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DEPORTES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 135

Secretario Administrativo SRA. PIEDRABUENA MYRIAM

Jefe SR. SALINAS MATIAS HORACIO

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2138 Internos 2138/2156

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1862-D-2019

Sumario: DEROGACION DEL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO N° 231/2019, SOBRE SISTEMA ESPECIAL DE INGRESO DE LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DE LA "ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO - AFA -" Y A LOS CLUBES DE PRIMERA "A" Y "B", Y "NACIONAL B".

Fecha: 16/04/2019

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41

Proyecto
Derogación del Decreto 231/2019
Artículo 1°: Derógase el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 231/2019, modificatorio del decreto N° 1212/2003.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 29 de marzo de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 231/2019 por medio del cual se modificó el decreto 1212/2003, el cual establecía un sistema especial de ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes, tanto al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que militan en las divisiones Primera “A”, Nacional “B” y Primera “B” de esa entidad, como a los jugadores de fútbol, cuerpos técnicos, médicos y auxiliares que se desempeñen en cualquier categoría de las entidades dedicadas a la práctica de fútbol profesional en las divisiones referidas.
Inicialmente la alícuota para aplicar al pago de las cotizaciones con destino a la seguridad social fue fijada en un DOS COMA CINCUENTA POR CIENTO (2,50%) del total de ingresos recaudados por transferencias de jugadores, derechos de televisación de los torneos y venta de entradas de los partidos disputados por los clubes correspondientes a las divisiones Primera “A”, Nacional “B” y Primera “B” en todas las categorías, de los cuales DOS POR CIENTO (2%) se destinarían a la cancelación de saldos corrientes y CERO COMA CINCUENTA POR CIENTO (0,50%) a la deuda anterior a la entrada en vigencia del Decreto N° 1212/03.
Posteriormente esa alícuota fue revisada por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 81/05, elevándose al SEIS COMA CINCUENTA POR CIENTO (6,50%).
Por medio del decreto 231/2019, recientemente sancionado, se aumenta la alícuota destinada a la cancelación de saldos corrientes en un CERO CON VEINTICINCO POR CIENTO (0,25%), quedando la misma en 6,75 %, a la vez que se limita el alcance del régimen, circunscribiéndolo a contribuciones patronales y respecto de los regímenes detallados en la norma.
En función de lo expuesto, la modificación reglada por medio del decreto 231/19 se traduce en una mayor erogación para las entidades y asociaciones deportivas alcanzadas, las que, en el contexto actual ya se encuentran severamente afectadas por las consecuencias de las decisiones de política económica dictada por este Gobierno.
Lo que ha sido una constante en las decisiones gubernamentales en este ámbito, se repite en esta medida, el Gobierno no atiende a la heterogeneidad y las distintas realidades que se viven en los clubes del país, en donde hay clubes que chicos que cumplen una valiosa función social y a los que cada día se les hace más difícil su subsistencia.
Basta con comprobar el exorbitante incremento de los servicios públicos que deben afrontar estas asociaciones, y los elevadísimos costos de seguridad que deben pagar a las fuerzas policiales para habilitar la realización de espectáculos futbolísticos, todo ello en un contexto inflacionario recesivo en donde los ingresos cada día licúan su poder adquisitivo.
Asimismo, el decreto 231/2019, en su artículo 1° bis. inc. e), limita el alcance del régimen del decreto 2121/03, y excluye a los aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes, al personal afectado a los Institutos Educativos dependientes de los clubes.
Esta medida afecta directamente a los clubes y asociaciones relacionadas, pues los mismos deberán a partir de ahora ingresar los aportes personales de los trabajadores de estos institutos educativos, lo que termina yendo en detrimento de la formación educativa de los alumnos que asisten a dichos institutos, ya que se verá debilitado el financiamiento de los institutos, que resultaron en una herramienta fundamental para asegurar el desarrollo integral y deportivo de alumno.
En función de los fundamentos expuestos es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
CRESTO, MAYDA ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
MIRANDA, PEDRO RUBEN MENDOZA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA