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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 7025-D-2012

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LAS PRESIONES DE LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR Y SUS DEPENDENCIAS SOBRE LA ASOCIACION ACCION DEL CONSUMIDOR - ADELCO - QUE FORZARON LA INTERRUPCION DE LA PUBLICACION DE SU RELEVAMIENTO MENSUAL DE PRECIOS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y DE HIGIENE.

Fecha: 03/10/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137

Proyecto
Expresar su profunda preocupación por las presiones ejercidas por la Secretaría de Comercio Interior y sus dependencias sobre la asociación "Acción del Consumidor" (ADELCO) que forzaron la interrupción de la publicación, en su formato habitual, de su relevamiento mensual de precios de productos alimenticios y de higiene. La acción gubernamental constituye un verdadero caso de censura indirecta respecto de la libre expresión de las entidades protectoras de los derechos de los consumidores, en abierta violación de la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La reciente decisión de la asociación "Acción del Consumidor" (ADELCO) de dejar de publicar su trabajo del modo en que venía haciéndolo revela una lamentable realidad en nuestro país en materia de libertad de expresión y de derechos de los consumidores.
En un comunicado del 1º de octubre pasado, ADELCO informó su decisión de no publicar más el relevamiento mensual de precios de productos alimenticios y de higiene. Sin embargo, la organización aclaró que ello obedecía a que la Lic. María Lucila Colombo, Subsecretaria de Comercio Interior, "solicitó a ADELCO publicar sólo los precios de cada producto sin los precios promedio y porcentajes, pues a su entender [estaban] violando el deber de informar en forma veraz, clara y suficiente al consumidor, que establece la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor". El comunicado de ADELCO no expresó su conformidad con el criterio de la funcionaria, sino, escuetamente, su vocación por acatar la sugerencia.
La decisión de ADELCO se inscribe en un contexto marcado por los avances estatales en el ámbito de las asociaciones de defensa de los consumidores. Ya hemos expresado con anterioridad nuestro repudio por las sanciones aplicadas a consultoras privadas por la elaboración de índices de inflación; por la aprobación de la Disposición N˚ 25/2012 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor; por la decisión de suspender la inscripción en el Registro correspondiente a la Asociación de Consumidores Libres (en una reunión públicamente cuestionada por el avasallamiento a las garantías de debido proceso y de defensa, llevada a cabo hace no más de quince días); y por el modo en que el Sr. Secretario de Comercio Interior se desenvuelve en las reuniones con los titulares de estas asociaciones. Las indicaciones a ADELCO acerca del modo de presentar su trabajo son una presión indebida más y se inscriben coherentemente en este cuadro, donde a fin de evitar sanciones arbitrarias, una entidad prefiere limitar la publicidad de su trabajo.
Los ataques a la libertad de expresión cobran vida a través de las más diversas formas, que no necesariamente se presentan en modos frontales o directos como la lisa y llana censura. De tal modo, aunque nadie afirme la existencia de una orden expresa de la Lic. Colombo de interrumpir la publicación de los índices, ello no es óbice a que la situación sea condenable y configure un verdadero avasallamiento a los derechos de rango constitucional, con afectaciones más sutiles pero no por ello de menor calibre.
Acciones como la llevada a cabo por ADELCO no pueden ser más que interpretadas como el fruto de una verdadera "censura indirecta". Un ataque a la libertad de expresión repudiado en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos que forman parte de nuestra Constitución.
La Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 13.3 establece que: "No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones" (resaltado propio).
Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a través de su Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, estableció que: "Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión" (Principio 5to, resaltado propio).
Por último, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene dicho que "también resulta contradictorio con la Convención todo acto del poder público que implique una restricción al derecho de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, en mayor medida o por medios distintos de los autorizados por la misma Convención; y todo ello con independencia de si esas restricciones aprovechan o no al gobierno" (OC 5/85, resaltado propio).
En un entorno signado por decisiones verticales, poco plurales y de cuestionada legalidad, no cabe más que expresar un fuerte rechazo por los efectos que las políticas tomadas por las agencias gubernamentales producen en materia de libertad de expresión, en el libre desempeño de las entidades de consumidores, y finalmente, en los derechos del consumidor: las víctimas últimas del sistema.
La verdadera libertad de expresión se garantiza ante la pluralidad de voces y de fuentes, máxime cuando los índices oficiales se encuentran burdamente desvirtuados y son repudiados por organismos internacionales y por todos aquellos quienes luchan para desnudar las mentiras del "relato" oficialista.
El exceso regulatorio, además, sofoca la libre elección de los consumidores y el trabajo, constitucionalmente reconocido de las asociaciones que los defienden. La Secretaría de Comercio pretende que a través del sofocamiento del trabajo crítico de las asociaciones del consumidor creamos que los consumidores obtendrán mayor protección. Al contrario, la expansión del trabajo y la libertad del debate nos llevarán a un mejor puerto que el sostenimiento institucional de los indefendibles índices del INDEC. El gobierno prefiere matar al mensajero.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
YAGÜE, LINDA CRISTINA NEUQUEN UCR
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
ALBARRACIN, JORGE LUIS MENDOZA UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
CHEMES, JORGE OMAR ENTRE RIOS UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO DE PRAT GAY (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA STORANI (A SUS ANTECEDENTES)