DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8045-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS SOBREPRECIOS DE LOS PRODUCTOS COMESTIBLES Y BEBIDAS COMERCIALIZADAS AL PUBLICO EN LOS ESPECTACULOS DEPORTIVOS Y ARTISTICOS EN ESTADIOS DE FUTBOL.
Fecha: 09/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
Solicitar al Poder Ejecutivo que a
través de los organismos correspondientes, informe sobre los siguientes puntos
relacionados con los sobreprecios de los productos comestibles y bebidas
comercializadas al público durante los espectáculos deportivos y artísticos que
se desarrollan en los estadios de futbol de la Republica Argentina:
1. Informe cuáles son los
organismos estatales que tienen como objetivo evitar dichas distorsiones de los
precios del mercado en los estadios de futbol de nuestro país. Indique además,
cuáles son las medidas aplicadas para tal fin, considerando el artículo 42 de la
Constitución Nacional Argentina que estipula que las autoridades proveerán del
control de los monopolios naturales y legales, entre otros derechos, a los
consumidores y usuarios de bienes y servicios
2. Considerando que la Guía
de Capacitación, elaborada por la Subsecretaria de Defensa del Consumidor
perteneciente al Ministerio de Economía y Finanzas Publicas señala que los
productos alimenticios deben ser ofrecidos con precios regulados o acordados,
indique cuáles han sido los precios tomados como referencia para acordar los
precios vigentes en los estadios de futbol.
3. Indique si el organismo
estatal, encargado de recibir reclamos de los consumidores por sobreprecios en
los productos comercializados en los estadios de futbol, ha recibido denuncias
en este sentido en el último año y cuál ha sido el curso de todas ellas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Traigo a consideración de esta
Honorable Cámara una preocupación que nos aqueja y que se relaciona con la
falta de controles sobre los abusivos precios de los comestibles y bebidas
comercializadas durante los partidos de futbol y recitales en los estadios de
futbol de la Republica Argentina.
Consideramos que hay una
desproporción abismal entre el precio de venta de estos productos en los
estadios durante un partido de futbol o un recital y el precio del mismo
producto vendido en establecimientos exteriores tales como supermercados,
kioscos y almacenes. Es cierto que el consumidor tiene el derecho a elegir
entre comprar o no el producto pero también es cierto que, en caso de querer
hacerlo, debe tener el derecho a pagar precios acordes a la realidad. Sobre
todo teniendo en cuenta que en gran parte de los productos comerciados, el
consumidor afronta un precio 100% superior al encontrado en negocios
externos al campo de deportes.
Pensamos además que en las
concesiones realizadas por las autoridades de los clubes de futbol hacia las
grandes empresas concesionarias no se han estipulado precios razonables,
recayendo el peso mayor sobre los consumidores los cuales quedan
automáticamente sometidos a un mercado cautivo. Asimismo, el consumidor no
tiene la posibilidad de optar por distintas marcas y precios del mismo producto,
ni siquiera la alternativa de comprarlo en algún establecimiento ubicado en las
afueras del estadio, por lo que tampoco se está cumpliendo con su derecho de
escoger entre varios productores o vendedores.
En la mayoría de los eventos
deportivos y musicales encontramos a grandes empresas tales como Coca-Cola
o Pepsi que manejan la venta durante todo el evento. Por este motivo,
consideramos que en los recitales y partidos de futbol se evidencian monopolios
de grandes empresas multinacionales que colocan precios abusivos, negándole
al consumidor su derecho de elegir y a pagar un precio justo.
A nuestro entender, es el Estado
Nacional el responsable directo de controlar que los precios de los productos
comestibles y bebidas comercializados sean relativamente homogéneos en cada
uno de los rincones del país. Es el Estado, a través de la Secretaria de Comercio
Interior y sus organismos competentes, el que debe responder inmediatamente
ante los desmedidos sobreprecios evidenciados en los estadios de futbol.
El artículo 42 de la Constitución
Nacional Argentina estipula que las autoridades proveerán del control de los
monopolios naturales y legales, entre otros derechos, a los consumidores y
usuarios de bienes y servicios; sin embargo, no parece evidenciarse el
compromiso por parte de las autoridades estatales para que esta ley suprema
sea cumplida.
Creemos que no es posible que, en
caso que el consumidor quiera comprar alguna bebida o comestible en algún
evento deportivo o musical, tenga que afrontar precios descomunales e
irrisorios. Es necesario que en las negociaciones de concesión a las grandes
empresas se estipulen precios que se correspondan a los del exterior.
Los monopolios enfrentan a los consumidores a una situación en la que sólo es
posible comprar a un productor o vendedor por lo que sus derechos a elegir se
evaporan aun más, si pensamos en que ni siquiera tienen la opción de comprar
un producto más económico. Por eso, estamos convencidos que en tanto esta
cuestión no sea modificada,
los derechos de los consumidores
seguirán siendo avasallados.
Por las razones expuestas solicito
a mis pares que acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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