DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7085-D-2014
Sumario: EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS: OBLIGATORIEDAD DE CONTENER EN FORMA VISIBLE, EN FACTURA Y EN PAGINAS WEB, LA RAZON SOCIAL, DOMICILIO LEGAL Y CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA (CUIT).
Fecha: 10/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
ARTÍCULO 1°.- Las facturas por
servicios de líneas crediticias bancarios o extrabancarios, tarjetas de crédito,
servicios públicos, servicios de telefonía celular, servicios de provisión de internet
o televisión y servicios de turismo, que sean brindados por personas jurídicas
deberán contener en el ángulo superior derecho de la misma en forma visible la
razón social de la empresa prestadora, su domicilio legal, y su Clave Única de
Identificación Tributaria.
ARTÍCULO 2º.- Las páginas web
de las empresas prestadoras de servicios de líneas crediticias bancarios o
extrabancarios, tarjetas de crédito, servicios públicos, servicios de telefonía
celular, turismo, servicios de provisión de internet o televisión que sean brindados
por personas jurídicas deberán contener en forma visible la razón social de la
empresa prestadora, su domicilio legal, y su Clave Única de Identificación
Tributaria.
ARTÍCULO 3°.- Las empresas
prestadoras que no cumplan con la obligación expuestas en el artículo 1º presente
serán pasible de una multa equivalente al 5 % al monto de la facturación que la
misma contenga, la cual podrá ser ejecutada por el destinatario de la misma
mediante el procedimiento de ejecución de sentencias previsto en la normativa
local.
ARTÍCULO 4º.- La autoridad de
aplicación podrá aplicar multas de hasta un 5 % de la facturación anual de la
empresa inmediatamente anterior al año en que se verificó el incumplimiento.
ARTÍCULO 5°.- La Secretaría de
Comercio será la autoridad de aplicación de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A fin de ejercer los derechos que el
ordenamiento jurídico le asigna al consumidor o usuario, es imprescindible contar
con información relevante a fin de posibilitar encauzar adecuadamente los
reclamos. Entre estos datos ocupa un lugar esencial el domicilio legal de la
empresa puesto que es allí donde debe recibir las notificaciones.
En nuestro país es usual que las
empresas no indiquen en las facturas por servicios prestados, ni la razón social ni
el domicilio legal, este proyecto tiene como objetivo establecer como obligatorio la
exhibición de esos datos, tanto en las facturas emitidas que reciben los clientes
como en las páginas web donde se publicitan estos servicios.
Queda establecida como autoridad de
aplicación de la presente la Secretaría de Comercio de la Nación quien queda
facultada para aplicar multas en caso de verificarse incumplimientos.
En virtud de lo expuesto es que solicito
a mis colegas que acompañen este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
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