ello que nos
preocupa especialmente el tema de este proyecto, pues nos atañe
particularmente, no sólo como profesionales de esta disciplina que se ocupa
primordialmente del tratamiento y uso correcto de los símbolos, sino también
como argentinos.
Ante esta situación se ha
generado el debate no sólo en el seno de nuestra entidad y entre los
profesionales ceremonialistas argentinos y del resto del mundo, sino también
en muchos ciudadanos en general y extranjeros, que nos preguntan qué ha
pasado con nuestro himno, y a muchos les resulta irrespetuoso el
tratamiento y el comportamiento del público argentino. Aunque se reconoce
que esta forma de manifestación no deja de tener una connotación
emotiva.
Hasta el presente las
autoridades nacionales competentes no han resuelto este asunto a través de
una versión que esté especialmente adaptada para las convocatorias
deportivas que así lo requieran.
Es por ello que entre los
profesionales y especialistas en la materia, analizamos el caso, con la
especial colaboración de un prestigioso colega, el Sr. Gastón Paéz, quien
además de ceremonialista en función, es especializado en Ceremonial
Deportivo por sus antecedentes como miembro de la Academia Olímpica
Argentina y con trayectoria laboral como coordinador encargado del
Ceremonial de varios eventos deportivos internacionales.
Juntos, investigamos los
fundamentos y tomamos la iniciativa de elaborar una propuesta coherente,
plasmada en este proyecto.
Por tanto se
propone que la adaptación corresponda con la estrofa del coro o estribillo
precedido de los acordes habituales que comienzan al finalizar el párrafo
anterior con la frase "¡Al gran pueblo argentino salud!", a saber:
Coro
Sean eternos
los laureles
que supimos conseguir,
que supimos conseguir:
coronados de gloria vivamos,
o juremos con gloria morir,
o juremos con gloria morir,
o juremos con gloria morir.
Descripto musicalmente,
la versión propuesta comienza en el compás 51 con levare, es decir en
la mitad del compás 50, de la actual versión oficial abreviada desde el
decreto del 30 de marzo de 1900, y llega hasta el final del himno.
(Se adjunta
modelo en mp3 de la versión adaptada propuesta).
Consideramos además, que la
letra de esta estrofa elegida de nuestro Himno Nacional, será de mayor
motivación para los atletas argentinos que representan a nuestra Nación, y si
se escucha cómo queda la adaptación, sigue guardando ese impacto
apasionante, que sin dudas conmoverá a la multitud alentadora y hará vibrar
las fibras más íntimas del sentimiento argentino.
En virtud de todo lo expuesto y
considerando el deber de proceder en consecuencia y de manera
competente para brindar una solución definitiva a esta problemática, es que
solicitamos a los representantes del pueblo argentino acompañen
favorablemente el presente proyecto de ley."
Por todo lo expuesto, es que
solicito a las Señoras y Señores Diputados que acompañen el presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER | LA PAMPA | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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