DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 7025-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LAS PRESIONES DE LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR Y SUS DEPENDENCIAS SOBRE LA ASOCIACION ACCION DEL CONSUMIDOR - ADELCO - QUE FORZARON LA INTERRUPCION DE LA PUBLICACION DE SU RELEVAMIENTO MENSUAL DE PRECIOS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y DE HIGIENE.
Fecha: 03/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Expresar su profunda preocupación por las
presiones ejercidas por la Secretaría de Comercio Interior y sus dependencias sobre la
asociación "Acción del Consumidor" (ADELCO) que forzaron la interrupción de la
publicación, en su formato habitual, de su relevamiento mensual de precios de
productos alimenticios y de higiene. La acción gubernamental constituye un verdadero
caso de censura indirecta respecto de la libre expresión de las entidades protectoras
de los derechos de los consumidores, en abierta violación de la Constitución Nacional y
los Pactos Internacionales de Derechos Humanos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La reciente decisión de la asociación
"Acción del Consumidor" (ADELCO) de dejar de publicar su trabajo del modo en que
venía haciéndolo revela una lamentable realidad en nuestro país en materia de
libertad de expresión y de derechos de los consumidores.
En un comunicado del 1º de octubre
pasado, ADELCO informó su decisión de no publicar más el relevamiento mensual de
precios de productos alimenticios y de higiene. Sin embargo, la organización aclaró que
ello obedecía a que la Lic. María Lucila Colombo, Subsecretaria de Comercio Interior,
"solicitó a ADELCO publicar sólo los precios de cada producto sin los precios promedio
y porcentajes, pues a su entender [estaban] violando el deber de informar en forma
veraz, clara y suficiente al consumidor, que establece la Ley 24.240 de Defensa del
Consumidor". El comunicado de ADELCO no expresó su conformidad con el criterio de
la funcionaria, sino, escuetamente, su vocación por acatar la sugerencia.
La decisión de ADELCO se inscribe en un
contexto marcado por los avances estatales en el ámbito de las asociaciones de
defensa de los consumidores. Ya hemos expresado con anterioridad nuestro repudio
por las sanciones aplicadas a consultoras privadas por la elaboración de índices de
inflación; por la aprobación de la Disposición N˚ 25/2012 de la Subsecretaría de
Defensa del Consumidor; por la decisión de suspender la inscripción en el Registro
correspondiente a la Asociación de Consumidores Libres (en una reunión públicamente
cuestionada por el avasallamiento a las garantías de debido proceso y de defensa,
llevada a cabo hace no más de quince días); y por el modo en que el Sr. Secretario de
Comercio Interior se desenvuelve en las reuniones con los titulares de estas
asociaciones. Las indicaciones a ADELCO acerca del modo de presentar su trabajo son
una presión indebida más y se inscriben coherentemente en este cuadro, donde a fin
de evitar sanciones arbitrarias, una entidad prefiere limitar la publicidad de su
trabajo.
Los ataques a la libertad de expresión
cobran vida a través de las más diversas formas, que no necesariamente se presentan
en modos frontales o directos como la lisa y llana censura. De tal modo, aunque nadie
afirme la existencia de una orden expresa de la Lic. Colombo de interrumpir la
publicación de los índices, ello no es óbice a que la situación sea condenable y
configure un verdadero avasallamiento a los derechos de rango constitucional, con
afectaciones más sutiles pero no por ello de menor calibre.
Acciones como la llevada a cabo por
ADELCO no pueden ser más que interpretadas como el fruto de una verdadera
"censura indirecta". Un ataque a la libertad de expresión repudiado en los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos que forman parte de nuestra Constitución.
La Convención Americana de Derechos
Humanos en su artículo 13.3 establece que: "No se puede restringir el derecho de
expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o
particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y
aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios
encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones"
(resaltado propio).
Por su parte, la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, a través de su Declaración de Principios sobre la Libertad de
Expresión, estableció que: "Los medios de comunicación social tienen derecho a
realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a
silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la
libertad de expresión" (Principio 5to, resaltado propio).
Por último, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos tiene dicho que "también resulta contradictorio con la Convención
todo acto del poder público que implique una restricción al derecho de buscar,
recibir y difundir informaciones e ideas, en mayor medida o por medios distintos de
los autorizados por la misma Convención; y todo ello con independencia de si esas
restricciones aprovechan o no al gobierno" (OC 5/85, resaltado propio).
En un entorno signado por decisiones
verticales, poco plurales y de cuestionada legalidad, no cabe más que expresar un
fuerte rechazo por los efectos que las políticas tomadas por las agencias
gubernamentales producen en materia de libertad de expresión, en el libre
desempeño de las entidades de consumidores, y finalmente, en los derechos del
consumidor: las víctimas últimas del sistema.
La verdadera libertad de expresión se
garantiza ante la pluralidad de voces y de fuentes, máxime cuando los índices oficiales
se encuentran burdamente desvirtuados y son repudiados por organismos
internacionales y por todos aquellos quienes luchan para desnudar las mentiras del
"relato" oficialista.
El exceso regulatorio, además, sofoca la
libre elección de los consumidores y el trabajo, constitucionalmente reconocido de las
asociaciones que los defienden. La Secretaría de Comercio pretende que a través del
sofocamiento del trabajo crítico de las asociaciones del consumidor creamos que los
consumidores obtendrán mayor protección. Al contrario, la expansión del trabajo y la
libertad del debate nos llevarán a un mejor puerto que el sostenimiento institucional
de los indefendibles índices del INDEC. El gobierno prefiere matar al mensajero.
Por los motivos expuestos, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO DE PRAT GAY (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA STORANI (A SUS ANTECEDENTES) |