DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6120-D-2014
Sumario: DEFENSA DEL CONSUMIDOR, LEY 24240: INCORPORACION DEL ARTICULO 10 QUATER, SOBRE MODOS DE RESCISION.
Fecha: 11/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
LEY 24.240
NORMAS DE PROTECCION Y DEFENSA DE LOS
CONSUMIDORES. MODIFICACION ARTICULO 10 SOBRE
CONDICIONES DE LA OFERTA Y LA VENTA.
ARTÍCULO 1º:
Incorporase como artículo 10 quater de la Ley N°24.240 de Defensa del
Consumidor el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO
10 quater.- Modos de Rescisión. Prohíbase el cobro de preaviso o mes
adelantado por parte de las empresas prestadoras de servicios, incluidos
los servicios públicos domiciliarios, en los casos de solicitud de baja del
mismo realizado por el consumidor ya sea en forma personal, telefónica,
electrónica o similar.
Dicha baja
no producirá costo alguno al usuario a excepción de la proporción de los
importes por los servicios contratados, respectivos al mes en que se
realizó el pedido de la misma.
Queda bajo
total responsabilidad de la empresa proveedora del servicio, la demora de
procesar y realizar la referida solicitud.
ARTÍCULO 2º: En
caso de incumplimiento de la presente Ley, se procederá a sancionar a la
empresa prestadora de servicios con una multa que fijará Defensa del
Consumidor de la Jurisdicción correspondiente"
ARTÍCULO 3º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
ARTÍCULO 4º: De
forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es de uso habitual que las
empresas impongan a los usuarios costos por la interrupción de un
servicio a pedido del usuario; costos éstos que son establecidos en forma
unilateral y arbitraria por las empresas prestadoras del servicio.
La presente modificación
tiene por objeto mejorar la atención y servicios que las empresas
prestadoras ofrecen, debiendo éstas garantizar a usuarios y
consumidores información precisa, clara y transparente que, bajo ningún
concepto pueda afectar económicamente a los usuarios con costos por
servicios que no serán prestados.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARCIA, MARIA TERESA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
DERECHOS Y GARANTIAS |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/11/2015 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2763/2015 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 25/11/2015 |
Senado | Orden del Dia 0027/2016 | 26/04/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO | ||
Diputados | INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO | ||
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | SANCIONADO |