DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6192-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA RESOLUCION 100/2010, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, QUE DICTA LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE LA EMPRESA FIBERTEL.
Fecha: 25/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
Ante la caducidad de la licencia y
registro de Servicios de Telecomunicaciones de la que era licenciataria
"FIBERTEL SOCIEDAD ANÓNIMA", dispuesta por la Secretaría de
Comunicaciones por Resolución Nº 100/2010, solicitar al Poder Ejecutivo que
informe:
1. Si en el proceso de absorción de la
empresa "FIBERTEL SOCIEDAD ANÓNIMA" por la empresa "CABLEVISIÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA" tuvieron intervención -en el marco de sus competencias-
la Inspección General de Justicia, la Comisión Nacional de Comunicaciones, la
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y la Secretaría de
Comunicaciones. En tal caso informe que dictaminaron cada uno de los
organismos mencionados respecto a la utilización por parte de "CABLEVISIÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA" de la licencia y registro de Servicios de
Telecomunicaciones de la cual era titular la empresa absorbida.
2. Cuáles fueron los motivos que
determinaron la caducidad de la licencia de la que era titular "FIBERTEL
SOCIEDAD ANÓNIMA" un año y medio después de la absorción de dicha
empresa por "CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA".
3. De acuerdo a los análisis técnicos
realizados para resolver la caducidad de la licencia en el término de 90 días:
a) Cuántos serán los usuarios
afectados que utilizan el servicio de acceso a Internet prestado por
"CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA".
b) Cómo se distribuyen
cuantitativamente dichos usuarios afectados en el territorio.
c) Qué impacto tendrá la medida
respecto a los derechos de los usuarios del servicio.
d) Cuáles son las posibilidades reales,
para los usuarios afectados, de acceder en un plazo de 90 días a otras
prestadoras del servicio en igualdad de condiciones de calidad y precio del
mismo.
e) Qué impacto tendrá la medida
respecto al personal en relación de dependencia de la empresa prestataria del
servicio de Internet.
4. Cuántas empresas cuentan con
posibilidades técnicas-operativas reales, en todo el territorio de Argentina, de
absorber la masa de usuarios de Fibertel en el término de 90 días, respetando
similares calidad de precio y modalidades del servicio, considerando que
representarían aproximadamente el 25 % de usuarios del mercado.
5. Si se ha consultado con las diversas
asociaciones de defensa de los derechos de usuarios y consumidores sobre la
resolución adoptada y en tal caso cuáles fueron las preocupaciones
expresadas.
6. Si se ha analizado, de acuerdo a la
envergadura de las demás empresas que operan en el mercado, si estarían en
condiciones operativas de garantizar a los usuarios de Fibertel la disponibilidad
técnica del servicio de banda ancha de acceso a Internet y resolver, en el plazo de
90 días, el pico de demanda asegurando que haya disponibilidad de personal
capacitado para instalar y dar soporte a los actuales usuarios de Fibertel, disponer
de aproximadamente 1 millón y medio de modems y otros dispositivos de la red
para garantizar la prestación del servicio a la masa de usuarios afectados con
similar oferta de precios y modalidades del servicio.
7. Qué medidas se proyectan
implementar para evitar mayor concentración del mercado y monopolización en la
prestación del servicio, por parte de las empresas telefónicas, en procura de
garantizar la multiplicidad de ofertas y competencia de precios, en protección de
los derechos de usuarios y consumidores de elegir libremente el servicio de banda
ancha de acceso a Internet.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de público y notorio
conocimiento, el Gobierno Nacional -a través de la Resolución 80/2010 de la
Secretaría de Comunicaciones- ha resuelto que en el término de 90 días caducará
la licencia de FIBERTEL, mediante la cual CABLEVISION SOCIEDAD ANONIMA
presta el servicio de banda ancha de acceso a Internet a aproximadamente un
millón y medio de usuarios.
Entendemos que la medida atenta
contra el libre derecho de elección de los usuarios de Internet quienes, en el
término de 90 días, deberán mudarse a otro prestatario del servicio.
Por la cantidad de usuarios
afectados y la disponibilidad de personal y tecnología adecuada para prestar
similar servicio que el de FIBERTEL en todo el territorio del país, presuponemos
que se produciría una mayor concentración del mercado, el que se vería
monopolizado por las dos grandes empresas telefónicas.
A los efectos de contar con la
información adecuada para proceder de acuerdo a la competencia del Congreso
de la Nación, por el presente solicitamos que el Poder Ejecutivo nos informe sobre
los estudios técnicos que fundamentaron la medida adoptada, a fin de analizar
profundamente cómo se verán afectados los derechos de los usuarios y
consumidores de todo el país respecto al servicio cuya caducidad se ha resuelto,
considerando que son los derechos de éstos los que deben prevalecer al
momento de tomarse resoluciones de alcance general como la adoptada.
Nos preocupa profundamente que
los derechos de libre elección de los usuarios y consumidores, en un marco de
libre y equilibrada competencia, se vean conculcados por una resolución adoptada
en medio del fragor del enfrentamiento que el Gobierno Nacional mantiene con el
grupo Clarín.
Consideramos que los derechos de
los usuarios y consumidores son los que tienen que ponerse por delante al
momento de analizar las medidas que se adopten, más cuando se sospecha de la
utilización de las regulaciones en post de mayor concentración y monopolización
del mercado.
Toda decisión de carácter
administrativa que afecte derechos de los administrados debe tomarse en un
marco de racionalidad y responsabilidad que garantice que los derechos
individuales de los ciudadanos no se verán afectados.
Consideramos que la resolución
adoptada no fue tomada con dichos parámetros y que afectan directamente
derechos de los usuarios y consumidores del servicio cuya caducidad se dispone,
obligándolos a restringir sus derechos y posibilidades de libre acceso a similar
servicio, tanto en lo referido a la modalidad como al precio del mismo.
Todos sabemos que son muy pocas
las empresas que cuentan con la disponibilidad de tecnología, personal
capacitado, cantidad de modems y tendido de redes necesarios para brindar
soporte y similar servicio al prestado por FIBERTEL a aproximadamente un millón
y medio de usuarios, en el término perentorio de 90 días.
A fin de conocer en profundidad los
estudios que el Gobierno Nacional ha desarrollado para adoptar tal decisión, en
caso de haber existido los mismos, solicitamos la aprobación del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
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