DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 6985-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS MECANISMOS NECESARIOS PARA LA SELECCION, DESIGNACION, CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, PREVISTOS EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY 25156.
Fecha: 03/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Instar al Poder Ejecutivo
Nacional para que, en cumplimiento del articulo 19 de la L. 25156, arbitre
perentoriamente los mecanismos para la selección, designación, constitución y
funcionamiento del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La existencia de numerosas
ofertas para la provisiòn de bienes y servicios, es un puntal fundamental para
asegurar al público consumidor una mejor propuesta a un menor valor.-
El "mercado" a pesar de su raíz
privatista, es un bien de carácter publico no susceptible de apropiación por los
particulares.-
Toda acción que conspire contra
un mercado legal, claro y transparente afecta el interés económico general y el
bienestar de los consumidores y no puede ser permitida.-
La sana competencia comercial
como integrante de la cadena mercantil, se encuentra amparada legalmente
por numerosas normas, entre la que se destaca la L. 25156 de Defensa de la
Competencia.-
Esta ley -derogatoria de la L.
22262- rige desde 1999 y contiene preclaros conceptos y herramientas para
combatir la conformación de carteles, monopolios, oligopolios y otras formas y
practicas de desvirtuación del mercado y de la estructura de precios.-
Fue vetada parcialmente por el
D. 1019/99, pero quedó plenamente operativa.-
El art. 17 de la ley creó, como
organismo de aplicación autárquico, el Tribunal Nacional de Defensa de la
Competencia, con el fin de aplicar y controlar el cumplimiento de los altos fines
de la ley.-
Es un Tribunal técnico y
especializado, conformado multidisciplinariamente y con jurisdicción
administrativa en todo lo referente a la violación de las normas de preservación
de la competencia y para combatir la existencia de monopolios.-
Sus 7 miembros son designados
por el Poder Ejecutivo previo concurso público en el que deben acreditarse
idoneidad y antecedentes suficientes para ocupar dicha función.-
A pesar del tiempo transcurrido,
no hubo una reglamentación integral y tampoco se instrumentó la creación y
funcionamiento de dicho Tribunal.-
La inexistencia del Tribunal ha
sido hábilmente aprovechada por el gobierno kirchnerista a través de uno de
sus principales paladines, para "profundizar el modelo".-
En la actualidad las funciones de
organismo de aplicación se encuentran a cargo de la Secretaría de Comercio
Interior, cuyo titular es Guillermo Moreno, quien posee el poder de autorizar las
concentraciones económicas y sancionar a las empresas que -a su obsesivo
criterio- incurren en conductas anticompetitivas.-
Pero de acuerdo a la Ley, la
intervención de la Secretaria de Comercio Interior debió ser temporaria y
transitoria, hasta la instalación del Tribunal.-
El Poder Ejecutivo se ha
excedido largamente en los plazos razonables para la instalación del Tribunal.-
A pesar de la existencia de
muchas prácticas monopólicas, en particular en materia de transporte público -
auspiciadas y amparadas desde el oficialismo- ninguna medida ha tomado el
funcionario Moreno, tornándose por consiguiente rayano con la corruptela el
incumplimiento legal de conformación del órgano creado para purgar este
flagelo.-
La falta de funcionamiento de un
organismo especializado, permite que existan fusiones y cartelizaciones
monopólicas, cuya actividad no solo castiga el bolsillo mediante altas tarifas y
deficiente prestación de servicios esenciales, sino que además -con la
anuencia de los funcionarios encargados de controlarlas- pone en riesgo la
salud y la vida de la población.-
La reciente tragedia del
ferrocarril Sarmiento, puso en evidencia la existencia de uno de los mayores
oligopolios en materia de transporte, que involucra a los empresarios
oficialistas Mario y Claudio Cirigliano.-
Son titulares de la "Grupo Plaza"
-integrado por las empresas 4 de Septiembre S.A.T.C.P., Empresa Esteban
Echeverría S.R.L., Expreso San Isidro S.A.T.C.I.F.I., Transporte Sur-Nor
C.I.S.A. y Turismo la Plata S.A., entre otras.- principal accionista del holding
Comercio Metropolitano de Transporte (Cometrans), que transporta a varios
millones de pasajeros al día, con la cobertura de los subsidios oficiales.-
Según reconoce esta firma en su
pagina web, desde 1995 a través de Trenes de Buenos Aires S.A. (TBA) realiza
la explotación del servicio ferroviario de transporte público de pasajeros en las
líneas Mitre y Sarmiento y desde 2005 participa en la operación de la Línea
San Martín con el 33,3% a través de la Unidad de Gestión Operativa
Ferroviaria de Emergencia (UGOFE).-
Ademas conforma distintos
monopolios regionales, como ser el "pool Atlantico" que cubre la ciudad de
Bahia Blanca con la Capital Federal, adonde aplica onerosas tarifas.-
Las restantes empresas del grupo
(Sistemas Integrados de Gestión (SIG) S.A., Baires Comercial S.A.,
Emprendimientos Ferroviarios (EMFER) S.A., Tecnología Avanzada en
Transporte S.A. (TATSA) y Baires Ferrovial S.A.), están todas vinculadas con la
provisión de servicios o insumos para el transporte que ellos mismos prestan.-
Esta breve narración es al solo
efecto de demostrar la grosera y reconocida existencia de un oligopolio en un
servicio publico esencial, que es desconocido por las autoridades oficialistas
por la obvia relación que los une.-
Este holding está actualmente
investigado por su posición ilícitamente dominante y por ser recipiendiaria de
cientos de millones de pesos en subsidios estatales, sospechada de dar
irregular destino y aplicación a los fondos percibidos.-
Deviene entonces imprescindible
procurar el funcionamiento del Tribunal como una herramienta objetiva y
especializada para combatir aquellas prácticas nocivas para una sana
competencia, que como tal mejora la calidad de los servicios, asegura la salud
y la vida de los usuarios, permite precios justos al consumidor y previene
corruptelas.-
Es necesario que el Poder Ejecutivo
se aboque perentoriamente a conformar el Tribunal.-
Por los argumentos expuestos,
solicito la aprobación del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR |
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