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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 7140-D-2014

Sumario: LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 -: MODIFICACION DEL ARTICULO 9 BIS, SOBRE REDONDEO EN FAVOR DEL CONSUMIDOR.

Fecha: 10/09/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120

Proyecto
ARTICULO 1º - Sustituyese el artículo 9º bis de la Ley Nº 22.802 por el siguiente:
Artículo 9 bis: En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a UN PESO ($ 1,00) y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor.
En todo establecimiento en donde se efectúen cobros por bienes o servicios será obligatoria la exhibición de lo dispuesto en el párrafo precedente, a través de carteles o publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
ARTICULO 2º - Los establecimientos tendrán TREINTA (30) días a partir de la promulgación de la presente, para cumplimentar lo preceptuado en el segundo párrafo del artículo anterior.
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La anterior modificación al artículo que pretende sustituir el presente proyecto de ley se realizado en noviembre del año 2006, el objetivo del mismo buscaba, como el presente, favorecer al consumidor, la evolución de los precios en estos casi 8 años ha desactualizado el importe plasmado en la actual norma.
Ante el cotidiano incumplimiento de esta norma, es conveniente replantear y repensar este tema yendo a las causas que originaron que se sancionara una ley de estas características.
Las monedas de un centavo nunca pudieron ser incorporadas al hábito de cambio de dinero de los argentinos. Y sin embargo los precios y tarifas contemplan su existencia, como una estrategia de venta, que de paso engaña al consumidor.
Ante la implementación de la ley de redondeo, los comerciantes dicen que no hay monedas de bajo valor circulando. Eso ya es sabido, y por ello la ley.
Por la circunstancia descripta y agiornando la norma a los actuales tiempos solicito el acompañamiento de mis pares a la presente iniciativa
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIVAROLA, RUBEN ARMANDO JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)
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